Los tramos del IRPF en Baleares: la escala autonómica y el tipo total

Los nueve tramos de la escala autonómica del IRPF de Illes Balears, del 9 % al 24,75 %, con la columna de cuota íntegra del BOE, el tipo total sumando el tramo estatal y el mínimo personal y familiar balear, que sube un 10 % en cuatro bloques.

Actualizado en:
20/9/2026
Resumiendo:

La escala autonómica del IRPF de Illes Balears tiene nueve tramos, del 9 % al 24,75 %, y está vigente desde el 1 de enero de 2024, así que es la que se aplica al ejercicio 2025. Pero ese porcentaje es solo la mitad de la cuenta: sobre la misma base liquidable general se aplica también la escala estatal, y el tipo total real va del 18,50 % al 49,25 %. Aquí tienes las dos escalas, la suma tramo a tramo, un ejemplo con números y el mínimo personal y familiar balear, que sube un 10 % en cuatro bloques (mayores de 65, segundo y siguientes descendientes, ascendientes y discapacidad) y no aparece en ninguna tabla de tramos.

¿Has buscado los tramos del IRPF en Baleares, te has encontrado una tabla que arranca en el 9 % y has dado por hecho que ahí estaba todo lo que pagas?

Pues esa tabla es media película. La escala autonómica es una de las dos escalas que se aplican sobre la misma base liquidable general, y la otra, la estatal, no sale en la mayoría de las tablas que se publican. Sumadas, el primer tramo en Baleares no es del 9 %: es del 18,50 %.

Hoy te damos las dos escalas completas, la tabla ya sumada tramo a tramo (que es lo que casi nadie publica), un ejemplo con números redondos y el detalle balear que cambia la cuenta y no está en ninguna tabla de tramos: aquí el mínimo personal y familiar no es el estatal.

Contenidos:

¿Cuáles son los tramos del IRPF en Baleares?

Esta es la escala autonómica de Illes Balears tal y como la publica el BOE, con sus cuatro columnas y sin retocar nada. La fija el artículo 1 del Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio, el texto refundido de tributos cedidos de la comunidad, y la redacción que ves está vigente desde el 1 de enero de 2024.

Base liquidable desde (euros)Cuota íntegra (euros)Resto de base liquidable hasta (euros)Tipo aplicable (%)
0010.0009
10.0009008.00011,25
18.0001.80012.00014,25
30.0003.51018.00017,50
48.0006.66022.00019
70.00010.84020.00021,75
90.00015.19030.00022,75
120.00022.01555.00023,75
175.00035.077,50En adelante24,75
💡 Esa segunda columna, la de cuota íntegra, te ahorra ir sumando tramo a tramo: si tu base liquidable general son 48.000 euros, la escala balear ya te da 6.660 euros acumulados hasta ese corte. Pero ojo, eso todavía no es tu cuota autonómica. El artículo 74 de la Ley del IRPF manda restar después lo que salga de aplicar esa misma escala a tu mínimo personal y familiar, y solo entonces tienes la cuota. Con un mínimo de 5.550 euros serían 6.660 − 499,50 = 6.160,50 euros. Lo tienes hecho paso a paso en el ejemplo de más abajo.

Y esta es la misma escala leída de la forma en que la gente la busca, como tramos de aquí a aquí:

  • 💚 De 0 a 10.000 euros: 9 %
  • De 10.000 a 18.000 euros: 11,25 %
  • De 18.000 a 30.000 euros: 14,25 %
  • De 30.000 a 48.000 euros: 17,50 %
  • De 48.000 a 70.000 euros: 19 %
  • De 70.000 a 90.000 euros: 21,75 %
  • De 90.000 a 120.000 euros: 22,75 %
  • De 120.000 a 175.000 euros: 23,75 %
  • 🔴 Más de 175.000 euros: 24,75 %

Ojo con una cosa: los tramos se aplican sobre la base liquidable general, no sobre tu sueldo bruto ni sobre lo que te entra en la cuenta. La base liquidable es lo que queda después de restar gastos y reducciones, y casi siempre es bastante menor que el bruto. Si no tienes claro de qué cifra estamos hablando, te lo explicamos en la ficha de la base liquidable del IRPF.

