Un impuesto proporcional es cualquier impuesto cuyo porcentaje a pagar o gravamen siempre es el mismo, sin importar el nivel de ingresos de las personas.
Un impuesto proporcional es cualquier impuesto cuyo porcentaje a pagar o gravamen siempre es el mismo, sin importar el nivel de ingresos de las personas.
¿Qué es un impuesto proporcional?
Estos impuestos, como es evidente, no tienen una función redistributiva ni progresiva por diferentes razones, ya sea porque sería muy difícil de controlar o porque la propia naturaleza del impuesto lo impide.
La antítesis del impuesto proporcional es el impuesto progresivo. ¿Cuáles son las diferencias entre ambos impuestos? Te las contamos.
Diferencias entre proporcional y progresivo
Mientras que el impuesto proporcional siempre tiene un gravamen o porcentaje que es fijo para todas las personas, el porcentaje o gravamen del impuesto progresivo varía dependiendo del nivel de renta.
En los impuestos proporcionales no importa el nivel de renta. Una persona que gana 100.000€ al mes pagará el mismo IVA que una persona que esté en paro o no gane nada.
En el caso del impuesto progresivo, como es el IRPF, sí se tiene en cuenta el nivel económico del contribuyente. Es decir, que cuanto más tienes, más pagas. En este caso, una persona que gane 100.000€ pagará de IRPF un 50%, mientras que una persona que gane 10.000€, pagará un 19%. Estos porcentajes son aproximados, porque cada comunidad autónoma tiene los suyos propios, pero te aseguramos que en ninguna de ellas el porcentaje de la persona que gana menos es mayor que el porcentaje de la persona que gana más. Al menos ahora. En el futuro... que el IRPF nos pille confesados.
Ejemplos
Los ejemplos más claros de impuestos proporcionales son los siguientes:
- IVA (Impuesto del Valor Añadido). Ya sabes que es el impuesto que grava bienes y servicios. Y hay tres tipos:
- General (21%). La entrada del cine o los teléfonos móviles.
- Reducido (10%). El metro o el autobús.
- Superreducido (4%). Alimentos o bienes de primera necesidad.
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. El tipo general es del 6%, aunque hay excepciones. Y puede variar por comunidad autónoma.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Cuyo porcentaje varía entre 0,5% y 1,5%, dependiendo de cada comunidad autónoma.
- Impuesto de Sociedades. Aquí las comunidades autónomas no tienen nada que hacer, ya que siempre es un 25%.