Qué hacer si recibes una notificación de Hacienda 

Publicado el 23/10/2023 por
Juncal De Haro
Categoría
Declaración de la Renta
Contenidos:
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En este artículo os vamos a dar las claves para saber cómo enfrentaros ante las notificaciones de Hacienda. Siempre que recibimos una notificación, lo primero que pensamos es ¡vaya lío ahora!,¡voy a tener que pagar una pasta! Sinceramente la realidad es bastante parecida pero también está la opción de que el recurso sea favorable para ti.

Por eso, es muy importante tener estos pasos en cuenta porque el importe de la infracción por la que Hacienda te manda una notificación tiene un mínimo de 100 euros para los casos más leves, pero alcanza 600.000 euros en los casos de mayor gravedad. (Esto ya no hace ninguna gracia) 

  1. ¡Oh oh, notificación! Tienes que comprobar el plazo para recurrir o alegar y por supuesto, apuntarlo. 
  2. No olvides comprobar el tipo de notificación que es 
  3. Además, mira bien quién emite la notificación y el tipo de impuesto. 
  4. Comprueba si se exige el pago de una deuda tributaria. 
  5. ¡Y lo más importante! Lee bien el plazo para pagar la deuda.

¿Qué es una notificación de Hacienda? 

Una notificación de Hacienda es un requerimiento que manda la AT a un contribuyente pidiéndole información y documentación. Normalmente suelen están relacionados con alguna incidencia que requiere una respuesta. 

Desde luego que, recibir una notificación de Hacienda significa que sus datos no coinciden con los proporcionados por el contribuyente, sin embargo, no tiene por qué significar una sanción (en muchos casos pasa esto). Suele bastar con comprobar la información aportada o entregar algún documento adicional que te soliciten.

¡Ayúdame!

 No obstante, tampoco os vamos a mentir. También es posible recibir una notificación de Hacienda que nos informe sobre una sanción económica. 

Ante una notificación de Hacienda es fundamental mantener la calma y enfrentarse a los hechos de la mano de tu asesor. Tratar de ignorarla puede traerte graves consecuencias, la mejor opción sin duda es acceder al contenido para comprobar el tipo y alcance del requerimiento que te ha enviado correos o por sms. 

Tipos de notificaciones 

No todas las notificaciones son iguales, podemos hacer una clasificación en función de su naturaleza y propósito. A continuación, te vamos a contar los principales tipos. 

Carta Comunicativa 

Se trata de una notificación que tiene un carácter informativo, por lo que no requiere ninguna intervención inmediata. No obstante, este tipo suelen ser certificadas, por lo que debemos recibirla en persona para que Hacienda pueda verificar que se ha realizado la comunicación. Si no es así, la notificación aparecerá publicada en el BOE.  

Comprobación 

Hacienda nos puede requerir para hacer una comprobación de los datos aportados. Esto puede ser de tres tipos:  

  1. Requerimiento: Ocurre cuando no coincide los datos que nosotros hemos aportado como contribuyentes y los que dispone la AT. Hacienda nos pedirá que entreguemos la documentación necesaria para justificar el desajuste que les aparece. Si todo se aclara, se acaba el procedimiento, si no es así, se inicia otro para corregirlo.
  2. Propuesta de liquidación: Hacienda nos notifica que ha corregido, según su propio criterio, alguna declaración que como contribuyente hemos presentado. Si no estamos conformes, por supuesto, podemos presentar una alegación. 
  3. Resolución del procedimiento: En esta notificación Hacienda nos informa la resolución alcanzada después de haber recibido varias alegaciones y, en su caso, de la liquidación que le corresponde. También es posible recurrir a esto si no estamos de acuerdo. 

Información respecto a otra persona 

En estas casuísticas Hacienda nos pedirá información acerca de otra persona o empresa con la que hemos tenido alguna relación como cliente, proveedor o deudor. Hay que responder en el plazo indicado aportando la información o indicando que no la dispones 

Providencia de apremio 

Hacienda nos manda una notificación informando de la existencia de una deuda tributaria que ha sobrepasado todos los plazos de pago voluntario. Esta notificación conlleva un recargo adicional sobre la deuda e intereses por la demora en el pago. 

