El modelo 303 de la Agencia Tributaria es el correspondiente al pago fraccionado del IVA. Sí, ese trámite que tienen que hacer todos los autónomos para pagar el IVA trimestral a Hacienda. ¿Cómo y cuándo se presenta? ¿Está todo el mundo obligado a presentarlo? Pues para responder a todas estas preguntas ya estamos nosotros. ¡Esperamos que este artículo resuelva todas tus dudas!
Hay muchos modelos que los autónomos tienen que rellenar: el 036, el 037, el 130, el TA0521… todos son importantes, pero sin duda el modelo 303 es uno de los más conocidos y que más dudas genera. ¿Por qué? Porque es el modelo que corresponde al pago trimestral fraccionado.
Es un modelo que todas las personas que realicen una actividad sujeta a IVA tienen que presentarlo, además de caseros o promotores inmobiliarios.
Además de llamarse ‘modelo 303’, que parece el título de una película de sobremesa, se le puede llamar de otras formas: ‘liquidación del IVA trimestral’, ‘autoliquidación del IVA’ o incluso ‘el modelo del IVA’. Pero, ¿qué se calcula exactamente en el modelo 303? La diferencia entre el IVA que el autónomo ha recogido de sus clientes (también conocido como IVA repercutido) y el IVA que ha pagado derivado por los gastos de su actividad (IVA soportado). Según la Agencia Tributaria, en el modelo 303 se calcula precisamente esa diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado deducible. El resultado de este cálculo puede ser positivo, negativo o cero. Si sale positivo, el autónomo tendrá que pagar dicha cantidad; mientras que si sale negativo, quiere decir que has pagado IVA de más y Hacienda te tendrá que devolver esa diferencia en la declaración del IVA anual.
Como ya hemos dicho más arriba, cada autónomo debe presentar el modelo 303 cada tres meses. Concretamente, en estas fechas:
Puedes presentar el modelo fuera de plazo… ¡pero es mejor que no lo hagas! Porque de hacerlo, tendrás que pagar un recargo extra a la Agencia Tributaria.
Aunque todo depende de si presentas fuera de plazo ANTES de recibir un requerimiento de Hacienda o DESPUÉS.
Si presentas el modelo 303 fuera de plazo antes de recibir un requerimiento, se te aplicará un recargo que varía dependiendo de lo que tardes en presentarlo:
Estos porcentajes son los que fija la Ley General Tributaria en su artículo 27, tras la reforma de la Ley 11/2021.
Y si presentas el modelo 303 tras recibir un requerimiento, tendrás que pagar una sanción bastante más elevada que los recargos mencionados más arriba. Concretamente, pagarás una sanción entre el 50% y el 150% sobre el importe a pagar, según contempla la Ley General Tributaria en su artículo 191. Todo dependerá de cómo interprete Hacienda esta sanción: si es leve, grave o muy grave.
Resumiendo: ¡que no se te pase nunca presentar el modelo 303 dentro de plazo! Ponte alarmas en el teléfono, en ordenador o un post-it en el espejo del baño. Da igual el cómo. ¡Lo importante es que no pagues de más!
En este aspecto hay buenas y malas noticias. La buena noticia es que sí se puede aplazar el pago del modelo 303; y las malas noticias es que no es tan sencillo como parece, ya que solo podrás solicitarlo sin aportar garantías si tu deuda no supera los 50.000€. Así lo fija la Agencia Tributaria en la Orden HFP/311/2023. Además, tendrás que seguir un procedimiento que te contamos a continuación.
Importante: los pagos se realizarán los días 5 o 20 de cada mes. Así que si aplazas este pago… ¡ten dinero en tu cuenta en esos días!
Todos los trabajadores por cuenta propia o autónomos están obligados a presentar el modelo 303. ¡Pero no son los únicos! Los empresarios también deben presentarlo, además de cualquier persona que realice una operación sujeta a IVA.
Rellenar el modelo 303 es un mal necesario. Pero también es cierto que es un auténtico engorro… ¡son más de 80 casillas las que hay que rellenar!
Es verdad que en este artículo te hemos facilitado información para hacerte la vida más fácil si quieres enfrentarte al modelo 303 por tu cuenta… ¡pero tenemos más buenas noticias! En TaxDown gestionamos este trámite para ti. No tendrás que rellenarlo… ni siquiera tendrás que recordar cuándo se presenta. ¡Porque nuestros expertos fiscales lo harán todo por ti!
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