La declaración de la renta para autónomos

Descubre cómo hacer tu declaración de la renta siendo autónomo paso a paso, qué gastos puedes deducir y evita errores comunes.

Actualizado en:
21/10/2026
Resumiendo:
Si has estado de alta como autónomo en algún momento del año, tienes que presentar la declaración de la renta de ese año, ganes lo que ganes. Se presenta al año siguiente. Te explicamos los pasos, cómo se calcula lo que ganas, cuánto IRPF pagas, los gastos que puedes deducir y las fechas que no se te pueden pasar.

Hacer la declaración de la renta siendo autónomo puede parecer un laberinto sin salida. Pero no te preocupes, te explicamos todo lo que necesitas saber, paso a paso, para que puedas enfrentarte a Hacienda sin miedo. 

Aunque para perderle el miedo a los impuestos, te recomendamos utilizar TaxDown, donde te guiarán desde el principio, sea el trámite que sea y siempre garantizándote el máximo ahorro. Pulsa aquí para empezar a contar con TaxDown. 

Contenidos:

¿Tienes que hacer la declaración de la renta si eres autónomo?

Sí. Si has estado de alta como autónomo en algún momento del año, en el RETA (el régimen de autónomos de la Seguridad Social) o en el régimen especial de los trabajadores del mar, tienes que presentar la declaración de la renta de ese año, sea cual sea lo que hayas ganado. Lo dice la Agencia Tributaria, que es Hacienda.

En la declaración, lo que ganas con tu actividad se llama rendimiento de actividades económicas: son tus ingresos menos los gastos que puedes deducir. Se suma a lo demás que hayas ganado en el año, como un sueldo o lo que cobras por un alquiler. Si además eres administrador de una sociedad, lo que cobras de ella como administrador es rendimiento del trabajo, aunque estés en el RETA.

Si facturas de forma puntual y no estás de alta, mira antes cuándo se puede facturar sin ser autónomo.

Si vives en el País Vasco o en Navarra, tu IRPF tiene sus propias normas (es lo que se llama régimen foral). Lo gestiona la Hacienda foral de tu provincia, no la Agencia Tributaria.

Cómo hacer la declaración de la renta paso a paso siendo autónomo

Realizar la declaración de la renta como autónomo en España puede parecer complicado, pero con un poco de organización y siguiendo unos simples pasos, podrás hacerlo sin problemas. Aquí te mostramos cómo.

Pasos a tener en cuenta

  1. Reúne toda la documentación necesaria: Recopila facturas, justificantes de pagos, ingresos y cualquier otro documento relevante. Si estás en estimación directa, durante el año tienes que llevar al día los libros registro de tu actividad (como mínimo, el de ingresos, el de gastos y el de bienes de inversión) y guardar los justificantes hasta que prescriba el ejercicio. No querrás encontrarte a última hora buscando ese recibo que falta.
  2. Accede a la sede electrónica de la Agencia Tributaria: Es la web de trámites de Hacienda. Para hacer la declaración tienes que identificarte. Puedes hacerlo con Cl@ve, con el número de referencia de la Renta, con un certificado digital o con el DNI electrónico. Tienes información sobre todos en la web de la Agencia Tributaria. Si no tienes ninguno, no esperes al último momento para conseguirlo.
  3. Rellena tus datos personales y económicos: Asegúrate de que toda la información esté correcta, especialmente tu situación personal y familiar, ya que esto puede afectar a tus deducciones.
  4. Introduce tus ingresos y gastos: Aquí es donde entra en juego toda esa documentación que has recopilado. Los ingresos deben estar claramente diferenciados de los gastos, y estos últimos deben estar justificados adecuadamente.
  5. Aplica los gastos y las deducciones que te tocan: Si estás en estimación directa, que es el sistema general, puedes restar los gastos de tu actividad. Por ejemplo, una parte de los suministros de tu casa (luz, agua, gas, internet y teléfono) si dedicas una zona de ella solo a trabajar. Más abajo te contamos los gastos y algunas deducciones de las comunidades autónomas.
  6. Revisa y confirma: Antes de enviar, revisa toda la información. Un pequeño error puede causar grandes dolores de cabeza. Cuando estés seguro, confirma y envía tu declaración.

