El Mínimo Personal y Familiar en el IRPF explicado FÁ-CIL

Descubre cómo funciona este concepto clave del IRPF y reduce tu carga fiscal aplicando correctamente las cuantías que te corresponden.

Actualizado en:
5/6/2026
Resumiendo:
El Mínimo Personal y Familiar en el IRPF es la parte de tus ingresos exenta de impuestos para cubrir necesidades básicas. Incluye mínimos por contribuyente, descendientes, ascendientes y discapacidad. ¡Conocerlo puede ahorrarte dinero en tu declaración!

Como ya sabemos… ¡No queda nada para hacer la declaración de la renta! Y es muy importante que sepas el concepto del Mínimo Personal y Familiar en el IRPF. Este mínimo representa la parte de tus ingresos que está exenta de tributación, ya que se destina a cubrir las necesidades básicas tuyas y de tu familia. Entender bien cómo funciona puede hacer que tu declaración sea más beneficiosa y, quién sabe …. ¡quizás te lleves alguna sorpresa agradable!  

Contenidos:

Tu situación familiar importa (y mucho)

Cuando hablamos de IRPF, tu familia puede ser tu mejor aliado fiscal. La Agencia Tributaria contempla reducciones según la composición de tu hogar, lo que puede traducirse en un buen ahorro.

Veamos cómo funciona 👇

Mínimo por descendientes

Es la reducción más habitual y se aplica por cada hijo (o persona acogida) que cumpla estos requisitos, según la Agencia Tributaria:

  • Ser menor de 25 años (o tener discapacidad reconocida, sin límite de edad).
  • Convivir con el contribuyente.
  • No haber obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales.
  • No presentar declaración propia con rentas superiores a 1.800 euros.

Los importes por cada hijo son:

  • Primer hijo: 2.400 €
  • Segundo hijo: 2.700 €
  • Tercer hijo: 4.000 €
  • Cuarto y siguientes: 4.500 €

Y si tienes hijos menores de 3 años, se añade un extra de 2.800 € por cada uno. 👶

Si los padres hacen declaración por separado, el mínimo por descendientes se divide al 50% entre ambos.

Mínimo del Contribuyente y Cuantías 

El Mínimo del Contribuyente es una cantidad fija que se aplica a todos los que presentan la Declaración de la Renta. Actualmente, esta cuantía es de 5.550 euros anuales. Y sí, hacerse mayor tiene sus ventajas, si tienes más de 65 años, se incrementa en 1.150 euros, y si superas los 75 años, se añade un extra de 1.400 euros.  Así lo recoge el cuadro-resumen del mínimo personal y familiar de la Agencia Tributaria

Es decir, imagina que Pedro es soltero, sin hijos y sin nadie a su cargo. Trabaja como camarero en un chiringuito de la playa y gana 20.000 euros al año. Como cualquier ciudadano, tiene derecho al Mínimo del Contribuyente, que es 5.550 euros, por lo que solo pagará IRPF por 14.450 euros restantes.   

Ahora bien, el padre de Pedro, Don Antonio, tiene 76 años y de vez en cuando echa una mano en el chiringuito. Gana 18.000 euros al año y, al igual que su hijo, tiene derecho al Mínimo del Contribuyente, que es 5.550 euros. Pero por ser mayor de 75 años, Hacienda le aplica un extra, por lo que el mínimo del contribuyente sería de 8.100 euros (5.550 + 1.150 +1.400). En resumen, pagará IRPF solo por 9.900 euros en lugar de por los 18.000 totales. 

Mínimo por Descendiente: Requisitos y Ejemplos 

Si tienes hijos o descendientes menores de 25 años, puedes aplicar el Mínimo por Descendientes, siempre que convivan contigo y no estén de Erasmus en Australia y no tengan rentas anuales superiores a 8.000 euros. Las cuantías son: 

  • 2.400 euros por el primer descendiente. 
  • 2.700 euros por el segundo. 
  • 4.000 euros por el tercero. 
  • 4.500 euros por el cuarto y siguientes. 

Además, si el descendiente es menor de 3 años, se añaden 2.800 euros adicionales. 

Es decir, imagina que Sandra tiene dos hijos, uno de 4 años y otro de 2 años. Por el primer hijo, le corresponden 2.400 euros, y por el de segundo hijo, 2.700 euros más 2.800 euros adicionales por ser menor de 3 años. En total, sumaría 7.900 euros de mínimo por descendientes. 

