El IRPF en la jubilación

Las pensiones tributan como rendimientos del trabajo con retenciones progresivas según el importe anual percibido y la situación personal.

Actualizado en:
1/9/2026
Resumiendo:
Las pensiones tributan en el IRPF como rendimientos del trabajo. La retención varía según tramos: desde el 0,46% para pensiones hasta 3.000€, hasta el 15,59% para las que superan 30.000€. La declaración es obligatoria si superas 22.000€ anuales con un pagador.

Cuando finalmente se pasa a ser pensionista, ¿cómo afecta a los jubilados el IRPF? Una pensión se sigue considerando como un rendimiento del trabajo, y por este motivo sigue estando sujeta a la retención de Hacienda.

El importe neto de la pensión es lo que finalmente se percibe, ya que también se paga el impuesto en concepto de anticipo.

Contenidos:

La edad de jubilación en España

La edad de jubilación no es fija: la Ley General de la Seguridad Social la sube por tramos, mediante una escala transitoria que se aplica de forma gradual hasta 2027. En 2026, quien acredite 38 años y 3 meses cotizados o más puede acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años, y quien no llegue a ese período tiene que esperar a los 66 años y 10 meses. A partir de 2027 la escala queda fijada de forma definitiva en 65 años con 38 años y 6 meses cotizados, o 67 años para quien no alcance ese período de cotización.

Dos precisiones que cambian la cuenta. La primera es que para el cómputo se toman años y meses completos, sin que las fracciones se equiparen a ellos y sin contar la parte proporcional de las pagas extraordinarias. La segunda es que estas son las edades de la jubilación ordinaria: en todo caso hace falta un período mínimo de 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho, y existen otras vías con reglas propias, como la jubilación anticipada por voluntad del interesado, que permite adelantar la edad hasta dos años si acreditas al menos 35 años de cotización efectiva y cumples el resto de requisitos legales.

Conviene no confundir la edad con el importe. Cumplir la edad de jubilación te da acceso a la pensión, pero el porcentaje que se aplica sobre tu base reguladora depende de los años cotizados: por los primeros quince años cotizados es el 50 %, y a partir del año decimosexto se suma un porcentaje por cada mes adicional de cotización, sin que el resultado pueda superar el 100 %.

A efectos de IRPF la edad a la que te jubiles no cambia cómo tributa tu pensión, que sigue siendo un rendimiento del trabajo, pero sí importa por un motivo práctico: en el ejercicio en el que te jubilas es habitual haber cobrado de dos pagadores, la empresa y la Seguridad Social, que es justo el supuesto que puede rebajar tu límite de obligación a declarar. Los límites que se citan en esta página son los de territorio común: si tributas en Álava, Bizkaia, Gipuzkoa o Navarra, tu hacienda foral tiene sus propias reglas.

Cómo afecta a los jubilados el IRPF

Del mismo modo que para las retenciones durante la vida laboral se tiene en cuenta la cuantía de los ingresos y la situación personal, con las pensiones sucede igual.

En las pensiones existen deducciones y retenciones que se pueden aplicar. Se sigue una tabla con tramos.

Siempre que la pensión supere los 22.000€ anuales con un pagador, la tributación es obligatoria. Con más de un pagador, y si el segundo y restantes superan los 1.500€, el límite baja a 15.876€, según la Agencia Tributaria.

Mutualistas: la parte de tu pensión que puede no tributar

Si cotizaste a una mutualidad laboral antes de 1979, hay una parte de tu pensión que puede quedar fuera de tributación. Lo regula la disposición transitoria segunda de la Ley del IRPF, la DT 2.ª, y su lógica es sencilla: si aquellas aportaciones no pudieron reducirse en su día de la base imponible, ya tributaron entonces y no tienen por qué volver a tributar ahora.

La ley lo formula así: la prestación se integra en la base imponible solo en la medida en que lo percibido exceda de las aportaciones que no pudieron ser objeto de reducción o minoración y que, por tanto, ya tributaron previamente. En la práctica se traduce en una reducción sobre la parte de tu pensión que corresponde a esas aportaciones antiguas, no sobre toda la pensión. Ese es el matiz que más se malinterpreta.

