Modelo 211 de Hacienda: ¿qué es y cómo solicitarlo?

Te contamos qué es el Modelo 211 de Hacienda y cómo tramitarlo correctamente paso a paso ➔ Entra en TaxDown y te ayudamos.

Actualizado en:
5/6/2026
Resumiendo:
El Modelo 211 es clave en la compraventa de inmuebles a no residentes en España. Obliga al comprador a retener el 3% del precio y presentarlo a Hacienda en un mes. Te explicamos cómo funciona y cuándo es obligatorio.

Bienvenid@ a este completo análisis del Modelo 211. Aquí descubrirás en qué consiste, su importancia y cómo puede afectarte si te encuentras en una transacción inmobiliaria en España.

Entender los detalles es fundamental, y desde TaxDown estamos aquí para ayudarte en cada paso. 

Contenidos:

¿Qué es el Modelo 211?

El Modelo 211 es una declaración tributaria en España vinculada al Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Está asociado a la adquisición de bienes inmuebles y tiene las siguientes características: 

  • Objetivo: Se presenta cuando un comprador (puede ser una persona física o jurídica, residente o no residente en España) adquiere un bien inmueble en España a un vendedor que es no residente y que no posee un establecimiento permanente en el país. 
  • Retención: A través de este modelo, se retiene un 3% del valor de compra. La Agencia Tributaria fija esta retención del 3% sobre la contraprestación acordada como pago a cuenta del impuesto del transmitente no residente. Esta cantidad es una especie de garantía para la Administración Tributaria ante una eventual obligación tributaria que el vendedor no residente tenga que liquidar por la ganancia obtenida en la venta del inmueble. 
  • Posterior declaración: Tras retener el 3% del valor, es esencial entregar una copia del pago al vendedor no residente. Esto le permite al vendedor hacer la correspondiente declaración sobre la venta y, si procede, sobre la renta generada por dicha transmisión. Si el impuesto que resulta de esta declaración es inferior al 3% retenido, el vendedor puede solicitar la devolución del exceso

El Modelo 211, por lo tanto, sirve como un mecanismo para asegurar que el Estado español pueda recaudar los impuestos derivados de las ventas inmobiliarias realizadas por personas no residentes, garantizando que cumplen con sus obligaciones fiscales

¿Qué características debe cumplir una persona residente en España? 

Para ser considerado residente en España, se deben cumplir ciertas condiciones: 

  • Residir, al menos, 183 días al año en territorio español. 
  • Centrar su actividad económica principal o la mayoría de sus ingresos en España. 
  • Tener hijos menores de edad o cónyuge que sean residentes en España

¿Para qué sirve el Modelo 211? 

El Modelo 211 tiene una función específica dentro del sistema tributario español relacionada con el Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Su propósito principal es garantizar que, cuando se produzca una venta de bienes inmuebles por parte de no residentes sin establecimiento permanente en España, se retenga y abone al estado una parte del valor de la transacción, asegurando así que se cumpla con las obligaciones fiscales derivadas de dicha transacción. 

En detalle, el Modelo 211 sirve para: 

  • Retención fiscal: Cuando un comprador (ya sea residente o no residente en España) adquiere un bien inmueble de un vendedor no residente sin establecimiento permanente en el país, tiene la obligación de retener un 3% del valor de compra y presentarlo a través del Modelo 211. 
  • Garantizar el cumplimiento fiscal: La retención del 3% actúa como una garantía para la Administración Tributaria. Esta cantidad asegura que, si el vendedor no residente tiene alguna obligación fiscal derivada de la ganancia obtenida en la venta (como puede ser el pago del impuesto sobre la renta por la ganancia patrimonial), ya se ha recaudado una parte de ese monto. 
  • Claridad en transacciones inmobiliarias: Ofrece transparencia en las transacciones inmobiliarias que involucran a no residentes, asegurando que ambas partes estén al tanto de las obligaciones fiscales relacionadas con la transacción. 
  • Facilitar la declaración posterior del vendedor: Una vez retenido el 3% y presentado el Modelo 211, se debe entregar una copia del pago al vendedor no residente. Esto le permitirá al vendedor realizar la correspondiente declaración de la venta y determinar si debe más impuestos o si, por el contrario, tiene derecho a una devolución. 

En resumen, el Modelo 211 sirve como una herramienta para que el Estado español asegure el cobro de impuestos derivados de ventas inmobiliarias realizadas por no residentes y, al mismo tiempo, proporciona un marco claro para las partes involucradas en dicha venta. 

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¿Cómo presentar el Modelo 211 de la AEAT?

