Requerimientos de Hacienda, todo lo que debes saber

Publicado el 24/10/2023 por
Alvaro Icaza
Categoría
Declaración de la Renta
Contenidos:
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Esperemos que no sea así, pero si te ha llegado un requerimiento de Hacienda y no sabes dónde meterte… ¡buena suerte! No, es broma. En este artículo vamos a contarte todo lo relacionado con los requerimientos de Hacienda: qué es, cómo se responden y qué es lo que tienes que hacer. Antes de salir corriendo… ¡lee con atención!

¿Qué es un requerimiento de Hacienda?

Definición de primero de fiscalidad: un requerimiento de Hacienda es una notificación que envía la Agencia Tributaria a cualquier contribuyente o empresa. Y no precisamente para dar los buenos días. Normalmente, lo suele mandar porque ha visto alguna irregularidad o incidencia fiscal y suelen solicitar documentos al contribuyente o a la empresa.

¡Ayúdame!

¿Cómo suele mandar los requerimientos? Normalmente por correo postal pero también por email.

Hay que precisar que recibir un requerimiento de Hacienda no quiere decir que te vayan a sancionar. ¡No, no! Si no tienes nada que ocultar y si respondes y documentas todo de manera adecuada y en los plazos que se te indican, no hay nada que temer. Pero antes de entrar en el cómo, vamos a contarte que hay diferentes tipos de requerimientos de Hacienda. Hay para todos los gustos:

Tipos de requerimientos de Hacienda

  • Carta informativa. La más tranquilita. Solo se trata de una carta que te manda la Agencia Tributaria a modo de información. No es necesario que respondas pero sí verificar que la has recibido, porque todas sus cartas son certificadas. Hacienda es como tu padre o madre, y necesita saber que has recibido bien su mensaje.
  • Requerimiento. Si Hacienda detecta que la información fiscal que tienen sobre ti no encaja con la que tú le has proporcionado, te enviará esta ‘agradable’ notificación.
  • Propuesta de liquidación. Si hay que modificar alguna información que Hacienda considera errónea.
  • Resolución del procedimiento. La conclusión final sobre los procedimientos que han estado abiertos con Hacienda.
  • Providencia de apremio. Cuando el Estado te dice: tienes que pagarme ya lo que me debes, estableciendo unas fechas en las que te cobrará la deuda. Es importante responder de forma rápida para intentar recurrirlo o aplazarlo. Por ejemplo, Hacienda te dice que tienes un plazo para pagar mis 1.000€ de deuda con un 10% de recargo.
  • Diligencia de embargo: similar a la anterior, pero Hacienda en ella ya te informa del cobro de la deuda directamente. Por ejemplo, si Hacienda te señala que te acaba de quitar 1.100€ del banco para saldar la deuda impagada.
  • Inicio de investigación de inspección. Cuando te solicitan documentos para una inspección de Hacienda.
  • Expediente sancionador. La confirmación oficial de que has cometido alguna infracción fiscal.
Una pareja preocupada delante de su ordenador porque ha recibido un requerimiento de Hacienda y no sabe que hacer

¿Qué hacer si recibes uno?

Lo primero que hay que hacer con un requerimiento de Hacienda es recibirlo. Parece una tontería pero son muchas las personas que no quieren recogerlo, pensando que si hacen eso la Agencia Tributaria se olvidará. Ingenuas.

Por eso, cuando te llegue una notificación de Hacienda, no te escondas y recíbela cuanto antes. Porque la clave está en poder reaccionar con tiempo y postponer su recibimiento lo único que hará será perjudicarte. Además, las notificaciones que son rechazadas… ¡se registran!

Y una vez la hayas recibido, lo segundo es leerla con atención para saber qué tipo de requerimiento es y qué nos cuenta Hacienda. Si no la comprendes, te recomendamos encarecidamente que contrates a un asesor fiscal o, si ya estás suscrito a TaxDown, que nos escribas a support@taxdown.es. Te ayudaremos a comprenderla y te aconsejaremos sobre cómo actuar. Y además, te protegeremos frente a cualquier requerimiento si además está relacionado con una declaración presentada con nosotros (eso por supuesto).

Y ya por último, el tercer paso que tienes que seguir es responder. Este paso es el más importante. Es obligatorio responderlo, o si no, Hacienda te puede multar. Cuentas con 10 días para hacerlo una vez recibas la notificación. ¡Ah! Y los festivos y fines de semana no cuentan. Para saber cómo tienes que responder, te recomendamos seguir leyendo.