¿A qué ejercicio corresponde esta escala y cuándo se revisa?

Esta escala se aplica al ejercicio 2025, que es el que se declaró en la campaña de la Renta de 2026 (del 8 de abril al 30 de junio, ya cerrada). Lo confirma el propio Manual práctico de Renta 2025 de la Agencia Tributaria, que la transcribe con el rótulo «escala aplicable en el ejercicio 2025 por los contribuyentes residentes en dicho ejercicio en esta Comunidad Autónoma».

Como la redacción está vigente desde el 1 de enero de 2024 y a día de hoy no hay ninguna posterior, es también la que va camino del ejercicio 2026. Pero esto lo tocan las leyes de presupuestos autonómicas, que se aprueban a finales de diciembre, así que revisamos esta página cada enero.

¿Cómo se suman el tramo estatal y el autonómico del IRPF?

Aquí está el malentendido que se lleva la palma. El IRPF no se paga con una escala, se paga con dos: la estatal y la de tu comunidad, y las dos caen sobre la misma base liquidable general. Cada una genera su propia cuota, y esas dos cuotas se suman.

Está en la Ley del IRPF, la Ley 35/2006: el artículo 63 fija la escala estatal y el artículo 74 manda aplicar además la que haya aprobado tu comunidad. No es que elijas una: van las dos.

La estatal es la misma para todo el territorio común y tiene seis tramos:

Base liquidable hasta (euros)Cuota íntegra (euros)Resto de base liquidable hasta (euros)Tipo aplicable (%)
0,000,0012.450,009,50
12.450,001.182,757.750,0012,00
20.200,002.112,7515.000,0015,00
35.200,004.362,7524.800,0018,50
60.000,008.950,75240.000,0022,50
300.000,0062.950,75En adelante24,50

La tabla que de verdad te dice lo que pagas en Baleares

Y ahora lo bueno. Si superpones las dos escalas, los cortes no coinciden: la estatal rompe en 12.450, 20.200, 35.200, 60.000 y 300.000, y la balear en 10.000, 18.000, 30.000, 48.000, 70.000, 90.000, 120.000 y 175.000. Al juntar todos esos cortes salen catorce tramos reales, y este es el tipo total que se aplica en cada uno:

Tramo de base liquidable generalTipo estatalTipo autonómico (Baleares)Tipo total
0 € – 10.000 €9,50 %9,00 %18,50 %
10.000 € – 12.450 €9,50 %11,25 %20,75 %
12.450 € – 18.000 €12,00 %11,25 %23,25 %
18.000 € – 20.200 €12,00 %14,25 %26,25 %
20.200 € – 30.000 €15,00 %14,25 %29,25 %
30.000 € – 35.200 €15,00 %17,50 %32,50 %
35.200 € – 48.000 €18,50 %17,50 %36,00 %
48.000 € – 60.000 €18,50 %19,00 %37,50 %
60.000 € – 70.000 €22,50 %19,00 %41,50 %
70.000 € – 90.000 €22,50 %21,75 %44,25 %
90.000 € – 120.000 €22,50 %22,75 %45,25 %
120.000 € – 175.000 €22,50 %23,75 %46,25 %
175.000 € – 300.000 €22,50 %24,75 %47,25 %
Más de 300.000 €24,50 %24,75 %49,25 %

Una nota de transparencia sobre esta tabla: no la publica ninguna administración. La hemos calculado nosotros sumando tramo a tramo la escala estatal del artículo 63 y la balear del artículo 1. Las dos escalas de origen, sin retocar y tal y como las publica el BOE, las tienes más arriba.

⚠️ Si te quedas solo con la escala autonómica, te crees que pagas la mitad. El primer tramo no es un 9 %, es un 18,50 %. Y el marginal máximo en Baleares no es un 24,75 %: es un 49,25 % para la parte que pase de 300.000 euros.

