Es la exigencia por parte del Estado o de cualquier administración del cobro de tasas, impuestos, deudas o multas.Es la cuota que se obtiene al sumar la cuota íntegra estatal y la autonómica.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Como hemos mencionado, es la acción de exigir tributos o multas, así como el cumplimiento de deudas y obligaciones. Es decir, es un requerimiento de pago de ciertas deudas o impuestos.
Por ejemplo, Hacienda te exige mediante un requerimiento que pagues una cantidad porque no has presentado bien tu declaración y los datos no concuerdan.
La RAE lo define como: “Acción y efecto de exigir impuestos, prestaciones, multas, deudas, etc.” Esta palabra viene del latín “exactio”, que significaba cobranza de impuestos.Es la exigencia por parte del Estado o de cualquier administración del cobro de tasas, impuestos, deudas o multas.Es la cuota que se obtiene al sumar la cuota íntegra estatal y la autonómica.
Resolvemos las dudas más comunes sobre qué son las exacciones y cómo funcionan en el ámbito tributario y administrativo.
Una exacción es cuando el Estado o cualquier administración pública te exige el pago de impuestos, tasas, multas o deudas. Básicamente, es un requerimiento oficial para que cumplas con tus obligaciones económicas. Por ejemplo, si Hacienda detecta un error en tu declaración, te enviará una exacción para que pagues la cantidad correspondiente.
Las exacciones ilegales son cobros que realiza un funcionario público en nombre de la Administración pero que no están permitidos por la ley. Un ejemplo sería cuando un trabajador público cobra dinero a cambio de hacer la vista gorda ante mercancías ilegales o por conceder favores indebidos. Estos delitos están recogidos en el Código Penal y pueden conllevar sanciones graves, incluyendo la inhabilitación del funcionario.
Las exacciones parafiscales son cobros que no provienen directamente del Ministerio de Economía, sino de otros organismos o entidades públicas. Se establecen para cumplir objetivos específicos. Ejemplos comunes son los aranceles que cobran los notarios, los registradores de la propiedad o los colegios profesionales por sus servicios.
Las exacciones ilegales son aquellas que están fuera de la ley, aunque las exijan la Administración o algún trabajador que forme parte de esta. Vamos, es una exigencia de pago que no es legal. Muchos funcionarios han realizado este tipo de delitos en los que exigen pagos por determinados favores o, simplemente por conseguir un “beneficio” extra.
Esto pasa cuando un trabajador cobra a un comerciante para que pase algo por la frontera o para que haga como el que no ha visto nada ante mercancías ilegales. En resumen, las exacciones ilegales suceden cuando un funcionario hace un cobro en nombre de la Administración que no está contemplado en la ley.
En estos casos, es dinero cobrado por los funcionarios del Estado de forma ilícita. Este tipo de acciones son muy perseguidas por la Administración, pudiendo inhabilitar al funcionario en el empleo o en su cargo público o incluso llegando a sanciones mucho más gravesEsto sucede con alcaldes y personajes públicos como políticos, en numerosos casos de prevaricación, malversación y fraude. Estos delitos se recogen en los artículos 436, 437 y 438 del Código Penal, de los capítulos 8 y 19. Algunos de ellos son:
También existen exacciones parafiscales. Son aquellas que no vienen de la Administración del Ministerio de Economía, sino de otros organismos diferentes. Se crean para cumplir con determinados objetivos que requieren un cobro. Por ejemplo, son exacciones parafiscales los aranceles que cobran los Registradores de la Propiedad, notarios o los colegios profesionales.
En definitiva, hay que tener en cuenta este término y ojo con hacer trampas a la ley, puesto que se mira con lupa por parte de los organismos correspondientes.
Eduardo Armenteros es asesor fiscal especializado en tributación de criptomonedas en TaxDown, donde también lidera la implementación de inteligencia artificial aplicada a la fiscalidad. Con amplia experiencia en el sector cripto, ayuda a particulares a cumplir con sus obligaciones fiscales relacionadas con Bitcoin, Ethereum y otros activos digitales. Experto en declaraciones de la renta con criptomonedas, modelo 721, ganancias patrimoniales y optimización fiscal en el ecosistema blockchain. Desde TaxDown, Eduardo combina conocimiento técnico del mundo cripto con profundo dominio de la normativa tributaria española y soluciones de IA para hacer la fiscalidad cripto más accesible e innovadora.