Si necesitas asegurarte de que todo está correctamente gestionado y no perder ninguna deducción, TaxDown es el servicio que necesitas.

Cómo se calcula lo que ganas: estimación directa o módulos

Hacienda no cobra el impuesto sobre todo lo que facturas. Lo calcula sobre tu rendimiento neto, que es lo que ganas de verdad con tu actividad. Hay dos métodos para calcularlo:

  • Estimación directa. Se cuentan tus ingresos y gastos reales. Es el método general y tiene dos modalidades. La simplificada se aplica si tu cifra de negocios del año anterior no pasó de 600.000 euros y no renuncias a ella. La normal se aplica si la pasó o si renuncias a la simplificada. Lo detalla la Agencia Tributaria.
  • Estimación objetiva o módulos. No se cuentan tus ingresos y gastos reales. Lo que ganas se calcula según tu actividad, con unos indicadores de tu sector (los módulos) que aprueba el Ministerio de Hacienda. Solo pueden usarla algunas actividades y por debajo de ciertos límites.

Ejemplo de la declaración de la renta de un autónomo

Imagina a Juan, un diseñador gráfico autónomo en estimación directa simplificada. Durante el año, Juan ha generado 30.000 euros en ingresos y ha tenido 10.000 euros en gastos deducibles (alquiler de oficina, software, material de trabajo). Así haría su declaración:

  1. Ingresos: Juan anota sus 30.000 euros en el apartado de rendimientos de actividades económicas.
  2. Gastos: Luego, detalla los 10.000 euros en gastos deducibles.
  3. Resultado: La diferencia es de 20.000 euros. Como está en la modalidad simplificada, resta además un 5% de esa cifra por gastos de difícil justificación: 1.000 euros. Esa resta tiene un máximo de 2.000 euros al año. Su rendimiento neto queda en 19.000 euros. Esa cifra se suma a lo demás que haya ganado en el año y por el total paga IRPF según la tabla de tramos que verás más abajo. Al impuesto que le salga se le resta lo que ya se adelantó a Hacienda durante el año: las retenciones que le aplicaron sus clientes y, si tenía que hacerlos, sus pagos trimestrales del modelo 130.

Esto es solo un ejemplo simplificado, pero te da una idea de cómo estructurar tu declaración. Si quieres más detalles personalizados, TaxDown está aquí para ayudarte en cada paso de tu renta.

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¿Cuánto IRPF paga un autónomo?

Depende de lo que ganes, y no pagas un único porcentaje: cada parte de lo que ganas paga el de su tramo. Tu rendimiento neto se suma a lo demás que hayas ganado en el año y el total se reparte en los tramos de la escala general del IRPF. Cada tramo paga un porcentaje más alto que el anterior, pero solo por la parte de lo que ganas que cae en él.

Base liquidable (lo que ganas en el año, después de restar gastos y reducciones)Tipo (porcentaje de cada tramo)
Hasta 12.450€19%
De 12.450€ a 20.200€24%
De 20.200€ a 35.200€30%
De 35.200€ a 60.000€37%
De 60.000€ a 300.000€45%
Más de 300.000€47%

El IRPF tiene una parte del Estado y otra de tu comunidad autónoma. Las dos se pagan en la misma declaración. Estos porcentajes suman la parte del Estado y una parte de comunidad puesta como ejemplo. En realidad, cada comunidad aprueba su propia escala, así que tu porcentaje puede ser más alto o más bajo. Lo tienes por comunidades en los tramos del IRPF.

No confundas estos porcentajes con la retención que pones en tus facturas, que es un adelanto del impuesto y se descuenta al hacer la declaración. La pones si tu actividad es de las que Hacienda considera profesionales (no todas lo son) y facturas a empresas, a otras entidades o a otros autónomos. En general es el 15%. Si acabas de empezar, puede ser el 7% el año en que empiezas y los dos siguientes. Para eso, el año anterior no puedes haber tenido ninguna actividad profesional por tu cuenta y tienes que comunicárselo a tu cliente con un escrito firmado.

