Beneficios fiscales para personas con discapacidad

Todo lo que debes saber sobre las beneficios fiscales
relacionadas con discapacidad en 2024.

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Hay varios beneficios fiscales para las personas con discapacidad que puedes tener en la declaración de la renta, siempre y cuando tengan un certificado o resolución por grado de discapacidad igual o mayor al 33%.

Si tienes movilidad reducida o necesitas asistencia de otras personas, también puedes beneficiarte de deducciones fiscales, ¡y lo mismo aplica para los familiares de personas con discapacidad! Sabemos que entender todas estas normativas no es fácil, por eso te explicaremos todo lo que necesitas saber en este artículo, para no perderte ningún beneficio.

¿Te parece complicado? ¡No tienes por qué hacerlo solo! Taxdown está aquí para simplificar el proceso. Facilita tu próxima declaración de impuestos en un solo clic. ¡Así de sencillo!

¿Cuáles son los beneficios fiscales que se pueden aplicar en la declaración de la renta las personas con discapacidad?

Las deducciones que se pueden aplicar en la declaración de la renta las personas con discapacidad, son las siguientes:

Mínimo por discapacidad

Los mínimos por discapacidad para el propio contribuyente y sus familiares son los siguientes:

La deducción del mínimo del contribuyente es la siguiente:

  • Para personas con un grado de discapacidad igual o mayor al 33% y menor al 65%, el mínimo aplicable es de 3.000 euros anuales.
  • Si el grado de discapacidad es igual o superior al 65%, el mínimo aplicable asciende a 9.000 euros anuales.
  • Además, si se acredita la necesidad de ayuda de terceras personas, movilidad reducida o un grado de discapacidad igual o superior al 65%, se añaden 3.000 euros anuales al mínimo aplicable.

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Mínimo por descendientes

Los importes varían dependiendo del número de hijos y su edad. Normalmente aumentan cada año. En general, se otorgan cantidades incrementales por el primer, segundo, tercer hijo y sucesivos, y hay un incremento adicional por cada hijo menor de tres años.

Mínimo por ascendientes

Cuando haces tu declaración de renta, puedes reducir la cantidad de impuestos si tienes ascendientes (como padres o abuelos) a tu cargo. Aquí te explico de forma simple cómo funciona:

  • Si tienes un ascendiente mayor de 65 años, puedes reducir tu base imponible en 1.150 euros.
  • Si ese ascendiente tiene más de 75 años, puedes añadir otros 1.400 euros a esa reducción.
  • Si el ascendiente tiene alguna discapacidad, el importe que puedes descontar aumenta: son 3.000 euros si la discapacidad es entre 33% y 65%, y 9.000 euros si es igual o superior al 65%.

Esta reducción significa que pagas impuestos sobre una cantidad menor de tus ingresos, gracias al apoyo que brindas a tus ascendientes.

Si te sientes perdido, no te preocupes. Haz tu declaración aquí con TaxDown para que se te apliquen todas las deducciones.

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Deducciones por tener a cargo personas con discapacidad

Las deducciones por tener a cargo descendientes o ascendientes con discapacidad son de 1.200 euros anuales. Esta cantidad también aplica para los cónyuges que no tengan rentas anuales mayores a 8.000 euros.

Algunas comunidades que cuentan con deducciones específicas en este tema son:

Andalucía

  • Para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad

¿Qué es?

Es una deducción para contribuyentes que tengan una pareja con discapacidad.

Cantidad que puedes deducirte: 100€

Requisitos. La pareja no puede ser declarante del impuesto en el ejercicio. En el caso de parejas de hecho éstas han de estar inscritas en el Registro de Parejas de Hecho. La suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente no debe superar las siguientes cantidades: 25.000 euros en tributación individual y 30.000 euros en tributación conjunta.

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  • Por asistencia a personas con discapacidad

¿Qué es?

Es una deducción por asistir a personas con discapacidad.

Cantidad que puedes deducirte

Los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad de descendientes o ascendientes podrán deducirse 100 euros por persona con discapacidad.

