El IRPF se aplica a los sueldos y otros ingresos que recibes a lo largo del año. Para evitar que pagues de más o de menos, cada mes se te descuenta un porcentaje en la nómina, que luego se ajusta en la declaración de la renta.
Sin embargo, en algunos casos se aplica una retención mínima del IRPF o incluso ninguna. A continuación, te explicamos en qué situaciones ocurre esto.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
La retención del IRPF es un porcentaje que se aplica, en función de un baremo, en tus ingresos. Eso sí, puede darse el caso de que esas retenciones sean de un porcentaje bajo.
Los casos que contempla la legislación para aplicar una retención mínima del IRPF son los siguientes: contratos temporales, contratos de prácticas, contratos con becarios y contratos de actividades agrícolas. Ahora bien, conviene distinguir los dos supuestos que pueden generar dudas: la retención mínima al 0 % y la retención mínima al 2 %.
También tenemos que hablar del caso de las personas con discapacidad, las rentas exentas y cómo estas situaciones afectan a la retención que te aplican. ¡Vamos con ello!
Si quieres conocer los tramos y tablas del IRPF para saber qué porcentaje te corresponde en función de tus ingresos, pasa por ese artículo donde te lo explicamos todo.
En aquellos contratos de carácter temporal, en los de prácticas, en los que tienen una duración inferior al año y en los convenios con los becarios.
En el caso de que además de tener uno de estos contratos, la persona contribuyente recibiera una renta de otro pagador, se recomienda solicitar un aumento de la retención mínima del IRPF.
De no hacerlo, es muy probable que en la siguiente declaración de la renta salga a pagar a favor de Hacienda. Puesto que las empresas no ajustan entre sí la distribución de los porcentajes a lo largo del año, esta es la forma más eficaz de que el resultado nos salga a devolver.
Las retenciones del impuesto, incluyendo la retención mínima del IRPF, se rigen por unas tablas de tramos del IRPF que cada año establece la Agencia Tributaria. Dichos tramos aumentan de manera progresiva y se van acumulando.
Es decir, que no se aplica un porcentaje concreto a una cantidad determinada de ingresos, sino que se sumarán los porcentajes que corresponden a los tramos anteriores.
Estos tramos que aplican para 2026:
| Base liquidable | Tipo Estatal | Tipo autonómico | Tipo Total (%) |
|---|---|---|---|
| 0 – 12.450 | 9,5% | 9,5% | 19% |
| 12.451 – 20.200 | 12% | 12% | 24% |
| 20.201 – 35.200 | 15% | 15% | 30% |
| 35.201 – 60.000 | 18,5% | 18,5% | 45% |
| 60.001 – 300.000 | 22,5% | 22,5% | 20,50% |
| Más de 300.000 | 24,5% | 22,5% | 47% |
Dichos porcentajes no son la única retención a la que pueden verse sometidos los ingresos. Existen además otras que se aplican cuando la persona contribuyente es freelance, autora o artista y en los casos que detallamos a continuación:
Las personas con discapacidad reconocida también pueden beneficiarse de reducciones en su retención de IRPF. Hay que considerar dos grandes grupos:
Si tu discapacidad está entre el 33% y el 65%, la norma reconoce una reducción adicional sobre la base del IRPF de 3.500 euros anuales. Esto se traduce en una retención más baja en tu nómina, ya que tu base de cálculo es menor.
Si tu discapacidad es del 65% o más, la reducción sube hasta los 7.750 euros anuales. En muchos casos, esto puede llevar a que tu empresa te aplique directamente la retención mínima del 2% o incluso el 0%, dependiendo de tus ingresos totales.
Además, si necesitas ayuda de terceras personas o tienes movilidad reducida (sin importar el grado), se añaden otros 3.500 euros de reducción.
💡 Consejo de experto: No olvides comunicar a tu empresa tu grado de discapacidad mediante el modelo 145 de la AEAT. Sin este paso, tu empleador no podrá ajustar correctamente tu retención.
Resolvemos las dudas más habituales sobre cómo funciona la retención mínima en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La retención mínima es el porcentaje más bajo que tu empresa o pagador puede descontarte de tu nómina en concepto de IRPF. Es como un suelo por debajo del cual no se puede bajar, y en 2026 es del 2% para la mayoría de los contratos. Este porcentaje se aplica automáticamente cuando tus ingresos son lo suficientemente bajos como para no alcanzar los tramos superiores del impuesto.
Se aplica en contratos temporales de duración inferior a un año, contratos de prácticas, convenios con becarios y contratos de actividades agrícolas, ganaderas o forestales. También se aplica cuando cambias de empresa y el nuevo pagador calcula que tus ingresos anuales quedan por debajo del mínimo exento.
Sí, es posible si tus ingresos anuales no superan los límites mínimos establecidos para tributar. En 2026, para un trabajador soltero sin hijos, este límite está en torno a los 15.000 euros anuales. Si tus ingresos están por debajo, tu empresa puede no retenerte nada, aunque técnicamente la retención mínima legal es del 2% en contratos temporales.
Sí, puedes solicitar voluntariamente que tu empresa te aplique un porcentaje de retención superior al que le corresponde por defecto. Esto puede ser útil si tienes varios pagadores durante el año o ingresos adicionales, ya que evitarás tener que pagar una cantidad grande de golpe al hacer la declaración de la renta.
Es algo bastante común, especialmente si has tenido varios empleadores en el mismo año o has combinado trabajo con prestaciones por desempleo. Cuando te retienen el mínimo, puede que al hacer la Declaración de la Renta descubras que has pagado menos impuestos de los que te correspondían, y tendrás que abonar la diferencia. Por eso es importante revisar bien tu situación fiscal.
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