Queridas mamás… os traemos el beneficio fiscal que ayuda a las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años, ¡la deducción por maternidad!
Esta permite que te deduzcas hasta 1.200 € anuales por cada hijo. Esta deducción es aplicable tanto si trabajas por cuenta propia, como si eres empleada y estás dada de alta en la Seguridad Social.
¿No sabes cómo aplicarte esta deducción? Tranquila, en este artículo te explicamos todos los detalles sobre ella y cómo puede ayudarte Taxdown.
Si eres madre con hijos menores de 3 años y trabajas, puedes solicitar un abono anticipado de 100 € mensuales, que suma un total de 1.200 € al año. Esta cantidad se deduce directamente de la cuota diferencial de tu IRPF, lo que puede suponer un alivio significativo en tu carga fiscal anual.
Entre biberones y noches sin dormir, tú piensas: 'Devuélveme la vida'… ¡Y Hacienda lo hace con una deducción!
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Esta deducción no se limita solo al nacimiento biológico; también se aplica en casos de adopción o acogimiento, independientemente de la edad del menor, durante los primeros 3 años tras la inscripción en el Registro Civil. Además, en situaciones donde la madre no pueda beneficiarse de la deducción, el padre o tutorpuede hacerlo, siempre que cumpla con los requisitos necesarios.
La deducción se calcula proporcionalmente al número de meses en que se cumplan los requisitos,excluyendo el mes en que el niño cumple 3 años. El límite de la deducción es el total de las cotizaciones a la Seguridad Social sin bonificaciones.
Puedes optar por recibir la deducción de forma anticipada, mediante transferencias mensuales de 100 €, o aplicarla en tu declaración anual del IRPF. Si eliges la opción anticipada, recuerda que cualquier cambio en tu situación debe ser comunicado a la Agencia Tributaria.
Si prefieres simplificar el proceso y asegurarte de que todo está en orden. Podemos asistirte en la solicitud del abono anticipado o en la aplicación de la deducción en tu declaración. ¡Disfruta de la tranquilidad de saber que estás ahorrando lo máximo posible!
Para recibir este adelanto mensual de 1.200€, que sin duda viene de maravilla, necesitas rellenar y presentar el Modelo 140. Si prefieres no recibir el abono anticipado, simplemente debes indicar esta deducción en tu declaración de la renta anual para beneficiarte de ella.
¿Te resulta complejo? Es completamente normal… Pero por suerte, nos tienes a nosotros aquí para ayudarte en todo el proceso.
Si ya estás aprovechando la deducción por maternidad, hay otra buena noticia: si tu peque va a la guardería, puedes añadir hasta 1.000€ más a tu deducción anual. Lo mejor es que las guarderías se encargan de comunicarlo con Hacienda, así que tú solo tienes que asegurarte de cumplir los requisitos.
Los requisitos son bastante sencillos y similares a los de la deducción por maternidad:
Los gastos que puedes deducir incluyen la inscripción, la matrícula, los servicios generales del centro y la alimentación de tu hijo en la guardería. El total que podrás deducir dependerá de tus ingresos y de lo que gastes en la guardería.
A diferencia de la deducción por maternidad, esta no se puede recibir de forma anticipada; tendrás que esperar a hacer tu declaración de la Renta para ver reflejado este beneficio.
Recuerda, esta deducción solo aplica si tu hijo está en una guardería o centro de educación infantil autorizado, y no es acumulable con otras ayudas similares que puedas recibir de tu empresa.
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Algunas Comunidades Autónomas cuentan con deducciones específicas por cada hijo nacido o adoptado, como por ejemplo:
En otras comunidades como Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco, la situación varía bastante: algunas no tienen deducción específica por nacimiento y otras gestionan sus propias normativas, sobre todo en el caso de Navarra y el País Vasco, que tienen su propio sistema fiscal.
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En España, algunas deducciones fiscales, como las relacionadas con partos múltiples, son gestionadas por las comunidades autónomas. Esto significa que cada región puede establecer sus propias condiciones, cuantías y requisitos para este tipo de beneficios.
En el resto de comunidades (como Madrid, Cataluña, Andalucía, etc.), no hay una deducción específica por parto múltiple en la renta 2025, aunque puede que existan otras ayudas fuera del ámbito fiscal.
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