Y recuerda que esto son tipos marginales, no el porcentaje que pagas por todo. Cada tramo grava solo el trozo de base que cae dentro de él. Lo que acabas pagando de media sobre el total es tu tipo medio, y siempre es menor: lo tienes explicado en la ficha de tipo impositivo.

Y un apunte de alcance, porque es la duda que viene justo detrás: todo esto va sobre la base liquidable general, que es donde entran sueldos, pensiones, alquileres y actividades económicas. Las rentas del ahorro (intereses, dividendos y ganancias por vender acciones o un inmueble) van por otro camino: tienen su propia escala, la de los artículos 66 y 76 de la Ley del IRPF, que fija la propia ley y no la comunidad. Ahí Baleares no cambia nada, así que para esas rentas la tabla de arriba no te sirve.

¿Cuánto se paga de IRPF en Baleares? El ejemplo de los 30.000 euros

Vamos con números de verdad, con la escala balear real y no con una inventada. Supongamos que tu base liquidable general es de 30.000 euros y que tu mínimo personal y familiar es el general de 5.550 euros (soltero, sin hijos, menor de 65 años y sin discapacidad).

El mecanismo es el de los artículos 63 y 74: se aplica la escala a toda la base liquidable general y después se resta lo que sale de aplicar la misma escala al mínimo personal y familiar. Ese mínimo es la parte que no tributa, y así es como se saca de la cuenta.

Paso 1: la cuota autonómica

  • 🔢 Escala balear sobre 30.000 euros. Suerte: 30.000 es justo un corte de la tabla, así que la columna de cuota íntegra lo da hecho: 3.510 euros.
  • ➖ Escala balear sobre el mínimo de 5.550 euros. Cae entero en el primer tramo, al 9 %: 5.550 × 9 % = 499,50 euros.
  • ✅ Cuota autonómica: 3.510 − 499,50 = 3.010,50 euros.

Paso 2: la cuota estatal

  • 🔢 Escala estatal sobre 30.000 euros: hasta 20.200 la cuota íntegra son 2.112,75 euros, y los 9.800 que faltan van al 15 %, o sea 1.470 euros. Total: 3.582,75 euros.
  • ➖ Escala estatal sobre los 5.550 euros del mínimo, al 9,50 %: 527,25 euros.
  • ✅ Cuota estatal: 3.582,75 − 527,25 = 3.055,50 euros.

Paso 3: la suma

3.010,50 + 3.055,50 = 6.066 euros de cuota íntegra total. Sobre una base de 30.000 euros, eso es un tipo medio del 20,22 %.

👀 Fíjate en el contraste: el último tramo que has tocado, el de 20.200 a 30.000 euros, grava al 29,25 % total, y el euro siguiente ya iría al 32,50 %. Pero de media pagas un 20,22 %. Esa distancia es la progresividad haciendo su trabajo, y es la razón por la que nadie paga «su tramo» sobre todo su sueldo.

Un aviso importante para que no te lleves un chasco: 6.066 euros no es lo que te sale a pagar. Es la cuota íntegra, el punto de partida. De ahí se descuentan las deducciones estatales y las autonómicas, y después se resta todo lo que ya te retuvieron en la nómina a lo largo del año. El resultado final puede ser perfectamente una devolución. Las deducciones que puedes aplicar si vives aquí las tienes en nuestra guía de deducciones autonómicas de Baleares, y el recorrido completo del cálculo, paso a paso, en cómo calcular el IRPF.

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¿Baleares sale más caro o más barato que otras comunidades?

Depende de cuánto ganes, y la respuesta cambia de signo por el camino. La forma honesta de verlo es comparar la escala balear con dos referencias que podemos poner sobre la mesa con la norma delante: la escala estatal y la de Madrid, que es una de las comunidades de régimen común con la escala más baja.

Abajo Baleares es algo más barata que el Estado, arriba algo más cara

  • 🟢 En el primer tramo, Baleares baja del estatal: 9 % frente al 9,50 % de la escala del Estado. Poco, pero a favor.
  • 🔴 En el último, lo supera: 24,75 % desde 175.000 euros, frente al 24,50 % estatal, que además no arranca hasta los 300.000.
  • 🟡 En medio, Baleares empieza a subir antes. Su cuarto tramo, el del 17,50 %, arranca en 30.000 euros, mientras que el 18,50 % estatal no llega hasta los 35.200. En esa franja de 30.000 a 35.200 euros el tipo autonómico va por delante del estatal.
  • 📐 Nueve tramos frente a seis. La escala balear está más troceada, así que las subidas de tipo son más pequeñas pero más frecuentes.

