Bienvenido al universo de las declaraciones tributarias. Como pasa con las estrellas, hay muchas y muy diferentes entre sí pero casi todas comparten una característica: inspiran, cuando menos, respeto (por no decir otra cosa…).
Aún así, cuando termines de leer este artículo vas a tener muy claro todo lo relativo a una de ellas, porque no solo te vamos a explicar qué es y para qué sirve sino también cómo rellenar el modelo 036.
Qué es el modelo 036 y para qué sirve
El modelo 036 es la Declaración Censal de alta, modificación o baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Es decir, siempre que se deba realizar una comunicación al Censo de Empresarios deberá presentarse un modelo 036 debidamente cumplimentado (o modelo 037 si se cumplen los requisitos que explicamos al final).
Por tanto, sirve para mantener al día la información de dicho Censo.
Y tú dirás: muy bien, pero ¿qué es el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores? Te lo explico ahora mismo:
El Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores está formado por:
- Las personas o entidades que, en territorio español, desarrollen o vayan a desarrollar:
- Actividades empresariales o profesionales
- Abono de rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta
- Adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas a IVA realizadas por quienes no actúen como empresarios o profesionales
- Las personas o entidades no residentes que operen mediante establecimiento permanente o satisfagan rentas sujetas a retención.
- Los socios y miembros de entidades en régimen de atribución de rentas que tengan obligaciones tributarias.
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Quién está obligado a presentar el modelo 036
Están obligados a presentar el modelo 036, además de las personas jurídicas para solicitar su NIF provisional o definitivo, cualquier persona o entidad que realice o vaya a realizar alguna actividad empresarial o profesional o sea retenedora siempre que vayan a comunicar:
- El alta en el Censo de empresarios, profesionales o retenedores.
- La baja en el mismo.
- Cualquier modificación de los datos que allí constan.
En resumen (y para que no queden dudas):
Todo el que realice actividades empresariales y profesionales o sea retenedor debe formar parte del Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
La única forma de comunicar el alta o la baja en el Censo así como la variación de los datos que en él constan es mediante la presentación del modelo 036 (o 037, si se cumplen los requisitos).
Las personas jurídicas también deben presentar el modelo 036 para solicitar su NIF provisional y el definitivo.
Cómo rellenar el modelo 036 paso a paso
Bien, ya sabemos qué es y para qué sirve así que ahora toca ver cómo rellenar el modelo 036 y te lo vamos a explicar paso a paso y por partes:
Primero
El modelo 036 hay que cumplimentarlo en la página web de la Agencia Tributaria. Una vez lo tengas relleno puedes hacer dos cosas:
- Bien presentarlo telemáticamente, para lo que tendrás que disponer de certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve PIN
- O bien, una vez terminado, puedes validarlo e imprimir un PDF que podrás entregar en la Administración o Delegación de la AEAT.
Segundo
La declaración censal tiene en total 8 páginas (algunas con varias hojas) pero tú solo tendrás que rellenar:
- La página 1, porque en ella indicas qué quieres comunicar, la fecha y la firma.
- La página 2, si vas a presentar la declaración en papel o si vas a comunicar la variación de alguno de tus datos identificativos.
- Y del resto de páginas solo debes rellenar aquellas que hagan referencia a los datos que a los que vayas a hacer referencia. Las demás ni se cumplimentan ni se presentan.
Tercero
En todas las hojas, arriba del todo, deberás dejar constancia de tu nombre y NIF.
Cuarto
El contenido de cada una de las páginas y lo que se consigna en ellas es lo que sigue:
Página 1
Deberás marcar la casilla que corresponda a la causa de presentación que podrá ser: solicitud del NIF, alta o baja en el censo o modificación de datos. En este caso hay que marcar la opción concreta entre todas las posibles. Se pueden elegir varias en una misma declaración.
Y también consignar el lugar y fecha de presentación así como la firma.
Si decides presentar el modelo en papel tendrás que pegar tu etiqueta identificativa.