Cuánto se reduce según cuándo cotizaste

La Agencia Tributaria aplica la DT 2.ª conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, con las últimas sentencias de 28 de febrero de 2023 y de 10 de enero de 2024. Estos son los porcentajes que reconoce, siempre sobre la parte de la prestación que corresponde a las aportaciones de cada período:

AportacionesPeríodoReducción sobre esa parte de la pensión
A mutualidades laborales, en pensiones que paga el INSS o el Instituto Social de la MarinaAnteriores al 1 de enero de 1967100 %: esa parte de la pensión no tributa
A mutualidades laborales, mismas pensionesEntre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 197825 %: tributa el 75 % de esa parte
A mutualidades sustitutorias de las entidades gestoras de la Seguridad SocialAnteriores al 1 de enero de 197925 %
Pensiones complementarias que hoy paga un plan de pensiones o la propia mutualidadAnteriores al 1 de enero de 199525 %
Complemento de pensión que paga el fondo especial del INSSHasta el 1 de julio de 1987, fecha de integración en el fondo especial25 %
Complemento de pensión que pagan Muface, Mugeju e IsfasHasta la fecha de integración de cada mutualidad en el fondo especial, o hasta el 31 de diciembre de 1978 si la integración fue anterior25 %

La propia DT 2.ª añade una regla de cierre para cuando no hay papeles: si no puede acreditarse la cuantía de las aportaciones que no pudieron reducirse en la base imponible, se integra el 75 % de la prestación de jubilación o invalidez percibida.

Sobre el cómputo, un aviso que resuelve una duda muy repetida: el cálculo se hace con lo que consta en tu informe de vida laboral, y el período de servicio militar obligatorio no se suma a esos años. Solo cuenta si durante ese tiempo se realizaron aportaciones y puedes acreditarlo.

Quién no puede aplicar la DT 2.ª

  • Funcionarios de Clases Pasivas que solo han estado en ese régimen durante toda su vida laboral, porque Clases Pasivas no es una mutualidad. Sí pueden aplicarla si además cotizaron a una mutualidad, por ejemplo por unos años en una empresa privada, y solo sobre esa parte de la pensión.
  • Quienes cobran por aportaciones a mutualidades laborales de autónomos, porque aquellas aportaciones sí fueron deducibles en su momento y no hay doble imposición.
  • Las pensiones de viudedad, porque no derivan de aportaciones de quien las cobra. Si cobras a la vez jubilación y viudedad, la DT 2.ª sí puede aplicarse a tu pensión de jubilación.
  • Las pensiones no contributivas, porque no proceden de aportaciones previas.

Cómo se pide hoy, y qué cambió por el camino

Hay que separar dos situaciones, porque el procedimiento no es el mismo para el ejercicio corriente que para los atrasados.

Ejercicios 2023 y siguientes: no hay que pedir nada. Desde la Renta 2023 el ajuste es automático. Si la Agencia Tributaria dispone de la información, la reducción aparece en tus datos fiscales con el concepto «Ajuste por Mutualidades - DT2 LIRPF», con signo negativo, y se traslada sola a la declaración minorando el importe de la pensión sujeta a tributación en la casilla 0003. Así se hizo también en la Renta 2024 y en la Renta 2025.

Ejercicios 2019 a 2022 y anteriores no prescritos: formulario propio. Se solicitan con un formulario específico publicado en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria desde el 2 de abril de 2025. Solo pide una cuenta bancaria de la que seas titular y un teléfono, y para presentarlo hace falta número de referencia, Cl@ve o certificado electrónico, incluido el DNI electrónico. También puede presentarlo un tercero por apoderamiento o colaboración social, y un sucesor cuando el beneficiario falleció entre 2019 y 2024.

Y una advertencia que ahorra disgustos: la Agencia Tributaria inadmite cualquier otra autoliquidación o solicitud de rectificación presentada para obtener estas devoluciones si no se ajusta a lo previsto en esa norma. El camino es el formulario, no una rectificación por tu cuenta.