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Mínimo por Ascendientes y Discapacidad 

Si en tu hogar convives con tus padres, abuelos u otros descendientes que tienen más de 65 años o una discapacidad reconocida y dependen económicamente de ti, puedes aplicar el Mínimo por Ascendientes en tu declaración de la renta. El ascendente no debe de tener rentas superiores a 8.000 euros anuales. Si cumples con este requisito, las cuantías que puedes aplicar son:  

  • 1.150 euros por cada ascendiente mayor de 65 años. 
  • 1.400 euros adicionales si el ascendiente tiene más de 75 años. 

Por otro lado, si tú, tus hijos, padre o abuelos tenéis reconocida una discapacidad, también puedes beneficiarte del Mínimo por Discapacidad: 

  • 3.000 euros si la discapacidad es igual o superior al 33% e inferior al 65%
  • 9.000 euros si la discapacidad es igual o superior al 65%
  • 3.000 euros adicionales si la persona necesita ayuda de terceros o tiene movilidad reducida

¿Cómo Aplicar el Mínimo Personal y Familiar en el IRPF? 

¡Ay, amigo! Aplicar el Mínimo Personal y Familiar en el IRPF es más sencillo que hacer la declaración de la renta. Solo tienes que añadir a las personas que dependen económicamente de ti, ya sean tus hijos, padres, o si tienes alguna discapacidad. Automáticamente, Renta Web se encarga de todo, pero tienes que tener en cuenta algunos requisitos:  

Por un lado, si tienes el Mínimo por Descendiente, tus hijo y descendientes tienen que convivir contigo y no pueden ganar más de 8.000 euros anuales. Y por el otro lado, si tienes el Mínimo por Ascendiente, tus padres, abuelos u otros ascendientes están a tu cargo y tampoco superan los 8.000 euros anuales, también te puedes beneficiar de este mínimo.  

El Mínimo Personal y Familiar tiene sus ventajas …. ¡Y tú también te puedes beneficiar! Solo debes de asegurarte de que cumples con estos requisitos.  ¡Ojo!, Recuerda que estos mínimos se suman y reducen la base imponible, por lo que pagarás menos impuestos.   

Diferencias Autonómicas y Compatibilidad con Deducciones 

¡Y a lo mejor estás de suerte…! Depende de tu Comunidad Autónoma en la que vivas, pueden aplicar sus propios mínimos adicionales o variar las cuantías.  

Por ejemplo, en Galicia el mínimo por descendiente aumenta una cuantía del 4%, mientras que en Las Islas Baleares un increible10%, ¡Eso sí que es tirar la casa por la ventana! 

Además de aplicar el Mínimo Personal y Familiar, también puedes beneficiarte de otras deducciones a las que tengas derecho como alquiler de vivienda, donaciones, maternidad… 

Preguntas
frecuentes

¿Qué es el Mínimo Personal y Familiar en el IRPF?
Es la cantidad que la normativa considera necesaria para cubrir las necesidades básicas tuyas y de tu familia, por la que no pagas IRPF. Funciona como un escudo fiscal: ese tramo de tus ingresos queda libre de tributación y reduce la base sobre la que <a href="https://taxdown.es/irpf/">se calcula tu IRPF</a> del ejercicio.
¿Cuánto es el mínimo personal en 2026?
El mínimo personal general es de 5.550 € anuales para cualquier contribuyente. Se incrementa en 1.150 € adicionales si tienes 65 años o más; el incremento sube a 1.400 € si superas los 75 años. Estos importes se aplican automáticamente al cumplimentar la declaración, sin necesidad de solicitud expresa.
¿Cómo puedo aumentar mi mínimo personal y familiar?
El mínimo crece por descendientes a tu cargo (2.400 € por el primero, 2.700 € por el segundo, 4.000 € por el tercero o 4.500 € por el cuarto y siguientes), con 2.800 € adicionales por cada hijo menor de 3 años. También sube por ascendientes mayores de 65 años que convivan contigo o por discapacidad propia o familiar.
¿Quién puede aplicar el mínimo por descendientes?
Lo aplican padres o tutores legales de hijos menores de 25 años (o mayores con discapacidad) que convivan con ellos. El descendiente no puede haber obtenido rentas anuales superiores a 8.000 € ni presentar declaración propia con rentas superiores a 1.800 €. Si los progenitores presentan declaraciones individuales, el mínimo se prorratea al 50% entre ambos.

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Autor
Equipo TaxDown
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