Deducciones fiscales por donaciones

Descubre cómo aprovechar las ventajas fiscales de tus donaciones y reduce tu IRPF mientras apoyas causas solidarias.

Actualizado en:
8/6/26
Resumiendo:
Las deducciones fiscales por donaciones en el IRPF te permiten deducir hasta el 80% de los primeros 250€ donados a ONGs y entidades de mecenazgo. Si donas más, puedes deducir entre el 40-45% del exceso, con un límite del 10-15% de tu base liquidable.

Cuando decides abrir tu corazón y tu billetera para hacer una donación, no solo estás contribuyendo a una buena causa, sino que también podrías estar abriendo la puerta a beneficios fiscales en tu declaración de la renta. Sí, has leído bien: ser generoso no solo te da buen karma, sino que también puede tener ventajas en tu IRPF. Veamos cómo puedes aprovechar las deducciones fiscales por donaciones y qué necesitas saber para hacerlo correctamente.

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* Cálculo orientativo según la Ley 49/2002 modificada por el RDL 6/2023 (vigente desde enero 2024). No aplica en País Vasco ni Navarra, que mantienen deducciones del 30% y 25% respectivamente. Consulta a un asesor fiscal para tu caso concreto.
Contenidos:

¿Cómo funcionan las deducciones en los donativos?

Hacer una donación no solo te hace sentir bien, sino que también puede ser beneficioso para tu bolsillo cuando llega el momento de enfrentarte al IRPF. El sistema tributario español permite deducir una parte de las cantidades donadas a organizaciones sin fines de lucro, siempre que estas estén debidamente reconocidas.

Para que una donación sea deducible, debes asegurarte de que la organización a la que donas cumple con los requisitos establecidos por la ley. Además, es crucial conservar el certificado de la donación, ya que deberás presentarlo como prueba al realizar tu declaración de la renta.

Las deducciones por donativos pueden variar dependiendo de la comunidad autónoma en la que residas, pero en general, podrás deducirte un porcentaje de tu donación en tu declaración de la renta. Este porcentaje se aplica sobre la cantidad donada y puede incrementarse si mantienes o aumentas tus donativos a una misma entidad en años sucesivos.

¿Quieres asegurarte de aprovechar al máximo las deducciones fiscales por donativos en tu próxima declaración de la renta? TaxDown es la herramienta que necesitas. Nuestra plataforma intuitiva te guía paso a paso para identificar todas las deducciones aplicables, incluyendo aquellas por donaciones. ¡No dejes pasar la oportunidad de pagar menos y ahorrar más con TaxDown!

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año anterior. * Esta mejora fiscal no aplica fuera de España, ni tampoco al País Vasco ni a Navarra, que
mantienen una deducción del 30% y del 25% respectivamente del total aportado.

En el caso de las donaciones con actividades prioritarias de mecenazgo, hay una serie de límites. Si donas hasta 250€, puedes deducirte el 80% de esa cantidad en tu declaración. Es decir, si donas 100€, podrás reducir 80€ de tus impuestos. Estos tramos los fija la Agencia Tributaria en su Manual práctico de Renta 2025. ¡Nada mal, verdad?

Si decides ser aún más generoso y donas más de 250€, la cosa cambia un poco. Del total que dones, puedes deducir el 40% de la cantidad que exceda esos 250€. Pero hay más: si has estado donando a la misma entidad durante los últimos dos años y cada año has donado al menos lo mismo o más, ese porcentaje sube al 45% sobre el exceso de los 250€.

Eso sí, hay un límite máximo en cuanto a cuánto puedes deducir. La cantidad que deduzcas no puede ser más del 15% de tus ingresos totales del año.

Si te interesa olvidarte de la complejidad y el estrés que suele acompañar a la declaración de la renta, nuestra plataforma simplifica todo el proceso, haciéndolo accesible y comprensible para todos. Ya sea que estés familiarizado con el sistema tributario o no, en TaxDown te ayudamos a completar tu declaración eficientemente, asegurando que aproveches todas las deducciones posibles.

