Es la reducción que se da en las declaraciones conjuntas que puede ser de 3.400 euros o 2.150 euros, dependiendo de cada caso.
Es la reducción que se da en las declaraciones conjuntas que puede ser de 3.400 euros o 2.150 euros, dependiendo de cada caso.
¿Qué es la tributación conjunta?
La tributación conjunta es una manera de presentar la declaración de la renta, que consiste en agrupar las rentas de los miembros de una familia, generando un solo pago y un solo documento. Mucho menos papeleo y menos líos con Hacienda, porque la alternativa a esto es que cada miembro presente la suya propia.
Pero la pregunta del millón es: ¿realmente compensa la tributación conjunta? Y la respuesta es muy gallega: depende. ¿Y de qué depende? De según como se mire, porque solo compensaría en estos dos casos:
- Cuando una parte de la pareja no tiene ingresos. Así compensarías las pérdidas de uno con las ganancias de otro.
- Cuando los ingresos de ambos miembros de la pareja son bajos en caso de familias monoparentales.
¿Quién puede hacer la tributación conjunta?
Si estás leyendo esto y estás casado y con hijos y tu caso no se corresponde con los dos mencionados, ¡no hagas la declaración conjunta! No te va a compensar. En ese caso es mejor que cada uno haga su declaración de la renta porque lo más probable es que os salga un mejor resultado.
La tributación conjunta no puede hacerla todo el mundo. Según el artículo 82 de la Ley del IRPF solo pueden acogerse los siguientes casos:
- Personas casadas sin hijos o con hijos menores de edad. O, si tienen hijos mayores de edad, tienen que estar incapacitados judicialmente.
- Parejas de hecho o personas separadas de forma legal siempre que el padre o la madre esté conviviendo con los hijos menores de edad. O, si los hijos son mayores de edad, tienen que estar incapacitados judicialmente. En ese caso, la declaración conjunta solo podría realizarse por el padre o la madre incluyendo a sus hijos.
Cómo funciona la reducción por tributación conjunta
La parte positiva de la tributación conjunta es que permite una reducción de la base imponible en la declaración de la renta. ¡Y eso siempre es positivo!
Se pueden dar dos tipos de reducciones, dependiendo de cada caso.
- 2.150€. Para familias monoparentales para padres no casados o separados de forma legal, siempre que tengan hijos menores o mayores incapacitados. ¡Ah! Y los hijos tienen que convivir con el padre o la madre.
- 3.400€. Para cualquier matrimonio con hijos menores o mayores con incapacidad con los que convivan.
Esa es la principal ventaja de la declaración conjunta, que te puede salir un mejor resultado. Pero insistimos: estúdialo antes para saber si te compensa declaración conjunta o individual.
Aspectos a tener en cuenta
Y antes de irnos, no nos queremos marchar sin dejarte algunas características o curiosidades de la tributación conjunta. ¡Apunta!
- Afortunada o desafortunadamente, la tributación conjunta no afecta a los límites que se establecen para acceder a las deducciones.
- Las rentas o ganancias obtenidas por todos los miembros de la familia se gravan de forma conjunta en este tipo de tributación. Por eso puede ser beneficiosa en los casos que te hemos contado más arriba.
- Para saber quién tiene que declarar, se aplican las reglas de impuestos individuales, sin importar el número de miembros de la familia.
- La cantidad mínima por contribuyente es de 5.550 € al año, sin tener en cuenta el número de miembros de la familia.
¿Ya te ha quedado lo que es la tributación conjunta?
Si no es así y no sabes si te compensa o no hacer la declaración individual o conjunta, no dudes en hablar con nosotros. Te responderemos encantados y te asesoraremos para contarte lo que más te conviene.