Para presentarlo correctamente, es necesario: 

  • Indicar la fecha en la que ocurrió el hecho o se generó el ingreso. 
  • Proporcionar datos del comprador del inmueble y del vendedor no residente. 
  • Describir el inmueble con su referencia catastral. 
  • Estipular el importe por el que vendiste. 
  • Si hay varios transmitentes o adquirentes, es necesario añadir un anexo al modelo

Una vez completado, se debe seleccionar la cantidad a pagar y proporcionar una cuenta bancaria para el proceso. Después de pagar la retención del 3%, se entrega una copia del pago al vendedor no residente. Todo esto puede sonar complicado, pero en TaxDown estamos preparados para asistirte en cada detalle. 

¿Cuándo es obligatorio presentar el modelo 211?

El Modelo 211 es obligatorio en una situación específica del ámbito inmobiliario en España. Es mandatorio presentarlo cuando se da el siguiente escenario:

Cuando una persona, ya sea física o jurídica (y sea residente o no residente en España), adquiere un bien inmueble ubicado en España a un vendedor que es no residente y que no cuenta con un establecimiento permanente en el país.

En otras palabras, siempre que se produzca una transacción inmobiliaria en la que el vendedor sea una persona no residente en España sin un establecimiento permanente en el país, el comprador tiene la obligación de:

  • Retener el 3% del precio de compra del inmueble.
  • Presentar el Modelo 211 en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) informando sobre dicha retención y efectuando el ingreso correspondiente. El modelo fue aprobado por la Orden EHA/3316/2010, disponible en el BOE.

Esta obligación se establece como una medida de precaución por parte de la Hacienda española, para asegurarse de que los vendedores no residentes cumplan con sus responsabilidades fiscales en relación con la venta del inmueble, en particular con el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Por tanto, si estás pensando en adquirir un bien inmueble en España y el vendedor es una persona no residente sin establecimiento permanente, deberás tener en cuenta la presentación del Modelo 211 y cumplir con la retención del 3% del valor de compra.

Plazos de presentación para el Modelo 211

Tras realizar la venta o transmisión, Hacienda otorga un plazo de un mes para presentar el Modelo 211. Según las instrucciones de la Agencia Tributaria, el ingreso se efectúa en el plazo de un mes a partir de la fecha de transmisión del inmueble. Esta presentación se realiza de manera telemática y representa el 3% del precio total de compra.

Descargar el Modelo 211 en PDF

Para hacer todo más fácil, es posible descargar el Modelo 211 en formato PDF desde el sitio web oficial de la AEAT. Esta opción facilita su cumplimentación y presentación.

Preguntas frecuentes

¿Qué es exactamente el Modelo 211 y cuándo debo presentarlo?
El Modelo 211 es el formulario tributario que debes presentar cuando adquieres un inmueble en España a un vendedor no residente fiscal sin establecimiento permanente. A través de este modelo, retienes el 3% del precio de compra y lo ingresas en la AEAT como pago a cuenta del IRNR que devengará el vendedor por la ganancia patrimonial obtenida.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 211: comprador o vendedor?
La obligación de practicar la retención del 3% y presentar el Modelo 211 recae sobre el comprador del inmueble, sea residente o no residente fiscal en España. La retención no constituye coste adicional para el adquirente, ya que se descuenta del precio total acordado y se ingresa directamente en la AEAT en concepto de IRNR del vendedor.
¿Qué ocurre si no presento el Modelo 211 en plazo?
La falta de presentación o la presentación fuera del plazo establecido conlleva consecuencias relevantes. La AEAT puede imponer sanciones económicas y recargos por presentación extemporánea. Además, como comprador podrías responder solidariamente de la deuda tributaria del vendedor no residente si éste no regulariza voluntariamente su situación fiscal ante la Agencia Tributaria.
¿Puede el vendedor no residente recuperar el 3% retenido?
Sí, el 3% retenido actúa como pago a cuenta del IRNR devengado por la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión. Una vez el vendedor presente su declaración del IRNR mediante el Modelo 210 y se calcule la cuota real del impuesto, podrá solicitar la devolución del exceso retenido si la cuota es inferior al importe retenido.

¡En TaxDown, te ayudamos!

Entender el Modelo 211 y sus implicaciones es fundamental para cualquier transacción inmobiliaria que involucre a no residentes en España. Desde TaxDown, te ofrecemos todo el apoyo necesario para garantizar que cumplas con tus obligaciones fiscales. La calidad de la información es esencial, y en este artículo hemos proporcionado un análisis exhaustivo y original para asegurar tu tranquilidad. Siempre es aconsejable contar con expertos en el tema, y en TaxDown, estamos listos para ayudarte. ¡Hastala próxima! 

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