Frente a Madrid, la diferencia se nota de verdad en las rentas altas

La escala madrileña, que fija el artículo 1 de su Decreto Legislativo 1/2010, arranca en el 8,50 % y se queda arriba en el 20,50 % a partir de 57.320,40 euros. Baleares arranca en el 9 % y llega al 24,75 %.

Traducido: en la parte baja la diferencia son unas décimas, pero en la parte alta hay más de cuatro puntos de tipo marginal autonómico entre vivir en Palma y vivir en Madrid. Y eso solo con la escala, antes de mirar las deducciones de cada comunidad, que pueden mover el resultado en la dirección contraria.

🧭 No te fíes de una comparativa que solo mire el tipo máximo. Dos comunidades con el mismo tipo máximo pueden cobrarte cosas muy distintas si sus cortes de base están en sitios diferentes, que es justo lo que pasa entre Baleares y Madrid.

Si lo que quieres es el cuadro de las quince comunidades de régimen común una al lado de otra, está en nuestra página de tablas y tramos del IRPF. Y si quieres el detalle comunidad por comunidad, tenemos ficha propia de los tramos del IRPF en Madrid.

El dato que no está en ninguna tabla: el mínimo personal y familiar balear sube un 10 %

Aquí viene la parte que casi nunca se cuenta, y que en muchos casos pesa más que las décimas de la escala. Illes Balears no se ha limitado a aprobar tipos: también ha subido su propio mínimo personal y familiar, que es la parte de la base que no tributa.

Lo hace el artículo 2 del Decreto Legislativo 1/2014, en su redacción vigente desde el 26 de noviembre de 2023: sube un 10 % cuatro bloques del mínimo, y ojo, solo a efectos del tramo autonómico. Para la cuota estatal siguen valiendo los importes de la Ley del IRPF. Así queda la comparación:

Bloque del mínimoImporte estatalImporte en Baleares (solo tramo autonómico)
Mínimo del contribuyente, menor de 65 años5.550 €5.550 € (no sube)
Mínimo del contribuyente, mayor de 65 años6.700 €7.370 €
Mínimo del contribuyente, mayor de 75 años8.100 €8.910 €
Primer descendiente2.400 €2.400 € (no sube)
Segundo descendiente2.700 €2.970 €
Tercer descendiente4.000 €4.400 €
Cuarto descendiente y siguientes4.500 €4.950 €
Incremento por descendiente menor de tres años2.800 €2.800 € (no sube)
Por ascendiente mayor de 65 años o con discapacidad1.150 €1.265 €
Incremento por ascendiente mayor de 75 años1.400 €1.540 €
Discapacidad del 33 % al 64 %3.000 €3.300 €
Discapacidad del 65 % o más9.000 €9.900 €
Incremento por gastos de asistencia3.000 €3.300 €

Fíjate en lo que no sube, porque es tan importante como lo que sube: el mínimo general del contribuyente menor de 65 años se queda en 5.550 euros, el del primer descendiente en 2.400 y el incremento por hijo menor de tres años en 2.800. El incremento del 10 % del mínimo del contribuyente solo entra en juego cuando pasas de los 65.

Y una advertencia que conviene leer antes de sumar nada: estos importes no son automáticos, cada bloque tiene sus condiciones. El mínimo por descendientes exige que el descendiente sea menor de 25 años o tenga discapacidad cualquiera que sea su edad, que conviva contigo y que no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros (artículo 58 de la Ley del IRPF). Para los ascendientes valen los mismos límites de convivencia y de rentas, y además tienen que ser mayores de 65 años o tener discapacidad (artículo 59). Y el incremento por gastos de asistencia solo se lo aplica quien acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de discapacidad igual o superior al 65 % (artículo 60).