Así como, además podrá deducir un 20% del importe satisfecho a la Seguridad Social concepto de cuota fija que sea por cuenta del empleador. Esta deducción tendrá como límite 500 euros anuales por contribuyente.

Requisitos: Únicamente tendrá derecho a esta deducción el contribuyente titular del hogar familiar que conste como tal en la Tesorería General de la Seguridad Social. Hay que acreditar correctamente esa asistencia.

¿No sabes como aplicarte esta deducción? Empieza a hacer tu declaración aquí, ¡te aplicaremos esta y todas las posibles!

Aragón

Tiene una deducción por nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad del 33% o superior.

Cantidad que puedes deducirte.

200 euros, por cada hijo nacido o adoptado durante el periodo impositivo.

Requisitos.

  • Es importante que el grado de discapacidad sea igual o superior al 33%, ya que si no, no existe derecho a aplicar esta deducción.
  • Además, si el hijo/a convive con más de un contribuyente, la cantidad se prorrateará por partes iguales.
  • Y por último, esta deducción es compatible con la anterior, la de nacimiento o adopción del tercer hijo o más.

Murcia

Ofrece una deducción para los contribuyentes con una discapacidad igual o mayor al 33%.

Cantidad que puedes deducirte.

Te podrás deducir 120€. ¡Antes era 100€!

  • Tendrás que tener acreditada la discapacidad igual o superior al 33%.
  • La suma de la base imponible y del ahorro no puede ser mayor de:
    • 19.000€ en tributación individual.
    • 24.000€ en conjunta.

Si todo esto te resulta difícil, recuerda que tienes a nuestros expertos a tu disposición, ¡para que no se te pase ni una deducción! Empieza aquí

Islas Baleares

Cuenta con una deducción para los declarantes con discapacidad física, psíquica o sensorial o con descendientes con esta condición

Cantidad que puedes deducirte

  • Por cada contribuyente:
    • 88€ en caso de discapacidad física o sensorial de grado igual o superior al 33% e inferior al 65%.
    • 165€ en caso de discapacidad física o sensorial de grado igual o superior al 65%.
    • 165€ en caso de discapacidad psíquica de grado igual o superior al 33%

Requisitos: Que la suma de las bases no sea superior a 33.000€ en tributación individual o 52.800€ en conjunta. Si se tributa de forma individual, cada uno tendrá derecho a aplicarse íntegramente la deducción.

Canarias

Por familiares dependientes con discapacidad

La cuantía es de 600€ por cada ascendiente o descendiente con discapacidad igual o superior al 65%.

Requisitos

  • No podrás ganar más de 42.900€ al año, ni 57.200€ si haces la declaración conjunta.
  • Si dos o más contribuyentes tienen derecho a esta deducción, se dividirá por partes iguales.

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Castilla – La Mancha

Esta comunidad tiene una deducción por discapacidad de ascendientes o descendientes

Una ayuda si tienes a tus padres o a tus hijos con una discapacidad igual o mayor al 65%.

Podrás deducirte 300€ al año.

Extremadura

Se ofrece un beneficio fiscal por cuidado de familiares con discapacidad

Por cada ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad al igual o superior al 65% o que esté judicialmente incapacitado:

  • 150 euros, con carácter general.
  • 220 euros si el ascendiente o descendiente con discapacidad ha sido evaluado por los servicios sociales y se le ha reconocido el derecho a una ayuda a la dependencia, pero que a 31 de diciembre aún no la percibe efectivamente.

No te compliques intentando buscar la casilla en el borrador de la renta… ¡prueba TaxDown para tu próxima declaración!

Requisitos

  • La persona con discapacidad, ya sea tu familiar ascendiente o descendiente, debe vivir contigo sin interrupciones por al menos seis meses al año.
  • Debes demostrar que viven juntos de verdad, lo cual puede ser confirmado por los Servicios Sociales u otra entidad pública.
  • Los ingresos de tu familiar con discapacidad no deben exceder el doble de lo que marca el IPREM.
  • Si hay varios familiares que podrían aplicar esta deducción por la misma persona, deben repartirse el beneficio por igual.