El procedimiento ha cambiado dos veces en dos ejercicios, y conviene saber en qué fecha:

  • 22 de diciembre de 2024. Entra en vigor la disposición final decimosexta de la Ley 7/2024 y deja sin efecto las solicitudes anteriores, por autoliquidación, rectificación o formulario, cuya devolución no se hubiera acordado a esa fecha. Las devoluciones ya abonadas no se vieron afectadas, y aquellas solicitudes sí interrumpieron el plazo de prescripción. Además fijaba un escalonamiento: un ejercicio por cada año natural iniciado a partir de 2025.
  • 26 de julio de 2025. La disposición final quinta de la Ley 5/2025, de 24 de julio, da nueva redacción a esa norma y elimina el escalonamiento. El formulario correspondiente a 2019 y años anteriores no prescritos sirve también para solicitar 2020, 2021 y 2022, incluso si se había presentado antes de esa fecha. Y el plazo de prescripción quedó suspendido entre el 22 de diciembre de 2024 y el 26 de julio de 2025, 217 días.

Qué plazos siguen abiertos

Depende de tu situación, y uno de ellos ya venció:

  • Si presentaste el formulario antes del 26 de julio de 2025, ese mismo formulario vale para 2020, 2021 y 2022. No hay que volver a presentarlo.
  • Si nunca has presentado ninguna solicitud, el plazo terminaba el 2 de febrero de 2026 para que el formulario surtiera efecto sobre 2020, 2021 y 2022, y esa fecha ya pasó. Siguen abiertos el 2 de febrero de 2027 para que tenga efectos sobre 2021 y 2022, y el 2 de febrero de 2028 para que los tenga sobre 2022.
  • Si presentaste una solicitud antes del 22 de diciembre de 2024 y quedó sin efecto, tu plazo se calcula sumando 4 años y 217 días a la fecha de aquella presentación.
  • Para 2019 y ejercicios anteriores no se abrió un plazo nuevo: la DT 2.ª solo puede aplicarse si en su día se presentó una solicitud dentro del correspondiente plazo de prescripción.

Cuando la solicitud prospera, la devolución lleva intereses de demora. Si lo que se devuelve es el ingreso que hiciste en su día en la declaración, se cuentan desde la fecha de aquel ingreso. Si son retenciones soportadas, desde el día siguiente al vencimiento del plazo de seis meses contado desde la primera solicitud que presentaste. Te explicamos el resto del cobro en cómo calcular la devolución del IRPF, y si tu pensión tiene además algún componente exento, en pensiones exentas de IRPF.

Fuente oficial

  • Real Decreto Legislativo 8/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social: disposición transitoria séptima, que fija la aplicación paulatina de la edad de jubilación y de los años de cotización, artículo 205, que fija los requisitos de acceso y el régimen definitivo a partir de 2027, artículo 208, sobre la jubilación anticipada por voluntad del interesado, y artículo 210, sobre la cuantía de la pensión.
  • Ley 35/2006, del IRPF: artículo 17.2.a), que califica las pensiones de jubilación como rendimientos del trabajo, y artículo 96, que fija los límites de la obligación de declarar.
  • Ley 35/2006, del IRPF: disposición transitoria segunda, que fija el régimen transitorio aplicable a las mutualidades de previsión social.
  • Ley 7/2024, de 20 de diciembre: disposición final decimosexta, sobre la tramitación de las devoluciones derivadas de la DT 2.ª correspondientes a los ejercicios 2019 a 2022, en la redacción dada por la disposición final quinta de la Ley 5/2025, de 24 de julio.
  • Agencia Tributaria: Mutualistas: solicitudes de devolución y sus preguntas frecuentes.
Elige el plan que mejor se adapta a ti
Más allá de la declaración anual, escoge tu plan por un solo pago para todo el año
Haz la declaración con nuestra app y nosotros la revisamos.
desde35€al año
Incluye:
App intuitiva y guiada para realizar la declaración de la renta.
Cálculo y optimización de resultado
Acceso a base de conocimiento fiscal.
Soporte vía chatbot
Revisión final de expertos
Presentación ante Hacienda
Respuesta a notificaciones de la AEAT
Soporte vía email en 24h
Solicitud de deducciones por paternidad, maternidad y familia numerosa
Empieza Gratis
Ideal si buscas ayuda y asesoramiento en tiempo real.
desde45€al año
Incluye:
App intuitiva y guiada para realizar la declaración de la renta.
Cálculo y optimización de resultado
Acceso a base de conocimiento fiscal.
Soporte vía chatbot
Revisión final de expertos
Presentación ante Hacienda
Respuesta a notificaciones de la AEAT
Soporte vía email en 24h
Solicitud de deducciones por paternidad, maternidad y familia numerosa
Modelo 030: Cambio domicilio
Chat directo con tu asesor fiscal
Empieza ahora
Para quien prefiere dejar todo en manos de profesionales.
desde65€al año
Incluye:
App intuitiva y guiada para realizar la declaración de la renta.
Cálculo y optimización de resultado
Acceso a base de conocimiento fiscal.
Soporte vía chatbot
Revisión final de expertos
Presentación ante Hacienda
Respuesta a notificaciones de la AEAT
Soporte vía email en 24h
Solicitud de deducciones por paternidad, maternidad y familia numerosa
Modelo 030: Cambio domicilio
Chat directo con tu asesor fiscal
Tu experto hace todo el proceso
Estudio de declaraciones pasadas
Rentas complejas
Modelo 149: Solicitud ley Beckham*
Modelo 151: Ley Beckham*
Modelo 210: No residentes*
Empieza ahora
*El costo del servicio varía según el monto a devolver. Puede ser gratuito, un 25% del saldo o una tarifa fija. El cobro nunca excederá los $999. El costo del servicio se cobrará del monto recuperado.