Donativos con límite del 10 por 100 de la base liquidable

Es importante tener en cuenta que, aunque ser generoso tiene sus recompensas, también hay límites en cuanto a cuánto puedes deducirte. La ley establece que ciertas donaciones tienen un límite en el importe total de las deducciones por donativos, que no puede superar el 10% de la base liquidable del contribuyente. Así lo recoge el Manual práctico de Renta 2025 de la Agencia Tributaria, que fija con carácter general ese límite del 10% de la base liquidable y lo eleva al 15% para los donativos destinados a actividades y programas prioritarios de mecenazgo. Es decir, no puede superar el 10% de lo que ganan al año. Esto significa que, por muy altruista que seas, hay un tope en el beneficio fiscal que puedes obtener. Estos casos son:

Donaciones a entidades de mecenazgo

  1. Donaciones hasta 250€: Si donas a entidades que se benefician del mecenazgo (excepto para programas prioritarios), puedes deducir el 80% de tu donación si no supera los 250€. Es decir, si donas 100€, puedes deducir 80€.
  2. Más de 250€: Si tu donación supera los 250€, el porcentaje de deducción cambia. Podrás deducir el 40% de la cantidad que exceda esos 250€. Y si has sido constante donando a la misma entidad en los últimos dos años, este porcentaje aumenta al 45% sobre el exceso de los 250€. Estos porcentajes los detalla la Agencia Tributaria, que exige haber donado a la misma entidad importe igual o superior en los dos ejercicios anteriores para aplicar el 45%.

Para aplicar estas deducciones, necesitas un certificado de la entidad que recibió tu donación, demostrando que tu aporte fue real.

Donaciones a otras entidades

Ahora, si decides donar a entidades que no están bajo la Ley 49/2002, como fundaciones reconocidas o asociaciones de utilidad pública, la cosa cambia un poco:

  • Deducción del 10%: Puedes deducir el 10% de estas donaciones, siempre y cuando tengas documentos que justifiquen tu aporte. La Agencia Tributaria confirma esa deducción del 10% para fundaciones legalmente reconocidas y asociaciones declaradas de utilidad pública no acogidas a la Ley 49/2002.

Las entidades con derecho a deducción informan a Hacienda, por lo que las donaciones suelen aparecer en tus datos fiscales. Si no es así, contacta con la entidad y solicita el certificado de donación. La información de Hacienda es fiable generalmente, pero pueden existir errores. Si dudas sobre tu donativo, revisa los datos y consulta con la entidad antes de declararlo.

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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje puedo deducirme por mis donaciones?
Depende del importe y la recurrencia. En donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002, los primeros 250 € se deducen al 80%. Sobre el exceso, el porcentaje es del 40%, o del 45% si llevas dos años consecutivos donando a la misma entidad cantidades iguales o superiores (donación recurrente que mejora el beneficio fiscal).
¿Necesito algún documento para aplicar la deducción por donaciones?
Sí, es imprescindible conservar el certificado de donación emitido por la entidad beneficiaria. El certificado debe incluir el NIF del donante y de la entidad, el importe, la fecha y la mención expresa de que la entidad está acogida a la Ley 49/2002. Sin ese documento la deducción no es válida ante Hacienda.
¿Existe un límite máximo para deducirme por donaciones?
Sí. Para donaciones destinadas a actividades prioritarias de mecenazgo, el límite es el 15% de la base liquidable del contribuyente. Para el resto de donaciones a entidades de la Ley 49/2002, el tope es el 10% de la base liquidable. El importe que supere estos límites en un ejercicio no genera derecho a deducción ni se traslada al siguiente.
¿Qué son las donaciones recurrentes y qué ventaja tienen?
Una donación es recurrente cuando has donado a la misma entidad durante los dos ejercicios anteriores, por importes iguales o superiores en cada año, al del ejercicio actual. La ventaja fiscal es que el porcentaje aplicable sobre las cantidades que superen los primeros 250 € aumenta del 40% al 45%, premiando así la fidelidad del donante.

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Autor
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