Galicia

Aquí permiten deducirse por contribuyentes con discapacidad, de edad igual o superior a 65 años, que precisen ayuda de terceras personas

Madrid

  • Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad

La cuantía de esta deducción es de 1.546,50€ por cada persona mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33%, cuando se cumplan que:

Los requisitos son sencillos: Debes haber convivido durante más de 183 días al año con él. No obtener otras ayudas o subvenciones de la Comunidad de Madrid y tu base imponible no puede ser superior a 26.414,22€ en la tributación individual o 37.322,20€ en la tributación conjunta.

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  • Por cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad

Se trata de una deducción fiscal que puedes aplicar si contratas a empleados del hogar y tienes hijos menores de 3 años, convives con mayores de 65 años dependientes o con personas con discapacidad.

En este caso, la cuantía y límite máximo de la deducción es:

  • El 25% de las cuotas ingresadas por el contribuyente por cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con el límite de deducción de 463,95€ anuales.
  • El 40% en caso de familias numerosas con el límite de deducción de 618,60€ anuales.

Para poder aplicarte esta deducción debes estar al corriente con tus pagos a la Seguridad Social como empleador de un hogar. Tener contratada a una persona como empleado del hogar por al menos 40 horas mensuales. Los ingresos de tu unidad familiar no deben superar un límite establecido basado en el número de miembros de la familia. Debes convivir con la persona por la cual se aplica la deducción (hijos menores de 3 años, mayores dependientes, o personas con discapacidad). En algunos casos, tanto el contribuyente como el otro progenitor deben estar trabajando o recibiendo ciertas prestaciones durante al menos 183 días del año fiscal.

Sabemos que estas deducciones pueden ser complicadas a la hora de seleccionarlas en el borrador, si te unes a TaxDown se te aplicarán automáticamente. ¡Regístrate aquí!

Murcia

Esta comunidad ofrece una deducción por acogimiento de personas mayores de 65 años y/o discapacitadas, dedicada a las personas que convivan con mayores de 65 años o con una discapacidad del 33% o superior.

Te puedes deducir 600€ por cada persona mayor de esta franja de edad o por cada persona discapacitada.

Requisitos: La persona mayor o discapacitada tiene que vivir con el contribuyente durante al menos 183 días del año. El acogimiento no puede dar lugar a obtener otras ayudas y subvenciones de la Comunidad. Para el caso de personas mayores de 65 años, el acogido no podrá tener ningún vínculo de parentesco con el contribuyente. Se debe tener un documento acreditativo del acogimiento no remunerado, elaborado con la Conserjería de asuntos sociales.

Aplícate esta deducción y muchas más con TaxDown, además nuestros expertos las revisarán para que todo esté en orden. Pruebalo aquí

Valencia

Por último, la comunidad de valencia ofrece una deducción por ascendientes mayores de 75 años o mayores de 65 años con discapacidad. Destinada a otorgar una ventaja fiscal a las personas que cuiden a familiares con estas características.

La Cantidad que puedes deducirte es de 197€ por cada familiar mayor de 75 años o 65 años con discapacidad

Requisitos

  • Convivencia: El ascendiente debe convivir con el contribuyente al menos la mitad del año. Esto incluye a los ascendientes con discapacidad internados en centros especializados.
  • Límite de rentas del ascendiente: No deben tener rentas anuales superiores a 8.000 euros ni presentar declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
  • Límites de ingresos del contribuyente: La base liquidable general y del ahorro no deben exceder los 30.000 euros en individual o 47.000 euros en conjunta.
  • Grado de discapacidad: Para ascendientes con discapacidad, se requiere un grado de discapacidad física o sensorial igual o superior al 65% o psíquica igual o superior al 33%, certificado por la autoridad competente.