💰 ¿Por qué te interesa? Porque un mínimo más alto significa que se resta más al calcular la cuota autonómica, así que pagas menos. Es una rebaja silenciosa que no aparece en ninguna tabla de tramos y que beneficia sobre todo a mayores de 65, familias con varios hijos y personas con discapacidad. Si el mínimo personal y familiar te suena a chino, aquí te lo explicamos con ejemplos.

Los tipos bajaron en 2024, pero los tramos siguen donde estaban

Un detalle histórico que conviene tener claro para no copiar una tabla caducada. Desde 2016 y hasta el ejercicio 2023, la escala balear tenía los mismos nueve cortes de base que ahora, pero los tipos eran más altos: 9,50 %, 11,75 %, 14,75 %, 17,75 %, 19,25 %, 22 %, 23 %, 24 % y 25 %.

Lo que hizo la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, fue bajar los nueve tipos con efectos desde el 1 de enero de 2024: medio punto en los tres primeros tramos y un cuarto de punto en los seis restantes. Los cortes de base no se movieron ni un euro, así que no fue una deflactación de la tarifa: fue una rebaja de tipos.

🚩 Truco para detectar tablas viejas: si ves una escala balear que remata en un 25 %, es la anterior a 2024. La vigente remata en 24,75 %. Y como los cortes de base son idénticos en las dos, contar los tramos no te sirve para distinguirlas: hay que mirar los tipos.

¿Qué escala se aplica si trabajo en un sitio y vivo en otro?

La que manda es la de tu residencia habitual, no la de donde trabajas ni la de donde está tu empresa. Lo fija el artículo 72 de la Ley 35/2006 y va en cascada, en este orden:

  1. 🗓️ Dónde has permanecido más días del año. Es el criterio principal. Se cuentan las ausencias temporales, y salvo prueba en contrario se presume que estás donde tengas tu vivienda habitual.
  2. 📍 Si eso no se puede determinar, tu principal centro de intereses: el territorio donde obtengas la mayor parte de la base imponible, contando rendimientos del trabajo (donde esté el centro de trabajo), rendimientos e incrementos de inmuebles (donde estén los inmuebles) y actividades económicas (donde esté su centro de gestión).
  3. 📄 Y si tampoco, la última residencia declarada a efectos de IRPF.
✈️ Traducido a casos reales: si vives en Palma y te desplazas a trabajar fuera, te toca la escala balear. Si vives en la Península y solo tienes en Baleares un apartamento y el trabajo, no te toca la balear por eso. Manda dónde duermes la mayor parte del año, no la nómina.

Y si te mudas, el artículo 72.2 lo dice claro: cumples tus obligaciones con la nueva residencia desde que esa residencia actúa como punto de conexión. Como el criterio son los días del periodo impositivo, no hay reparto proporcional del año: se aplica una escala, la de la comunidad donde hayas pasado más días, a los doce meses completos.

Eso convierte tu domicilio en un dato fiscal con consecuencias, y conviene tenerlo actualizado. Te dejamos qué es la residencia fiscal, qué es el domicilio fiscal y cómo saber cuál es el tuyo y cómo cambiar el domicilio fiscal paso a paso.

Y antes de que se te ocurra mudarte mirando la escala, hay una parte del artículo 72 que conviene leerse entera. El artículo 72.3 dice que no producen efecto los cambios de residencia que tengan por objeto principal lograr una menor tributación efectiva en este impuesto. Y presume que no ha habido cambio, salvo que la nueva residencia se prolongue de manera continuada durante al menos tres años, cuando se dan a la vez estas tres circunstancias: que tu base imponible del año del cambio o del siguiente suba al menos un 50 % respecto a la del año anterior, que acabes tributando menos de lo que te habría tocado con la normativa de tu comunidad anterior, y que vuelvas a esa comunidad en los dos años siguientes.

⚠️ ¿Y qué pasa si se concluye que no hubo cambio? Que el artículo 72.2 obliga a presentar las autoliquidaciones complementarias que correspondan, con inclusión de los intereses de demora. Dicho de otro modo: la residencia fiscal va de dónde vives de verdad, no de dónde te empadronas para pagar menos.