Cómo contestar un requerimiento

Para responder, afortunadamente la Agencia Tributaria te dice cómo tienes que hacerlo en la propia carta que te hayan mandado. Y otra buena noticia: ahora puedes responder a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Por eso, para responder es vital tener dos documentos: el certificado digital o DNI electrónico y el Código Seguro de Verificación, que encontrarás en el propio requerimiento que te ha enviado la Agencia Tributaria.

Un inspector de Hacienda revisando una declaración y señalando con el dedo requiriendo algo al contribuyente

Una vez hayas accedido a la sede electrónica, dirígete a la sección ‘Trámites destacados’ y después a ‘Contestar requerimientos o presentar documentación relacionada con un documento recibido de la AEAT’. Verás que la web te permite responder y adjuntar archivos en PDF o Word. Tan solo tienes que rellenar los datos que te aparecerán y por último pulsar en ‘Presentar’. ¡Y ya estaría!

¡Ah! Y si no te gusta hacer estos procedimientos por Internet o te desesperas con la web de Hacienda, también puedes responder por correo tradicional o incluso pedir una cita. Pero sin duda lo más rápido y lo que te recomendamos es responder por su sede electrónica.

Si no te hemos convencido y sigues erre que erre con que quieres responder de forma presencial, tendrás que presentar una carta escrita. Y no vale cualquier carta. No, no. Tienes que responder con información muy detallada. Pero te mostramos un modelo a seguir a continuación.

Modelo de contestación


Don/Doña (tu nombre y apellidos), con domicilio en (tu domicilio y municipio), con DNI (evidentemente, tu número de DNI), actuando en (si es en nombre propio o como representante de una sociedad. Si es como representante de la sociedad tendrás que poner a continuación el CIF y tu cargo)

EXPONGO

que en el día (poner la fecha en la que has recibido el requerimiento) he recibido un requerimiento cuyo número de referencia es (poner número de referencia), en el que se me solicita que aporte documentación relacionada con (poner el motivo del requerimiento).

En este escrito aporto una fotocopia de la documentación solicitada: (poner la lista de documentos que se adjuntan), cuyos datos concuerdan con los declarados en su momento.

(Nota adicional: aquí te recomendamos poner el mayor número de explicaciones,para que todo quede claro).

Por todo ello, solicito que tengan por presentados en tiempo y forma los documentos pedidos, así como respondido el requerimiento indicado.

(Y por último poner la fecha y tu firma)


Preguntas frecuentes sobre requerimientos

¿Qué pasa si no contestas a un requerimiento de Hacienda?

Es necesario responder a estos requerimientos, ya que la falta de respuesta puede conllevar consecuencias desfavorables. La omisión de presentar la documentación requerida por Hacienda podría resultar en sanciones económicas que oscilan entre 150, 300 y hasta 600 euros.

¿Cuánto tardará Hacienda en contestar?

Volvemos con las injusticias. Tú como contribuyente tienes un plazo de 10 días para responder, como te hemos comentado más arriba. Pues bien, Hacienda tiene un plazo para darte respuesta de… ¡6 meses!
Pasa igual que con la declaración de la renta. Si te sale a devolver, la Agencia Tributaria tiene como límite el 31 de diciembre para devolverte lo que te pertenece. Mientras que tú como contribuyente, si te sale a pagar, tienes que abonar el importe el 30 de junio.

¿Se puede solicitar un aplazamiento?

¡Sí que se puede! Pero con matices. Porque para solicitarlo hay que cumplir tres requisitos:
1. Pedirlo 3 días antes de que venza el requerimiento.
2. Este aplazamiento no puede perjudicar a terceros.
3. Hay que justificar las razones por las cuales se solicita dicho aplazamiento.
También hay que confesar una cosa: no esperes que Hacienda te haga un aplazamiento de un mes o dos. No, no. Como mucho te darán la mitad del plazo que te dieron en su momento para responder. Es decir, que si tienes 10 días para responder, como mucho te darán otros 5.
Para poder solicitar el aplazamiento, tendrás que responder a Hacienda mediante un escrito con el CSV que te aparecerá en la notificación recibida. Sí, no es la solución más intuitiva del mundo. ¡Pero afortunadamente hay una mejor vía para responder a estos casos!

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Uno de los servicios que ofrecemos de forma gratuita a todos los usuarios que tienen una suscripción con TaxDown es tramitar de forma rápida las notificaciones de Hacienda, ya sean requerimientos, alegaciones o recursos de reposición. Por eso, si Hacienda llama a tu puerta y te da una desagradable sorpresa a modo de notificación, ¡puedes contar con nosotros para tramitarlo! Inicia sesión en TaxDown, dirígete a la sección «Trámites» y después selecciona «Notificaciones de Hacienda». Una vez respondas a un par de preguntas, nuestros expertos fiscales se pondrán en contacto contigo y lo gestionarán todo por ti.

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