Diligencias de embargo 

Nos encontramos ante una nueva notificación que tiene mayor trascendencia en la que Hacienda nos comunica una deuda con el Tesoro Público y su devolución debe ser inmediata. Por eso, hay que contestar, ya que de lo contrario nos podríamos tener graves consecuencias. 


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Investigación fiscal 

Es una de las notificaciones que más se temen ya que Hacienda va a revisar la documentación. Es posible que la inspección de la AT nos haya tocado al azar, pero también puede ser que tengan algunas dudas sobre la declaración que hemos presentado. 

En esta notificación nos informarán del comienzo de un procedimiento, su alcance y la cita que tienes para comparecer en la Agencia Tributaria. Es bastante importante contestar y colaborar ya que, si no lo haces puede empeorar nuestra situación. 

A partir de que se envía la documentación requerida, la inspección entregará un acta al interesado informando de la resolución de la investigación que se ha llevado a cabo. 

Expediente sancionador 

En esta notificación Hacienda nos informa de que hemos cometido alguna infracción y que va a iniciar un expediente sancionador. En dicha comunicación nos informará sobre el expediente al que se refiere, el tipo de impuesto que se ha infringido y la cantidad defraudada. 

Si no estamos de acuerdo con lo expuesto, Hacienda nos permite abrir un procedimiento para defender el expediente. Pero, si finalmente no se resuelve a nuestro favor, debemos abonar la cantidad estipulada en la notificación. 

Como hemos visto anteriormente, existen diferentes tipos de notificaciones que pueden suponer desde un simple trámite para el contribuyente hasta un expediente sancionador (más grave). En todos los casos lo que recomendamos es atender el requerimiento de Hacienda y colaborar en lo posible con ellos. En ocasiones las gestiones serán largas y tediosas, por lo que contar con el asesoramiento de experto de TaxDown puede ser una buena opción y te ayuda con lo que necesites.  

Persona preocupada porque ha recibido una notificación de Hacienda

¿Qué hacer en caso de que te notifique la Agencia Tributaria? 

  1. Tranquil@. Lee detenidamente y apunta la fecha del día de entrega de la carta. 
  2. Tienes que dar una respuesta a la notificación de la Agencia Tributaria. 
  3. Si Hacienda no se queda contenta con lo enviado tendrás que presentar un recurso de reposición. 
  4. Por último, tendrás que cursar una reclamación económico-administrativa. 

¿Cómo revisar la notificación de la Agencia Tributaria en su web? 

Es importante saber que las personas físicas como tú o como yo no están obligadas a relacionarse de forma electrónica con Hacienda, salvo en algunas excepciones como los autónomos. Por ello la mayoría de las notificaciones de Hacienda te llegarán por carta a tu casa. 

Normalmente las entregaran en tu domicilio fiscal, que es el lugar seleccionado por ti para relacionarte con la AT. ¡Recuerda que si quieres cambiarlo debes realizar el modelo 30!.
Aun así, es posible que Hacienda te entregue una notificación en un lugar distinto a tu residencia o domicilio fiscal. Pero solo TÚ podrás recogerla. 

Inspector de Hacienda revisando una declaración de la renta que ha sido notificada a su dueño

¿Cuánto tardan en llegar las notificaciones?  

Siempre se debe responder y aportar la información o la documentación solicitada. Respetando el plazo que la Agencia Tributaria te da para responder, que suele ser unos 10 días hábiles.  

Ten en cuenta que, todas las comunicaciones y notificaciones electrónicas estarán disponibles 90 días naturales. De hecho, podrás consultar tus comunicaciones y notificaciones electrónicas a través de los siguientes medios: www.agenciatributaria.gob.es – Mis Notificaciones. Haz clic en el apartado -Acceso a notificaciones y comunicaciones de la AEAT.  

Te recordamos que dejar sin abrir una notificación digital puede suponer una infracción por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la AEAT. ¡No te metas en embargos! 