Sabemos que es mucha información y que lidiar con temas fiscales puede llegar a ser un rollo. La buena noticia es que puedes contar TaxDown, ¡para que tus dudas fiscales se esfumen! Regístrate aquí

Deducciones por los rendimientos del trabajo

Todos tenemos una reducción de 2.000 euros en nuestros ingresos del trabajo. Ahora, si tienes alguna discapacidad y estás dándole al trabajo, hay más buenas noticias: puedes conseguir deducciones extra. Si tu discapacidad está entre el 33% y el 65%, ¡pum! Te llevas 3.500 euros extra en deducciones. Pero si además tienes movilidad reducida o necesitas ayuda extra, la deducción se dispara hasta 7.750 euros.

¡No está nada mal, eh? ¡Aprovecha con TaxDown y no dejes que se te escape ni un euro!

Gasto deducible a causa de movilidad geográfica

¿Te has cambiado de ciudad por trabajo y estás desempleado con discapacidad? Hay un extra de 2.000 euros en deducciones esperándote. Por cierto, si las prestaciones por discapacidad están llenando tu hucha, recuerda que también cuentan en estas deducciones. ¿Te sientes confundido con tantos números? ¡Relájate! TaxDown está aquí para que no te pierdas ni un centavo de tus beneficios.

Cuidado, autónomos! Si trabajáis principalmente con un cliente y tenéis una discapacidad, hay hasta 3.500 euros de deducciones en actividades económicas. Y si la movilidad es un reto o tu discapacidad es mayor al 65%, las deducciones suben a 7.750 euros. Además, si contribuyes a un patrimonio protegido de una persona con discapacidad, podrías obtener deducciones de hasta 10.000 euros anuales. ¿Complicado? ¡Bah! Con TaxDown, es pan comido. Regístrate aquí.

Deducciones por prestaciones

Cuando hablamos de prestaciones para personas con discapacidad, estas también cuentan a la hora de calcular tus ingresos del trabajo. Si recibes prestaciones en forma de renta, ¡buenas noticias! Estas están exentas. Ahora, no te pases de listo, porque el máximo que puedes deducir es tres veces el IPREM, hasta no más de 22.558,77 euros. ¿Complicado? ¡Para eso está aquí TaxDown, para hacerlo fácil y rápido!

Deducciones por rendimientos de actividades económicas

Si eres de esos autónomos que solo trabajan con un cliente y encima tienes una discapacidad, no todo son malas noticias: tienes una deducción de 3.500 euros esperándote. Y si tu movilidad está reducida o tu discapacidad supera el 65%, la cosa se pone aún mejor: la deducción asciende a 7.750 euros.

Si te preocupa no estar aprovechando estas deducciones, con TaxDown, asegúrate de que no dejas pasar ni un euro. Regístrate aquí

Patrimonios protegidos de personas con discapacidad

Si haces aportaciones, sean en dinero o en especie, a patrimonios de personas con discapacidad, también tienes ventajas fiscales. Puedes deducir hasta 10.000 euros al año. Y si todos se ponen generosos y aportan al mismo patrimonio, el total de deducciones no puede pasar de 24.250 euros al año. Si se supera, se reparte proporcionalmente.

¿Te suena a chino? ¡No te preocupes! En TaxDown lo hacemos fácil y te sacamos una sonrisa mientras ahorras en tus impuestos. ¡No dejes pasar las deducciones que te pertenecen!

Planes de pensiones y otros sistemas en beneficio de personas con discapacidad

En el tema de los planes de pensiones y otros sistemas para personas con discapacidad, las contribuciones que hagas reducen directamente tu base imponible.

Esto aplica si eres una persona con discapacidad psíquica de al menos el 33%, o con discapacidad sensorial o física superior al 65%. Incluso si tienes una incapacidad judicialmente declarada, independientemente del grado, esto te incluye. Y no solo puedes hacer aportaciones si eres la persona con discapacidad; tus familiares también pueden contribuir en tu beneficio.

