Es un intercambio de algo entre dos partes, del que no tendrás que pagar impuestos por ello.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
En las transmisiones lucrativas únicamente existe un intercambio por una de las partes, sin recibir la otra nada a cambio. Lo que podemos considerar que es una donación, herencias o regalo, vaya.
Esto se suelen aplicar impuestos como:
Es un intercambio de algo entre dos partes, del que no tendrás que pagar impuestos por ello.
Resolvemos las dudas más comunes sobre estos dos tipos de transmisiones y sus implicaciones fiscales.
Una transmisión lucrativa es cuando una persona entrega algo a otra sin recibir nada a cambio. Los ejemplos más claros son las herencias, donaciones o regalos. En estos casos, solo una de las partes realiza la entrega, mientras que la otra únicamente recibe. Este tipo de transmisiones están sujetas a impuestos como el de Sucesiones y Donaciones, Actos Jurídicos Documentados o, si se trata de un inmueble, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
La diferencia principal es que en las transmisiones onerosas ambas partes intercambian algo de valor. Por ejemplo, en una compraventa tú entregas dinero y recibes un bien a cambio. En cambio, en las transmisiones lucrativas solo una parte entrega (como cuando recibes una herencia de tus padres) y la otra no da nada a cambio. Además, los impuestos que se aplican son diferentes: en las onerosas se paga el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), mientras que en las lucrativas se aplica el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Dependiendo del tipo de transmisión lucrativa, tendrás que pagar diferentes impuestos. Los más habituales son el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (cuando recibes una herencia o donación), el de Actos Jurídicos Documentados, y si el bien que recibes es un inmueble urbano, también puede aplicarse el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido como plusvalía municipal).
Una transmisión es onerosa cuando hay un intercambio de bienes, derechos o dinero entre las partes. El ejemplo más común es la compraventa: tú vendes tu coche y recibes dinero a cambio, o compras una casa y entregas dinero por ella. En estos casos, ambas partes obtienen algo de valor y se debe pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, cuyo porcentaje varía según la Comunidad Autónoma.
Sí, las donaciones altruistas a ONGs o asociaciones son un tipo de transmisión lucrativa, ya que tú entregas dinero o bienes sin recibir nada material a cambio. Estas donaciones suelen tener beneficios fiscales en forma de deducciones en tu declaración de la renta, aunque siguen siendo consideradas transmisiones lucrativas desde el punto de vista técnico.
```Como hemos visto, en las transmisiones lucrativas únicamente existe un intercambio por una de las partes, sin recibir la otra nada a cambio.
En cambio, en las transmisiones onerosas son cuando unas partes se traspasan un bien, ya sea dinero o patrimonio, a cambio de bienes o derechos. El claro ejemplo es una compraventa. Y por esa transmisión hay que pagar ciertos impuestos y tener una valoración de ese “algo” que se traspasa. Para todo ello, se necesita tener el valor de transmisión y de adquisición.
Además, en este mismo sentido, en las transmisiones onerosas, se paga un impuesto que se conoce con el nombre de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). El valor del ITP varía en función de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre el bien en cuestión o donde resida la persona que traspasa, si se trata de otro tipo.
Ambas transmisiones se asemejan porque pueden tener un carácter dinerario o patrimonial.Ha sido sencillo de entender, ¿verdad?
De todos modos, si tienes alguna duda, puedes consultarnos sin ningún problema y te explicamos la relevancia fiscal que tiene cada una de estas transmisiones. Sean lucrativas u onerosas.
Eduardo Armenteros es asesor fiscal especializado en tributación de criptomonedas en TaxDown, donde también lidera la implementación de inteligencia artificial aplicada a la fiscalidad. Con amplia experiencia en el sector cripto, ayuda a particulares a cumplir con sus obligaciones fiscales relacionadas con Bitcoin, Ethereum y otros activos digitales. Experto en declaraciones de la renta con criptomonedas, modelo 721, ganancias patrimoniales y optimización fiscal en el ecosistema blockchain. Desde TaxDown, Eduardo combina conocimiento técnico del mundo cripto con profundo dominio de la normativa tributaria española y soluciones de IA para hacer la fiscalidad cripto más accesible e innovadora.