Vamos al grano, los modelos trimestrales que tienen que hacer los autónomos que desarrollen una actividad económica, es lo que llamamos el modelo 130. Y es justamente lo que vamos a tratar en este artículo. Así no tendrás ninguna duda de qué es, cómo se presenta, y demás complicaciones que giran en torno a esto. Así que no te preocupes, y vamos a allá.
El modelo 130 es uno de los modelos más comunes y que más quebraderos da a las personas obligadas a realizarlo.
Este formulario trimestral se utiliza para adelantar el IRPF que los autónomos pagan a Hacienda por desarrollar su actividad. Por esta razón, muchas personas se refieren a este modelo como “el del IRPF”.
Básicamente, lo que se consigue mediante el modelo 130 es anticipar lo que se debe de pagar en la declaración de la renta anual por los beneficios de la actividad. Así dicho de forma clara y sencilla.
El modelo 130 se debe presentar en los meses de enero, abril, julio y octubre.
Concretamente, sería:
Estos plazos los fija la Agencia Tributaria en su ficha de pagos fraccionados.
Ojo: Es importante saber dos cosas:
Hay tres formas para poder presentar este modelo.
Aquí se deberán rellenar los datos personales del declarante, como su NIF, nombre y apellidos. Así como la fecha de devengo que es el año al que corresponde la declaración y el periodo trimestral. Y por otro lado la liquidación que es la cuantía que se ha de pagar.
No presentar este trámite en el plazo establecido, puede llegar a suponer la imposición de una sanción o un recargo.
La diferencia va a estar en dos cosas:
Si nos ponemos en el caso de la primera opción y es el propio autónomo el que rectifica el error, podrán imponerte los siguientes recargos, dependiendo del plazo que haya pasado desde el fin del periodo voluntario de presentación:
Estos recargos los regula el artículo 27 de la Agencia Tributaria y, además, se reducen un 25 % si se ingresan en plazo.
Si nos ponemos en el caso de la segunda opción, y es Hacienda la que se da cuenta y envía requerimiento. Pues aquí se da lugar a las sanciones. Cuyas bases serán:
Según las instrucciones de la Agencia Tributaria, estos son los perfiles que tienen que presentar el modelo 130:
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