Es un intercambio de algo entre dos partes, del que tendrás que pagar impuestos por ello.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Una transmisión onerosa es cuando unas partes se traspasan un bien, ya sea dinero o patrimonio, a cambio de bienes o derechos. El claro ejemplo es una compraventa.
Pues por esa transmisión hay que pagar ciertos impuestos y tener una valoración de ese “algo” que se traspasa. Para ello, se necesita tener el valor de transmisión y de adquisición:
Un ejemplo de ello son los impuestos patrimoniales, impuestos del consumo o sobre plusvalías, dependiendo del tipo de transmisión onerosa.
Es un intercambio de algo entre dos partes, del que tendrás que pagar impuestos por ello.
Resolvemos las dudas más comunes sobre las transmisiones onerosas y sus implicaciones fiscales de forma clara y sencilla.
Una transmisión onerosa es un intercambio entre dos partes donde ambas reciben algo a cambio. El ejemplo más claro es una compraventa: tú vendes tu coche y recibes dinero, o compras una casa y entregas dinero a cambio. A diferencia de una donación o herencia, aquí siempre hay una contraprestación por ambas partes, y por ello deberás pagar impuestos.
Para valorar correctamente una transmisión onerosa necesitas conocer dos valores: el valor de transmisión (el precio real de venta, que nunca puede ser inferior al valor de mercado, restando los impuestos asociados) y el valor de adquisición (el precio que pagaste originalmente más las mejoras, gastos de gestión y tributos, menos las amortizaciones si las hubiera). Estos valores son fundamentales para calcular los impuestos que deberás pagar.
La diferencia principal es la contraprestación. En las transmisiones onerosas ambas partes intercambian algo de valor (dinero por un bien, por ejemplo). En las transmisiones lucrativas, como donaciones o herencias, solo una parte entrega algo sin recibir nada a cambio. Esta diferencia es importante porque determina qué impuestos debes pagar: en las onerosas se aplica el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), mientras que en las lucrativas se paga el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
El impuesto principal es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuyo porcentaje varía según la Comunidad Autónoma donde se encuentre el bien o resida quien transmite. Además, dependiendo del tipo de transmisión, pueden aplicarse otros tributos como impuestos patrimoniales, del consumo o sobre plusvalías. Es importante consultar la normativa específica de tu comunidad para conocer el tipo exacto que te corresponde.
```Como hemos visto, en las transmisiones onerosas ambas partes reciben algo a cambio, es decir es una contraprestación. En cambio, en las transmisiones lucrativas únicamente existe un intercambio por una de las partes, sin recibir la otra nada a cambio. Lo que podemos considerar que es una donación, herencias o regalo, vaya.
En estas últimas las transmisiones lucrativas, se suelen aplicar impuestos como:
Por otro lado, en este mismo sentido, en las transmisiones onerosas, se paga un impuesto que se conoce con el nombre de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). El valor del ITP varía en función de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre el bien en cuestión o donde resida la persona que traspasa, si se trata de otro tipo.
Ha sido sencillo de entender, ¿verdad?
De todos modos, si tienes alguna duda, puedes consultarnos sin ningún problema y te explicamos la relevancia fiscal que tiene cada una de estas transmisiones. Sean onerosas o lucrativas.
Eduardo Armenteros es asesor fiscal especializado en tributación de criptomonedas en TaxDown, donde también lidera la implementación de inteligencia artificial aplicada a la fiscalidad. Con amplia experiencia en el sector cripto, ayuda a particulares a cumplir con sus obligaciones fiscales relacionadas con Bitcoin, Ethereum y otros activos digitales. Experto en declaraciones de la renta con criptomonedas, modelo 721, ganancias patrimoniales y optimización fiscal en el ecosistema blockchain. Desde TaxDown, Eduardo combina conocimiento técnico del mundo cripto con profundo dominio de la normativa tributaria española y soluciones de IA para hacer la fiscalidad cripto más accesible e innovadora.