El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) puede parecer un quebradero de cabeza, pero no tiene por qué serlo. Aunque este impuesto es progresivo (es decir, cuanto más ganas, más pagas), hay algo importante que debes saber: se aplican ciertas retenciones desde el principio.
Por ejemplo, cuando cobras tu sueldo, la empresa ya ha retenido un porcentaje de tus ingresos. Y si eres autónomo, lo mismo ocurre cuando emites una factura. Esto puede hacer que calcular el IRPF se sienta más complicado que armar un mueble de IKEA, pero no te preocupes: en este artículo te explicamos cómo hacerlo de manera fácil y sin líos. ¡Vamos a desentrañar el misterio de cómo calcular el IRPF juntos!
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Existen variaciones según la profesión o el tipo de rendimiento que generes, por eso debes recordar que el IRPF no se limita únicamente a los tramos estatales y autonómicos del IRPF.
Para hacerte más fácil el trabajo del cálculo, dividiremos los porcentajes a pagar según el origen de los rendimientos.
Las retenciones por rentas del trabajo se aplican cuando recibes tu nómina. Los baremos son los siguientes:
Los profesionales también retienen al facturar: 15% general, 7% los 3 primeros años, 2% agricultores/ganaderos, 1% estimación objetiva.
Tipo general del 19%. Incluyen arrendamientos de negocios, propiedad intelectual (15% si no eres el autor) y fondos propios.
Alquileres urbanos: retención del 19%.
19% hasta 6.000€, 21% hasta 44.000€, 23% hasta 150.000€, 26% más de 200.000€. Premios de lotería superiores a 40.000€ tributan al 19%.
Tipo único del 24% desde 2015.
La retención es el paso previo para tener al día tus pagos con Hacienda. Es por ello que, por regla general, se realizan pagos a cuenta y autoliquidaciones fraccionadas. Ahora bien, todas estas retenciones sirven para que puedas calcular tu base imponible.
¿Esto qué significa? Que cuando realices tu declaración de la Renta, restarás todos los pagos que hayas hecho en su día y aquellas deducciones a las que tengas derecho, por donaciones, compensaciones o circunstancias familiares. La mayoría de las veces, esto debería ser suficiente para que no tuvieras que pagar.
Ahora bien, lo que sucede es que los gobiernos pueden cambiar, y de hecho, cambian, los tipos impositivos de un año a otro. Lo que servía en 2022 puede no servir en 2023. Por ese motivo, la Declaración de la Renta es el paso definitivo. Si te toca tributar más, tendrás que pagar la diferencia, eso es lo que se entiende como declaración a pagar.
Eso sí, piensa que cuando hagas la Declaración hay distintos tipos de IRPF según la autonomía donde vivas, exenciones y otros elementos. Por lo tanto, esta es una cuestión más compleja de lo que pueda parecer a simple vista.
Resolvemos las dudas más comunes sobre cómo calcular el IRPF.
El IRPF es un impuesto progresivo. Las retenciones son pagos anticipados a Hacienda. Cuando llegue el momento de hacer la declaración, ya habrás pagado parte de lo que te corresponde.
La retención general es del 15%. Durante los 3 primeros años se reduce al 7%.
Si has pagado de más mediante retenciones, Hacienda te devolverá la diferencia.
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