Aquí la cosa se pone interesante: puedes deducir hasta 24.250 euros anualmente si eres el discapacitado haciendo las aportaciones, y tus familiares pueden deducir hasta 10.000 euros, con un límite conjunto de 24.250 euros.

Si estás pensando en que esto suena genial pero no sabes cómo hacerlo... Fácil, confía en TaxDown y verás como se te aplican todas estas deducciones de forma automática.

Deducción por adecuar la vivienda habitual de personas con discapacidad

Ahora, hablemos de tu hogar. Adaptar tu vivienda para una discapacidad puede darte derecho a deducciones. Si comenzaste las obras entre el 2013 y el 2017, puedes deducir hasta 12.080 euros por la adecuación. ¿Suena complicado recordar todas estas cifras y fechas? Aquí entra TaxDown. ¡Únete a nosotros y olvídate de los quebraderos de cabeza fiscales!

Deducción de la renta tributaria

En cuanto al impuesto sobre la renta, este se adapta a tus circunstancias personales y familiares, y más aún si tienes una discapacidad. Por ejemplo, en Asturias, podrías deducirte un 3% del costo de adaptación de tu vivienda por discapacidad, hasta un máximo de 13.664 euros.

¿Te preguntas cómo aprovechar al máximo estas deducciones sin convertirte en un experto fiscal? Pues TaxDown está aquí para ayudarte a navegar por el mar de números y asegurarte de que sacas el máximo partido a tus finanzas.

Las deducciones en el caso de las obras y la adecuación de la vivienda habitual

Si estás pensando en hacer unos ajustes en tu casa para que se adapte mejor a tus necesidades debido a una discapacidad (o quizás la de alguien cercano a ti, como tu pareja o un familiar), hay buenas noticias para ti. Resulta que puedes obtener beneficios fiscales por estas mejoras, lo que significa que no solo estarás haciéndole un favor a tu día a día, sino también a tu bolsillo.

Y ablando de mejorar tu bolsillo... si haces la declaración con TaxDown verás el ahorro real que puedes conseguir! Regístrate aquí

Aquí va la parte interesante: cuando haces estas modificaciones, como instalar barras de apoyo en el baño o una rampa en la entrada, el dinero que gastas en ello puede reducir la cantidad de impuestos que debes pagar. Piénsalo como un pequeño premio por hacer tu hogar más accesible y cómodo.

Y hay más: si la persona con discapacidad es tu pareja o un familiar directo o colateral (vamos, alguien de tu familia cercana) que vive contigo, estas adecuaciones también cuentan. Lo único que tienes que asegurarte es que la persona beneficiada con los cambios sea un residente oficial de la casa, ya sea propietario o inquilino, y que todo esté en regla con las fechas que marca la ley para empezar y terminar las obras.

Si aún no sabes cómo puedes beneficiarte de esta deducción es porque todavía no has contado con TaxDown... Hazme caso, regístrate aquí ya y que no se te pase nada!

Aspectos que se consideran en las obras de adecuación

Las obras de adecuación que califican para deducciones incluyen modificaciones importantes destinadas a mejorar la accesibilidad y seguridad de la vivienda. Esto puede abarcar desde la instalación de rampas y ascensores hasta la adaptación de baños y cocinas. Además, si estas adecuaciones benefician a elementos comunes del edificio, como pueden ser las escaleras o elevadores, también se consideran dentro del ámbito de la deducción.

Es crucial que la persona con discapacidad se beneficie directamente de estas modificaciones y que resida en la vivienda. Esta persona puede ser el propietario o estar viviendo en calidad de arrendatario. Si estás invirtiendo en hacer tu hogar más accesible, asegúrate de aprovechar estas deducciones.

Con TaxDown, puedes descubrir fácilmente cómo aplicar estos beneficios a tu situación particular, optimizando tu declaración de impuestos sin complicaciones. ¡Comienza aquí ahora!

