Perdonar sanciones con el visto bueno del Estado como medida exclusivamente excepcional.
La amnistía fiscal consiste en una ley mediante la cual se deja no cumplir total o parcialmente alguna de las obligaciones tributarias. Es decir, es una oportunidad limitada para un grupo específico de contribuyentes a pagar una cantidad determinada.
Lo que se hace exactamente es la condonación de una deuda tributaria (incluyendo intereses y multas). ¡Y sin miedo a que te multen, claro!
La amnistía fiscal en España, debe de ser entendida como una norma o conjunto de normas aprobadas por el Gobierno y el Parlamento con el fin de que los defraudadores de impuestos regularicen su situación fiscal pagando, en el peor de los escenarios, únicamente un porcentaje de los impuestos que, en principio, les hubiera correspondido satisfacer de no existir esta situación.Perdonar sanciones con el visto bueno del Estado como medida exclusivamente excepcional.
En 2012, bajo el gobierno del Partido Popular, el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas Cristóbal Montoro anunció una amnistía fiscal por bienes no declarados, incluyendo activos escondidos en paraísos fiscales y dinero en efectivo.
¿Qué pasó en este caso? Que el Tribunal Constitucional anuló, por unanimidad absoluta. Queriendo decir esto que... se legitimó un fraude.
Si bien es cierto que se avaló algunas de las declaraciones que hicieron los más de 31.000 contribuyentes para regularizar el dinero evadido.
Por eso, la sentencia apenas tiene efectos prácticos, pero supone un duro varapalo político al Ejecutivo de Mariano Rajoy y en concreto al ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
En nuestro país se han aplicado diversas amnistías fiscales.
En 1984 y 1991, los que eran ministros del PSOE, Miguel Boyer y Carlos Solchaga, realizaron sendas amnistías. El principal resultado en 1984 fue la salida del secretario del Estado de Hacienda, José Víctor Sevilla. Os suena, ¿verdad?
Otro ejemplo claro son los conocidos Papeles de la Castellana publicados por un estudio de tres medios digitales, como El Diario, La Marea y Diagonal, a partir de una filtración en 2016. Y es que se ha conocido que el porcentaje realmente pagado ha sido mucho menos del 10%, llegando en algunos casos a apenas el 2%. Pero esta medida fue anulada por el Tribunal Constitucional en 2017.
¿Y a ti todo esto que te parece? ¿Estás a favor del olvido legal de delitos y la consiguiente extinción de responsabilidad de sus autores? Os leemos en comentarios.
Eduardo Armenteros es asesor fiscal especializado en tributación de criptomonedas en TaxDown, donde también lidera la implementación de inteligencia artificial aplicada a la fiscalidad. Con amplia experiencia en el sector cripto, ayuda a particulares a cumplir con sus obligaciones fiscales relacionadas con Bitcoin, Ethereum y otros activos digitales. Experto en declaraciones de la renta con criptomonedas, modelo 721, ganancias patrimoniales y optimización fiscal en el ecosistema blockchain. Desde TaxDown, Eduardo combina conocimiento técnico del mundo cripto con profundo dominio de la normativa tributaria española y soluciones de IA para hacer la fiscalidad cripto más accesible e innovadora.