Kit Digital para autónomos: qué fue, si volverá y qué hacer si tienes el bono

Qué fue el Kit Digital, cuánto daba, si volverá y qué tienes que hacer si te dieron el bono.

Actualizado en:
21/10/2026
Resumiendo:
En 2026 no hay convocatoria del Kit Digital: las últimas solicitudes se cerraron el 31 de octubre de 2025 y, a 21 de octubre de 2026, no hay anuncio oficial de una nueva. Fue un programa que daba a autónomos y pequeñas empresas un bono de 2.000€ a 12.000€, según sus empleados, para digitalizar su negocio. El bono no era dinero: servía para pagar a empresas llamadas agentes digitalizadores, que instalaban soluciones como una web o una tienda online. Si te dieron el bono y aún no has firmado el acuerdo con un agente digitalizador, tienes como máximo 6 meses desde que te notificaron la concesión para hacerlo.

Si eres autónomo y buscas el Kit Digital, la respuesta corta es que, a 21 de octubre de 2026, no se puede pedir. El programa cerró sus últimas solicitudes el 31 de octubre de 2025.

Aquí te contamos qué fue, cuánto daba, qué dicen las fuentes oficiales sobre si volverá, qué puedes hacer hoy para digitalizar tu negocio y qué tienes que hacer si te dieron el bono.

Contenidos:

¿Hay Kit Digital en 2026?

No. Las convocatorias del Kit Digital han terminado, como indica Acelera pyme, la web oficial del programa.

Las últimas solicitudes se cerraron el 31 de octubre de 2025. Ese día acabó el plazo para autónomos y empresas de 0 a 2 empleados, y para comunidades de bienes y sociedades civiles. Los plazos para las empresas con más empleados habían cerrado antes. Desde entonces no se puede presentar ninguna solicitud nueva.

¿Qué fue el Kit Digital?

El Kit Digital fue un programa de ayudas del Gobierno de España para que autónomos y pymes se digitalizaran. Sus bases se aprobaron en la Orden ETD/1498/2021, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Lo gestionaba Red.es y se pagaba con fondos europeos Next Generation EU, con un presupuesto de 3.067 millones de euros.

Arrancó en marzo de 2022. Según Red.es, concedió más de 938.000 ayudas a pymes y autónomos y llegó al 93% de los municipios.

¿Cuánto daba el Kit Digital a un autónomo?

No se recibía dinero. Se recibía un bono digital, que servía para pagar soluciones a empresas llamadas agentes digitalizadores. El importe dependía del número de empleados:

  • De 0 a 2 empleados (segmento III, donde entraba el autónomo sin empleados): 2.000€. Desde el 14 de junio de 2024, 3.000€. Quien ya lo tenía pudo pedir 1.000€ más hasta el 31 de octubre de 2025.
  • De 3 a 9 empleados (segmento II): 6.000€.
  • De 10 a 49 empleados (segmento I): 12.000€.

Las medianas empresas tuvieron una convocatoria aparte, con bonos de 25.000€ y 29.000€.

¿Cómo funcionaba el bono?

Para pedirlo había que tener el domicilio fiscal en España, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, llevar al menos 6 meses inscrito en el Censo de Empresarios de la Agencia Tributaria, no ser una empresa en crisis y no superar el límite de ayudas de pequeña cuantía (las llamadas ayudas de minimis). No podían pedirlo los autónomos societarios ni los autónomos colaboradores.

Primero había que registrarse en la plataforma Acelera pyme y hacer un test de diagnóstico digital. Después se pedía la ayuda en la sede electrónica de Red.es. Con el bono concedido, el beneficiario elegía las soluciones y firmaba un acuerdo con un agente digitalizador.

El agente instalaba la solución en un máximo de 3 meses y después la mantenía durante 12 meses. Red.es le pagaba con el bono, por fases, cuando el agente justificaba el trabajo.

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¿Qué tienes que hacer si te dieron el bono?