**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas
frecuentes

¿Las pensiones de jubilación están sujetas al IRPF?
Sí. Las pensiones de jubilación se consideran legalmente rendimientos del trabajo y están sujetas a retención de IRPF aplicada por la entidad pagadora antes de abonar la mensualidad. El porcentaje retenido depende del importe percibido y de la situación personal del pensionista, igual que ocurre con cualquier salario.
¿Cuándo están obligados los pensionistas a hacer la declaración?
Debes presentar declaración si tu pensión supera los 22.000 € anuales con un único pagador. Si cobras de más de un pagador y lo que percibes del segundo y siguientes supera los 1.500 € anuales, el límite baja a 15.876 €. Por debajo de esos umbrales no es obligatorio declarar, aunque puede convenir hacerlo si la simulación te sale a devolver.
¿Pueden aplicarse deducciones en las pensiones?
Sí. Se tiene en cuenta tu situación personal: edad superior a 65 o a 75 años, grado de discapacidad reconocido, familiares a cargo y otras circunstancias. El mínimo personal y familiar varía según edad y composición de la unidad familiar. Aplican además deducciones autonómicas específicas para pensionistas según la comunidad.
¿Cuál es la edad legal de jubilación en España?
La edad legal de la jubilación ordinaria depende de los años que tengas cotizados y sube por tramos hasta 2027. En 2026 puedes jubilarte a los 65 años si acreditas 38 años y 3 meses cotizados o más, y si no llegas a ese período tienes que esperar a los 66 años y 10 meses. A partir de 2027 la escala queda fija en 65 años con 38 años y 6 meses cotizados, o 67 años para quien no alcance ese período. En todo caso hacen falta 15 años cotizados como mínimo, y la jubilación anticipada por voluntad del interesado permite adelantar la edad hasta dos años si acreditas al menos 35 años de cotización efectiva.

¿Damos el paso juntos? Empieza gratis con nosotros.

Autor
Equipo TaxDown
Tu declaración de la renta, bien hecha
¡Sígueme aquí!
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.

TaxDown es la plataforma española que te ayuda a hacer tu declaración de la renta de forma fácil, rápida y con el máximo ahorro. Colaborador social de la Agencia Tributaria, cuenta con más de 150 expertos fiscales que revisan cada declaración.

Más información

Descarga ya nuestra app

Haz la declaración desde donde quieras.

QR para descargar la app de TaxDown
Persona usando su teléfono móvil para descargar y comenzar una declaración fiscal desde la app.
Pensionistas
A veces sale a devolver. Míralo gratis.
Calcular gratis

La campaña de la renta ha terminado

Pero todavía puedes presentar tu declaración fuera de plazo.

Moneda euro TaxDown deducciones
Calcula GRATIS tu resultado