Página 2
Es la que contiene los datos identificativos y se divide en 3 hojas: una para las personas físicas, otras para las personas jurídicas o entidades y otra para los establecimientos permanentes.
Si vas a realizar la presentación telemática solo tendrás que rellenar esta página cuando vayas a comunicar la variación de alguno de tus datos personales.
Página 3
Se cumplimentará al producirse el alta, baja o modificación de los representantes y se consignarán su nombre y NIF así como la causa y tipo de representación.
Página 4
En ella se rellenarán:
- Los datos de la actividad que se va a dar de alta o de baja: epígrafe de IAE y tipo de actividad (empresarial, profesional, artística, etc.)
- Los datos relativos al local afecto (si lo hay): dirección, referencia catastral, superficie, grado de afectación,…
Página 5
El IVA…
Aquí, además de seleccionar el régimen de IVA que te corresponda deberás anotar el epígrafe del IAE y la fecha en la que comienza a hacer efectos el alta o la baja.
También se comunica, si procede, la condición de Gran empresa y otras características propias de este impuesto al igual que el alta o baja en el Registro de devolución mensual y el de Operadores intracomunitarios.
Página 6
En esta página se rellenan los datos relativos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (método de estimación del rendimiento y obligación o no de presentar pagos a cuenta), Impuesto de Sociedades (supuestos de exenciones, opciones de pagos fraccionados, …) y Impuesto sobre la Renta de No Residentes (opciones de cálculo, obligatoriedad de presentar la declaración, …).
Ya sabes: solo rellena la parte que te afecta.
Página 7
La de los retenedores: solo tienes que marcar el tipo de retención respecto al que quieres presentar el alta o la baja y la fecha de inicio.
También se hace constar, si corresponde, información relativa a los Impuestos Especiales y Regímenes especiales de comercio intracomunitario.
Página 8
Las sociedades y otras entidades deben cumplimentar aquí los datos personales de sus socios o miembros
Así quedaría el modelo 036 rellenado correctamente
A continuación de facilitamos un PDF para que puedas descargar y comprobar en un ejemplo cómo se ve el modelo 036:
Declarar modificaciones y cese en el modelo 036
Si cambias algún dato relevante de tu actividad o decides cesarla, es necesario informarlo a través del Modelo 036. En el formulario, marca las opciones correspondientes a modificación o baja.
Plazos para presentar el Modelo 036
Debe presentarse antes del inicio de la actividad económica. Si eres un nuevo autónomo o estás creando una empresa, no dejes pasar esta obligación. Además, si realizas algún trabajo o manejas pagos relacionados, es otro motivo para presentarlo.
¿Cuál es la diferencia con el modelo 037?
El modelo 037 es una declaración censal simplificada. Es decir, cumple las mismas funciones que el modelo 036 pero es menos extensa.
La diferencia entre ambas declaraciones es que mientras que el modelo 036 lo puede presentar cualquiera que quiera darse de alta o de baja del censo o modificar los datos que constan en él, el modelo 037 solo pueden presentarlo aquellas personas físicas que cumplan una serie de requisitos como, por ejemplo, no ser gran empresa, no actuar por medio de representante, no estar inscrito en el Registro de operadores intracomunitarios o Devolución mensual de IVA, estar incluido en alguno de los regímenes especiales de IVA que se especifican, etc.
Ahora bien, no son excluyentes. Es decir, las personas físicas que cumplan estas condiciones pueden presentar el modelo 037 si lo desean o el 036 si lo prefieren.
Preguntas frecuentes sobre el modelo 036
¿Cuánto cuesta el modelo 036?
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¿Quién puede presentar el modelo 036?
Tanto empresarios como profesionales que inicien actividades económicas y otros sujetos detallados anteriormente.
¿Cuánto tiempo hay para dar un alta en RETA desde el alta en 036?
El alta en RETA debe realizarse en paralelo al alta censal. Por lo general, tras presentar el 036, se cuenta con un margen de unos días para hacer el alta en RETA.
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