Las ayudas concedidas siguen sus reglas hasta que se cierra cada expediente. Si te concedieron el bono, ten en cuenta esto:

  • Plazo para firmar. Tienes como máximo 6 meses desde que te notificaron la concesión para firmar el acuerdo con el agente digitalizador. Red.es notifica publicando en su sede electrónica, y cuenta la fecha que llegue antes: la de publicación o la de recepción. Si pediste los 1.000€ extra, tienes 6 meses nuevos desde que te notificaron la ampliación. Si no firmas a tiempo, pierdes la parte del bono que no esté en un acuerdo firmado.
  • IVA y retención. El bono no cubre el IVA de la solución (ni el IGIC en Canarias ni el IPSI). La diferencia entre el precio y el bono también la pagas tú. Si tu actividad da derecho a deducir el IVA, el IVA de esta factura se deduce como el de cualquier otra compra de tu negocio. Si el agente aplica retención de IRPF en su factura, esa retención no se la pagas a él: la ingresas tú en Hacienda, por cuenta del agente. En territorio común se hace con el modelo 111 de la Agencia Tributaria, que con carácter general se presenta en los 20 primeros días naturales de abril, julio, octubre o enero por el trimestre anterior. Además, la retención va en el resumen anual del modelo 190, que se presenta en enero. Si tu domicilio fiscal está en el País Vasco o en Navarra, se ingresa en tu hacienda foral. Si no presentas estas declaraciones, no estarás al corriente con Hacienda, y estarlo es una condición para que Red.es pague el bono.
  • Renta. Aunque el dinero no pase por tu cuenta, el bono es una subvención y cuenta en tu declaración de la renta como ingreso de tu actividad. Es así también si estás en módulos, el sistema en el que lo que ganas se calcula según tu actividad y no con tus ingresos y gastos reales. Lo confirma Hacienda en una respuesta oficial a una consulta (la consulta vinculante V1966-24). El año en que se declara depende de qué solución te haya pagado el bono: si paga un gasto, se declara en el año en que se devenga ese gasto; si paga algo que se amortiza, a medida que lo amortizas. En territorio común, si ya presentaste la renta de un año en el que tocaba incluir el bono y no lo incluiste, puedes corregirla con una autoliquidación complementaria mientras no haya prescrito. Si la presentas antes de que Hacienda te lo requiera, pagas la diferencia con un recargo y sin sanción.
  • Pagos. Cuando Red.es paga cada fase, tienes que estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social, y no tener pendiente ninguna subvención que te hayan mandado devolver. Si no cumples esto, los costes del agente los pagas tú.
  • Justificación. La presenta el agente en tu nombre, pero el responsable último eres tú. Paga a tiempo tu parte de la factura (el IVA y lo que no cubre el bono): ese pago tiene que acreditarse dentro del plazo para justificar la primera fase, que es de 6 meses desde que se valida el acuerdo. Si la justificación no se presenta, pierdes la ayuda o tienes que devolverla.
  • Papeles. Guarda las facturas y los justificantes de pago al menos 4 años desde que acaba el plazo para justificar. Las bases también piden registrar en tu contabilidad, con un código contable diferenciado, todas las operaciones de la ayuda.
  • Publicidad. Tienes que indicar que la ayuda la financia la Unión Europea. Si no lo haces, tendrás que devolver el 10% de la ayuda.

El catálogo de agentes digitalizadores sigue publicado en la web de Acelera pyme. Para dudas sobre tu expediente, Red.es atiende en el teléfono 900 909 001.

¿Qué soluciones pagaba y con cuánto?

Esta tabla recoge el máximo que cubría cada solución en cada segmento, según la última versión de las bases.

Categorías Segmento I (10-49 empleados) Segmento II (3-9 empleados) Segmento III (0-2 empleados)
Importe Máximo Total 12.000 € 6.000 € 3.000 € (2.000 € antes del 14/06/2024)
Sitio web y presencia en Internet 2.000 € 2.000 € 2.000 €
Comercio electrónico 2.000 € 2.000 € 2.000 €
Gestión de redes sociales 2.500 € 2.500 € 2.000 €
Gestión de clientes 4.000 € 2.000 € 2.000 €
Business Intelligence y analítica 4.000 € 2.000 € 1.500 €
Gestión de procesos 6.000 € 3.000 € 2.000 €
Factura electrónica 2.000 € 2.000 € 1.000 €
Oficina virtual 250 €/usuario 250 €/usuario 250 €/usuario
Comunicaciones seguras 125 €/usuario 125 €/usuario 125 €/usuario
Ciberseguridad 125 €/dispositivo (hasta 48) 125 €/dispositivo (hasta 9) 125 €/dispositivo (hasta 2)
Presencia avanzada en internet 2.000 € 2.000 € 2.000 €
Marketplace 2.000 € 2.000 € 2.000 €
Puesto de trabajo seguro No disponible No disponible 1.000 €/dispositivo (máximo 1)

Todas las soluciones incluían 12 meses de servicio después de instalarlas. «Puesto de trabajo seguro» se añadió en 2024 y cubría un único dispositivo, hasta 1.000€. Para contratarla, antes había que tener firmado y validado un acuerdo de otra solución.