Persona encogida de terror pensando en el miedo que le supone la posibilidad de recibir una notificación de la Agencia Tributaria

Esperamos que haya quedado claro todo lo relacionado con las notificaciones de Hacienda, pero si tienes alguna pregunta te contestaremos encantados en support@taxdown.es. Si estás en alguno de estos casos cuenta con asesores expertos como nosotros. ¡Te esperamos!

 

Preguntas frecuentes sobre notificaciones de la AEAT

¿Qué tipo de notificaciones te puede mandar la Agencia Tributaria?

Los 8 tipos de notificaciones que puede enviarte la agencia tributaria son los siguiente: carta informativa, requerimiento, propuesta de liquidación, resolución del procedimiento, providencia de apremio, diligencias de embargo, inicio de investigación de inspección y expediente sancionador.

¿Qué pasa si no se recoge una notificación de Hacienda?

En caso de que no recojas una notificación de Hacienda entregada en mano por el cartero, este te dejará un aviso para que la recojas en una oficina de Correos. Si tampoco procedes a su recolección en la oficina de Correos, se llevará a cabo su publicación en el BOE.

Si optas por no recibir una carta de Hacienda que te será entregada personalmente por el cartero, él te dejará un aviso para que la retires en una oficina de Correos. En caso de que la omisión continúe y no la recojas en la mencionada oficina, se procederá a su publicación en el BOE.

En el supuesto de que descuides la recepción de una comunicación de Hacienda que el cartero tiene la tarea de entregarte en mano, el cartero dejará un aviso para que la recojas en una oficina de Correos. Si, por alguna razón, tampoco efectúas la recogida en la oficina de Correos, se procederá a su publicación en el BOE.

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16 thoughts on “Qué hacer si recibes una notificación de Hacienda 

  1. Estoy de vacaciones en mi país de nacimiento, Peru y me ha llegado una carta de la agencia tributaria que en el borrado me tenia que devolver y ahora la carta me indica que debo pagar y el plazo de 10 días no podré estar que hago?

    1. Hola Sandra,

      Muchas gracias por ponerte en contacto con nosotros. No te preocupes por nada, porque podemos ayudarte a contestar a cualquier requerimiento que te llegue por parte de la Administración. Solamente tienes que ponérnoslo en conocimiento del equipo fiscal para que podamos analizar tu caso y ver qué ha podido suceder.

      Sin más, mil gracias por comentarnos. Estaremos encantados de ayudarte, un saludo

  2. Me han embargado de la cuenta corriente 477,87€, estoy de acuerdo con pagar, pero no todo junto ese dinero lo hacer una devolución y yo pagarlo a los plazos que usted me da ustedes indiquen, cobro una pensión de ayuda RAI, por favor les pido que me ayuden y me lo devuelvan quedándose en la parte correspondiente que puedo pagar por mes, pertenezco al grupo de personas que sufren la vulnerabilidad severa .

    1. Hola Mercedes!! Te aconsejamos que te pongas en contacto con nuestro equipo fiscal que son los profesionales y especializado en la materia. El mail es: support@taxdown.es o por el chat gratuito de nuestra web.

      Un saludo!

  3. Si la AT me manda un SMS indicándome que tengo una notificación y no accedo a ella en la página.web de la AT ¿es como si me la hubieran notificado o puedo esperar a que me manden la carta por correo?¿tienen la obligación no de enviarme tb la carta?.

    1. ¡Hola, José Enrique!
      La Agencia Tributaria (AT) puede notificarte a través de diferentes medios, incluyendo SMS y correo electrónico, pero es importante entender cómo funcionan estas notificaciones electrónicas.
      Notificación electrónica: si recibes un SMS indicando que tienes una notificación en la página web de la AT, se considera que la notificación es válida desde el momento en que la AT pone a tu disposición dicha notificación en su sede electrónica. Si no accedes a la notificación en un plazo determinado (generalmente 10 días), se considera igualmente notificada.
      Obligación de enviar carta: en general, la AT no está obligada a enviarte una carta adicional por correo si ya te ha notificado electrónicamente, a menos que tengas explícitamente establecido un método de notificación diferente.
      Te recomendamos acceder a la notificación electrónica cuanto antes para evitar posibles problemas o sanciones.
      Si necesitas más información, puedes contactar con nosotros a través de support@taxdown.es, una vez que contrates alguno de nuestros planes, y estaremos encantados de ayudarte.
      Un saludo 🙂

  4. He recibido una carta dirigida «al residente» de mi domicilio y no se qué puede ser, me extraña que no ponga mi nombre.