Fuente oficial

Preguntas
frecuentes

¿Cuáles son los tramos del IRPF en Baleares en 2025?
La escala autonómica de Illes Balears tiene nueve tramos: de 0 a 10.000 euros el 9 %; de 10.000 a 18.000 el 11,25 %; de 18.000 a 30.000 el 14,25 %; de 30.000 a 48.000 el 17,50 %; de 48.000 a 70.000 el 19 %; de 70.000 a 90.000 el 21,75 %; de 90.000 a 120.000 el 22,75 %; de 120.000 a 175.000 el 23,75 %; y a partir de 175.000 euros el 24,75 %. Se aplican sobre la base liquidable general, no sobre el sueldo bruto. La fija el artículo 1 del Decreto Legislativo 1/2014, en la redacción vigente desde el 1 de enero de 2024, y es la que la Agencia Tributaria transcribe como aplicable al ejercicio 2025 en su Manual práctico de Renta 2025.
¿Cuál es el tipo máximo de IRPF en Baleares?
El tipo autonómico máximo es el 24,75 %, para la parte de la base liquidable general que pasa de 175.000 euros. Pero ese no es lo que pagas: hay que sumarle el tramo estatal. Entre 175.000 y 300.000 euros el estatal es del 22,50 %, así que el tipo total marginal es del 47,25 %. Por encima de 300.000 euros el estatal sube al 24,50 % y el total llega al 49,25 %, que es el marginal máximo real en Baleares. En los dos casos, ese porcentaje solo grava el exceso sobre el umbral, nunca todos tus ingresos.
¿Se suman el tramo estatal y el autonómico del IRPF?
Sí, y es el error más habitual al leer una tabla de tramos. Sobre la misma base liquidable general se aplican dos escalas: la estatal del artículo 63 de la Ley 35/2006, igual para todo el territorio común, y la de tu comunidad, que entra por el artículo 74. Cada una da su cuota y las dos se suman. En Baleares eso significa que el primer tramo no tributa al 9 %, sino al 18,50 % (9,50 % estatal más 9 % autonómico), y que el marginal máximo no es el 24,75 % de la escala balear, sino el 49,25 %.
¿Qué escala del IRPF me toca si me mudo a Baleares a mitad de año?
La de la comunidad en la que hayas permanecido más días del año, según el artículo 72 de la Ley 35/2006. No se reparte el año entre las dos comunidades ni se prorratea: se aplica una sola escala a los doce meses. Para contar los días se computan las ausencias temporales y, salvo prueba en contrario, se presume que resides donde esté tu vivienda habitual. Si no se puede determinar por días, se mira dónde tienes el principal centro de intereses, es decir dónde obtienes la mayor parte de la base imponible; y si tampoco, la última residencia que declaraste.

Baleares en cinco números y un aviso

9 % y 24,75 %: son el primer y el último tipo de la escala autonómica balear, que tiene nueve tramos y arranca su último escalón en 175.000 euros.

18,50 % y 49,25 %: son los tipos totales reales, sumando el tramo estatal. Si has visto solo la escala autonómica, te faltaba justo la mitad de la cuenta.

10 %: es lo que sube Illes Balears su mínimo personal y familiar en cuatro bloques (contribuyente mayor de 65, segundo y siguientes descendientes, ascendientes y discapacidad), y solo a efectos autonómicos. Es la rebaja que no sale en ninguna tabla de tramos.

Y el aviso: esta escala está vigente desde el 1 de enero de 2024 y es la que la AEAT aplica al ejercicio 2025. Los tipos los mueven las leyes de presupuestos autonómicas, que se aprueban a finales de diciembre, así que revisamos esta página cada enero. Si te encuentras por ahí una tabla balear que remata en un 25 %, es la vieja.

¿Y si prefieres no jugártela con la base liquidable, los dos tramos y el mínimo que te toca? Empieza gratis con nosotros: metemos tus datos, aplicamos la escala balear que corresponde y te decimos qué sale, sin que tengas que acumular tramos a mano.

Autor
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