Cotizaciones de las deducciones por inversión en la vivienda habitual

La ley establece un límite de deducción de 12.080 euros para la adecuación de viviendas habituales, un monto que supera el límite general de 9.040 euros aplicable a otras deducciones relacionadas con la vivienda. Para acceder a estas deducciones, puede ser necesario obtener una certificación de la administración competente, lo cual varía según la comunidad autónoma en la que residas.

La documentación correcta y la certificación son fundamentales para garantizar que puedas aplicar estas deducciones de manera efectiva. TaxDown te ofrece la guía y el soporte necesarios para asegurarte de que estás obteniendo el máximo beneficio fiscal por las inversiones realizadas en tu hogar. Compruébalo tu mismo aquí.

Por obtención de ayudas o subvenciones a enfermos de ELA

El 2024 trae consigo una nueva deducción fiscal para los residentes de Asturias que sufren de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA). Esta deducción está diseñada para mitigar el impacto fiscal de las ayudas y subvenciones recibidas por estos pacientes, proporcionando un soporte financiero adicional.

La cuantía deducible dependerá del tipo y la cantidad de las ayudas recibidas. Si eres un paciente de ELA o cuidas de alguien que lo es, es vital estar informado sobre cómo puedes beneficiarte de esta nueva deducción. TaxDown está preparado para ayudarte en la aplicación correcta de esta deducción, asegurando que maximices el alivio fiscal disponible. Empieza aquí.

Nuestra plataforma te proporciona las herramientas y la asistencia necesaria para optimizar tu declaración de impuestos, permitiéndote concentrarte en lo más importante: tu salud y bienestar.



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Preguntas frecuentes

¿Cuánto te desgrava Hacienda si eres discapacitado?

La deducción por discapacidad tiene un límite máximo anual de 1.000 € y 1.500 € para tributación individual o conjunta, con un incremento de 500 € adicional en tributación individual en caso de que el contribuyente tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Este es el límite máximo que podrás deducir en tu declaración de la renta.

¿En qué productos no pagas IVA si eres discapacitado?

En el caso de las personas con discapacidad, existen ciertos productos y servicios en los que se aplica un tipo de IVA reducido o superreducido. En tu caso, pagarás un IVA del 10% en los siguientes productos y servicios:
- Dispositivos para el tratamiento de problemas respiratorios.
- Servicios de reparación de sillas de ruedas.
- Gafas y lentillas graduadas.
- Equipos médicos.
- Dispositivos para el tratamiento de la diabetes.
- Dispositivos para el tratamiento de la diálisis.
Además, se aplicará un IVA del 4% en los siguientes servicios:
- Servicios de ayuda a domicilio.
- Centros de día y de noche y atención residencial.
- Servicios de teleasistencia.
- Implantes internos, prótesis y ortesis.
- Servicios de reparación de vehículos adaptados para personas con movilidad reducida.
- Compra de vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad, incluso si no las conducen ellas mismas.
Recuerda que estos tipos de IVA reducidos se aplican a los productos y servicios específicos mencionados y que cumplen con los requisitos establecidos por la normativa fiscal


Si necesitas más ayuda sobre el tema, escríbenos y trataremos de ayudarte:


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"Pensaba que solo era que te hacían la declaración y ya. Para mi sorpresa, ¡me orientan fiscalmente a lo largo de todo el año! Una verdadera pasada"

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Roberto

"Quise empezar a invertir en acciones y crypto y desconocía la relación fiscal que tendría y no dudé en aprovechar la suscripción para que me orientaran...muy útil!"

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Alicia

"iba a comprarme una casa y no sabía si me repercutiría fiscalmente, y me han aclarado absolutamente todo. Top!"

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Gloria

"el descuento en los planes para autónomos de trimestral es bastante bueno! ahora tengo todo centralizado y digital"

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Ernesto

"me asesoraron en cómo y cuándo vender mi casa para ahorrar fiscalmente, no tenía ni idea!"

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Ricardo

"prácticamente por el mismo precio que me cuesta un asesor, además de la renta tengo asesoría fiscal todo el año gratis...merece la pena"

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