    1. Hola,
      Entiendo tu preocupación. Las cartas dirigidas «al residente» suelen ser comunicaciones generales y no necesariamente personales. Aquí hay algunos posibles motivos por los que podrías haber recibido una carta de este tipo:
      – Información General: Puede ser información general de la comunidad, del ayuntamiento o de alguna institución pública.
      – de Servicios: A veces, las empresas de servicios envían actualizaciones o avisos a todos los residentes de una zona.
      – Publicidad o Promociones: Es común que empresas envíen publicidad o promociones a todos los domicilios de una área específica.
      Te sugiero abrir la carta para verificar su contenido. Si se trata de un asunto fiscal o administrativo y necesitas ayuda para comprenderlo o gestionarlo, nuestros asesores están disponibles para asistirte.
      Así, si necesitas más información, puedes contactar con nosotros a través de support@taxdown.es, una vez que contrates alguno de nuestros planes, y estaremos encantados de ayudarte.
      Un saludo 🙂

  5. Hola, le dejaron a mi marido una carta cartificada, las de ventanilla negra, mi marido la cogió pero se olvidó decirme nada, tiene una incapacidad permanente total y lleva 20 años de psicólogos y psiquiatras, cuando fui a cobrar bien pero nos avisaron del banco que teníamos retenido el saldo que nos quedaba y que es un embargo de hacienda y tenemos que pagar 3.444€ pero solo vivimos de su pensión y del I. Me. V en total 815€ y el lunes iré hacienda con cita a ver si puedo arreglarlo, y estamos temblando porque ha pasado casi un mes desde la notificación de embargo

    1. ¡Hola, Ana!
      Lamentamos la situación por la que están pasando. En este caso, te recomendamos seguir estos pasos para intentar solucionar el problema:
      1. Acudir a la cita en Hacienda: explica tu situación económica y presenta toda la documentación que respalde tu caso, incluyendo la incapacidad de tu marido y los ingresos que tienen.
      2. Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda: Hacienda permite solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago de deudas en casos de dificultad económica.
      3. Consultar con un asesor fiscal: podría ser útil contar con el apoyo de un profesional para manejar esta situación.
      Para asegurarte de que se maneja adecuadamente y obtener la mejor orientación, te recomendamos contratar uno de nuestros planes.
      Un saludo 🙂

  6. En noviembre del 2023 Hacienda me reclamó toda la documentación correspondiente al ejercicio del 2019. Se lo presenté. Tengo un acuse de recibo. Hasta hoy no había recibido noticias, Y ahora en marzo del 2024 vuelven a reclamarme la misma documentación.

    1. ¡Hola, Elena!
      Entiendo tu situación y estoy aquí para ayudarte. Te recomiendo seguir estos pasos para resolver el problema:
      – Verificar documentación: revisa que toda la documentación que entregaste en noviembre del 2023 esté completa y en orden.
      – Comparar requerimientos: asegúrate de que la nueva solicitud de Hacienda no contenga algún documento adicional o diferente al que entregaste anteriormente.
      – Comunicación con Hacienda: ponte en contacto con Hacienda para confirmar que recibieron toda la documentación enviada en noviembre y para informarles que ya tienes un acuse de recibo de esa entrega.
      Si necesitas más información, puedes contactar con nosotros a través de support@taxdown.es, una vez que contrates alguno de nuestros planes, y estaremos encantados de ayudarte.
      Un saludo 🙂

    1. ¡Hola, María Eugenia!
      Depende de cómo tengas configuradas las notificaciones, te llegarán de una manera u otra. Te recomendamos que eches un vistazo desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, accediendo con tu certificado digital, con tu DNI electrónico o a través del sistema Cl@ve PIN.
      Si te surge alguna pregunta durante el proceso, no dudes en comentárnosla a través de support@taxdown.es
      Estamos a tu disposición.
      Un saludo 🙂