La base imponible del ahorro se utiliza en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se forma con las rentas que tienen inversiones, acciones, intereses de cuentas, etc.
Se compone de los rendimientos del capital mobiliario más las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales.
A la hora de calcularla, si el resultado de los rendimientos del capital mobiliario es positivo, lo incluiremos en la base imponible. Y en el caso de ser negativo, se compensa con hasta un 25% del saldo positivo del segundo elemento. Y si aun así, sigue siendo negativo, se compensará hasta los próximos 4 años. En el caso de las ganancias y pérdidas patrimoniales, si el resultado es positivo o negativo se realizará el mismo proceso que el anterior.
La base imponible del ahorro se utiliza en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se forma con las rentas que tienen inversiones, acciones, intereses de cuentas, etc.
No hay que confundirla con la base imponible general, que toma aquellas rentas del trabajo u otras actividades económicas, del capital mobiliario, venta/alquiler de inmuebles... Sumando los distintos apartados se obtiene la base, a la que se le aplica un porcentaje según la escala progresiva. En este caso, se toma como referencia los rendimientos de trabajo, y las ganancias y pérdidas patrimoniales que no conlleven la transmisión de elementos patrimoniales. Si el saldo de las ganancias y pérdidas es positivo, se añade a la base imponible general. Si es negativo, se compensa el 25% del saldo positivo del primer componente. Si sigue siendo negativo, al igual que en la del ahorro, se compensará en los 4 próximos años.
Vamos a ver un ejemplo para calcular la base imponible del ahorro: Pedro vende una casa por 250.000€, y la había adquirido por 100.000. El cálculo de la base imponible del ahorro será: 250.000 - 100.000 = 150.000€. Siempre y cuando no tenga más transmisiones de elementos patrimoniales.
En la base imponible del ahorro se incluyen: los intereses de las cuentas corrientes y depósitos, la rentabilidad por los dividendos en acciones, resultados en fondos de inversión y venta de acciones. No se incluirían los planes de pensiones, aunque sean una inversión u ahorro, porque se clasifican como rentas del trabajo y en este caso se incluyen en la Base Imponible General, tal y como recoge la Agencia Tributaria.
Los impuestos en la base imponible del ahorro varían del 19% al 30%, siendo los más bajos del IRPF. Cabe recordar, que los de la base general van desde el 19% al 47% según la escala que publica la Agencia Tributaria. Los tramos fiscales de la base del ahorro, según la escala de gravamen del ahorro que publica la Agencia Tributaria, son los siguientes:
| Tramos fiscales | Base del ahorro | Porcentajes |
|---|---|---|
| Tramo 1 | < 6.000€ | 19% |
| Tramo 2 | 6.000€ - 50.000€ | 21% |
| Tramo 3 | 50.000€ - 200.000€ | 23% |
| Tramo 4 | 200.000€ - 300.000€ | 27% |
| Tramo 5 | > 300.000€ | 30% |
Eduardo Armenteros es asesor fiscal especializado en tributación de criptomonedas en TaxDown, donde también lidera la implementación de inteligencia artificial aplicada a la fiscalidad. Con amplia experiencia en el sector cripto, ayuda a particulares a cumplir con sus obligaciones fiscales relacionadas con Bitcoin, Ethereum y otros activos digitales. Experto en declaraciones de la renta con criptomonedas, modelo 721, ganancias patrimoniales y optimización fiscal en el ecosistema blockchain. Desde TaxDown, Eduardo combina conocimiento técnico del mundo cripto con profundo dominio de la normativa tributaria española y soluciones de IA para hacer la fiscalidad cripto más accesible e innovadora.