Saber qué tipo impositivo es el IRPF es esencial para no pagar de más y acogerte a las exenciones y bonificaciones que puedas ya que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es el principal tributo por volumen de recaudación en España.
Por eso, en este artículo te vamos a hablar sobre su tipo impositivo que se aplica al IRPF.
El IRPF, naturaleza del impuesto
El IRPF es un tributo que cumple dos condiciones. En primer lugar, es directo, porque se grava sobre los rendimientos de las personas, sean por el trabajo, por rentas o por actividades económicas. El segundo motivo es que es progresivo, lo que implica que, cuanto mayor sea la renta, mayor es el porcentaje que hay que liquidar.
Por otra parte, hay que señalar que los porcentajes pueden ser sometidos a distintas exenciones y bonificaciones. El resultado es que hay que realizar una serie de cálculos para determinar, finalmente, lo que corresponde pagar. Los contribuyentes abonan este impuesto, bien a través de pagos a cuenta, de retenciones o de bases a compensar de ejercicios anteriores.
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Por lo general, la Declaración de la Renta es el documento que acaba diciendo cuánto vas a pagar y, en su caso, la cantidad. De todas maneras, no está de más que tengas unas nociones de las cantidades y de cómo estas se distribuyen.
Ahora bien, a la pregunta ¿qué tipo impositivo es el IRPF en España? La respuesta es que depende del año y del territorio y que, hoy por hoy, no existe un tipo en concreto de gravamen general. Te lo explicamos mejor.
Qué tipo impositivo es el IRPF en España
El IRPF es un tributo que recauda la Agencia Tributaria (AEAT), pero esta no es el único organismo con potestad normativa. Esto es así en la totalidad del territorio nacional excepto en País Vasco y Navarra, que cuentan con Hacienda propia.
Ahora bien, el cálculo del IRPF se hace a partir de un tramo estatal y de un tramo autonómico. ¿Esto qué significa en la práctica? Que cuando hay que hacer los cálculos, un 50 % corresponderá al Estado y el otro 50 % a la Comunidad Autónomas. Para saber cuánto vas a tener que pagar se hará la media de los dos tramos, aunque cada tramo tributa por separado.
El cálculo puede variar dependiendo de otras circunstancias. Por ejemplo, no paga lo mismo un soltero que un casado con hijos o que tenga personas dependientes a cargo. Todos estos baremos que aplican el Estado y las Comunidades Autónomas introducen variaciones que pueden ser cuantiosas. En consecuencia, la información que proporcionamos aquí tiene un carácter orientativo.
¿Cuáles son las cantidades que puedes abonar o que te tocarán? Te lo explicamos mejor.
Tramo estatal
El tramo estatal es la cuantía que hay que pagar por IRPF según tus niveles de renta, concretamente el 50 %. Esta cantidad puede cambiar cada año en función de lo que se apruebe en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado.
Como se ha dicho antes, el principio del impuesto es la progresividad. Esto es que, a partir de un determinado nivel de ingresos, el porcentaje a liquidar será mayor. En España, para la campaña de la Renta 2020, los baremos a seguir son los siguientes:
- Los contribuyentes que tengan rendimientos de hasta 12.450 euros, se pagará el 19 %. Este es el tipo mínimo y, por lo general, está concebido para los mileuristas.
- Las personas con ingresos entre 12.450 euros y 20.200 euros pagarán el 24 %.
- Los ingresos de entre 20.200 euros y 35.200 euros tributan por el 30 %.
- Las personas con rendimientos de entre 35.200 euros y 60.000 euros pagarán el 37 %.
- Los rendimientos de entre 60.000 euros y 300.000 euros tributarán al 45 %. Este es otro tramo que se ha introducido para las rentas altas.
Finalmente, los ingresos superiores a 300.000 euros tributarán por el 47 %. Este es un gravamen de nueva creación y está concebido para las grandes fortunas.
Los dos últimos tipos impositivos fueron modificados en la última reforma del IRPF. Esta tabla tiene que ponderarse con el 50 % del tramo autonómico. ¿Qué significa esto en la práctica? Que para que sepas cuánto vas a pagar tienes que hacer la media entre los dos tipos.
Tramo autonómico
El tramo autonómico toma potestad normativa sobre el 50 % de la base liquidable del IRPF. Y la realidad es que hay diferencias, en ocasiones significativas, según dónde vivas. Recuerda que la tributación se hace allí donde estás empadronado.
La realidad es que esta tabla es orientativa porque las autonomías hacen potestad a menudo de realizar cambios. Sea como fuere, sí podemos decir que hay territorios con una fiscalidad, por lo general, baja. Este es el caso de la Comunidad de Madrid, que mantiene los tipos de gravamen más bajos del Estado. En el extremo contrario estarían territorios como la Comunidad Valenciana, que pasa del 50 % conjunto, o Cataluña.
Es importante, además, decir que en el País Vasco y en Navarra las competencias sobre el IRPF son transferidas. En estos territorios son las Haciendas Forales las encargadas de recaudar la suma. El País Vasco tiene un tipo mínimo del 23 % para rentas inferiores a 15.550 euros y el 49 % para las rentas superiores a 179.460 euros. Navarra aplica un tipo mínimo del 13 % para rentas inferiores a 4.000 euros y un máximo del 52 % para las superiores a 300.000 euros.
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Un caso especial es el de Castilla-La Mancha. Aunque tiene la potestad para hacerlo, en su tramo autonómico aplica los mismos baremos que el Gobierno Central. Por lo tanto, aquí no habrá ningún tipo de variación de calado.
En definitiva, cuando busques asesoramiento fiscal, lo ideal es que la persona encargada conozca bien la legislación de tu territorio. A fin de cuentas, y como puedes ver, las diferencias son significativas.
El IRPF es un tributo complejo y el hecho de que cambie según el territorio donde vivas introduce otra dificultad añadida. Por otra parte, hay que recordar que los cambios legislativos pueden hacer que cambie, y mucho, la cantidad que vas a pagar. Esto significa, en definitiva, que te conviene disponer de información de calidad.
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