¿Hasta cuándo se pudo pedir?

  • Segmento I (de 10 a 49 empleados): del 15 de marzo de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
  • Segmento II (de 3 a 9 empleados): del 2 de septiembre de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
  • Segmento III (de 0 a 2 empleados): del 20 de octubre de 2022 al 31 de octubre de 2025.
  • Medianas empresas (segmentos IV y V): del 12 de diciembre de 2024 al 30 de junio de 2025.

Las comunidades de bienes y las sociedades civiles tuvieron una convocatoria propia, que también acabó el 31 de octubre de 2025.

¿Volverá el Kit Digital?

A 21 de octubre de 2026 no hay ningún anuncio oficial de una nueva convocatoria del Kit Digital. No aparece ninguna en el BOE ni en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Red.es, el organismo público que gestionaba el programa, tampoco ha anunciado una nueva ni un programa que lo sustituya.

Las normas del programa dejan una puerta abierta, pero eso no significa que vaya a volver. En enero de 2026, el Gobierno cambió las bases del Kit Digital (sus normas) con la Orden TDF/39/2026. Esas bases recogen dos posibilidades:

  • Que Red.es proponga dar el bono, si quedan fondos sin repartir, a quien lo pidió a tiempo y se quedó sin él porque se acabó el dinero.
  • Que el presupuesto que quede pueda usarse para nuevas convocatorias, si llega el caso.

Si algún día se abre una convocatoria nueva, se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un resumen (el extracto) saldrá en el BOE. Que las bases lo permitan no significa que vaya a haber otra.

¿Qué puedes hacer hoy para digitalizar tu negocio?

Aunque el Kit Digital está cerrado, siguen activos estos recursos públicos para orientarte y buscar otras ayudas:

  • Oficinas Acelera pyme. Son puntos de asesoramiento de Red.es, presenciales y virtuales, para pymes, autónomos y emprendedores que quieren usar tecnologías digitales. La web de Acelera pyme tiene un localizador para encontrar la más cercana.
  • Test de diagnóstico digital. La plataforma Acelera pyme tiene un cuestionario para conocer el nivel de digitalización de tu negocio.
  • Buscador de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo. Está en la web iPyme y recoge las ayudas para pymes y emprendedores publicadas en los boletines oficiales, como el BOE. Incluye ayudas estatales, autonómicas y locales.

El Kit Consulting, el programa de Red.es que pagaba asesoramiento digital, tampoco está abierto, porque su convocatoria ha finalizado. Además, era solo para empresas de 10 a 249 empleados.

Preguntas
frecuentes

¿Qué fue el Kit Digital para autónomos?
Fue un programa de ayudas del Gobierno de España, gestionado por Red.es y pagado con fondos europeos Next Generation EU. Daba a autónomos y empresas un bono para contratar soluciones digitales, como una web, una tienda online o ciberseguridad. Arrancó en marzo de 2022 y sus últimas solicitudes se cerraron el 31 de octubre de 2025.
¿Cuánto dinero daba el Kit Digital a un autónomo?
Dependía de los empleados. Con 0 a 2 empleados, el bono era de 2.000€, y de 3.000€ en las solicitudes desde el 14 de junio de 2024. Con 3 a 9 empleados, 6.000€. Con 10 a 49, 12.000€. No se cobraba en dinero: el bono pagaba al agente digitalizador que instalaba la solución. Aun así, es una subvención y se declara en la renta como ingreso de tu actividad.
¿Podía pedir el Kit Digital un autónomo sin empleados?
Sí, salvo los autónomos societarios y los autónomos colaboradores. Entraba en el segmento III, el de 0 a 2 empleados. El bono era de 2.000€ y subió a 3.000€ en las solicitudes desde el 14 de junio de 2024. Hoy ya no se puede pedir, porque ese plazo cerró el 31 de octubre de 2025.
¿Hay Kit Digital para autónomos en 2026?
No. Las convocatorias terminaron y la última, para autónomos y empresas de 0 a 2 empleados, cerró el 31 de octubre de 2025. A 21 de octubre de 2026 no hay anuncio oficial de una nueva. Si te concedieron el bono, todavía tienes que cumplir sus plazos y obligaciones, como firmar a tiempo con el agente digitalizador o declararlo en la renta.

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