Si acabas de empezar, tu rendimiento neto puede bajar un 20%. Si estás en estimación directa, puedes reducir un 20% tu rendimiento neto el primer año en que sea positivo y el año siguiente. Para aplicar esta reducción, no puedes haber tenido ninguna actividad económica en el año anterior a empezar. Se calcula sobre 100.000 euros de rendimiento como máximo y no vale el año en que más de la mitad de tus ingresos vengan de la empresa o la persona que te pagó un sueldo en el año anterior a empezar. Hay otras reducciones con requisitos propios, por ejemplo si trabajas para un solo cliente no vinculado o como autónomo económicamente dependiente, o si tus rentas, sin contar las exentas, no llegan a 12.000 euros al año.

Gastos que puedes deducirte como autónomo

Si estás en estimación directa, puedes restar de tus ingresos los gastos de tu actividad que puedas justificar. Estos son algunos de los más habituales:

  • Cuota de autónomos: Lo que pagas a la Seguridad Social como autónomo es gasto deducible.
  • Seguro médico: Las primas de tu seguro de enfermedad y las de tu cónyuge y tus hijos menores de 25 años que vivan contigo, con un máximo de 500 euros al año por persona, o de 1.500 euros si esa persona tiene una discapacidad de al menos el 33%.
  • Gastos de suministros: Si trabajas en tu vivienda habitual y dedicas una zona de ella solo a la actividad, puedes deducir el 30% de lo que corresponde a esa zona en las facturas de electricidad, agua, gas, internet y teléfono. Lo dice el Manual práctico de Renta 2025 de la Agencia Tributaria (la renta de 2025, que se presentó en 2026). Por ejemplo, si utilizas el 20% de tu vivienda como oficina, podrías deducir el 6% de estos gastos (el 30% de ese 20%).
  • Gastos del coche: Según la Agencia Tributaria, en la declaración de la renta los gastos de un turismo (un coche normal), como la gasolina, el mantenimiento o los seguros, solo se pueden deducir si el coche se usa solo para la actividad. Si lo usas también para algo personal, aunque sea poco, no se pueden deducir. Esta regla no se aplica a estos casos, que fija la ley: los vehículos de transporte de viajeros (como los taxis), los de las autoescuelas, los vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías, los de los representantes o agentes comerciales en sus desplazamientos de trabajo y los que se alquilan a otras personas de forma habitual.
  • Gastos de formación: Cualquier curso, taller o formación adicional que hagas para mejorar tus habilidades y que esté relacionado con tu actividad puede ser deducible.
  • Dietas y gastos de viaje: Si viajas por trabajo, puedes deducir el transporte y el alojamiento. Las comidas que hagas por tu actividad también se deducen, pero solo si las pagas con tarjeta u otro medio electrónico en un restaurante o similar, y hasta un máximo por día. En España puedes deducir hasta 26,67 euros al día, o hasta 53,34 euros si duermes en un municipio distinto del de tu casa y del de tu trabajo habitual. Guarda las facturas de todos estos gastos.

Hay muchos más gastos y deducciones. Para que no se te pase ninguno, te recomendamos que cuentes con TaxDown desde el principio para hacer tu declaración. ¡Te aseguramos aplicarte todas y cada una de las que te pertenecen!

Deducciones autonómicas para autónomos

Algunas comunidades autónomas tienen deducciones para quien se hace autónomo o se instala en una zona concreta. Una deducción se resta directamente del impuesto que te sale en la declaración de la renta. No es como un gasto, que se resta de lo que ganas. Estas son algunas, según el manual de deducciones autonómicas de la Renta 2025 de la Agencia Tributaria (la renta de 2025, que se presentó en 2026):

  • Comunidad de Madrid: puedes restar 1.031€ del impuesto de la renta si te das de alta por primera vez en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de Hacienda (el registro de Hacienda donde se dan de alta los autónomos) y a 31 de diciembre de ese año todavía tienes menos de 35 años. Tu actividad tiene que estar sobre todo en la Comunidad de Madrid y tienes que seguir en ese censo al menos un año (Agencia Tributaria).
  • Cantabria: puedes restar 500€ del impuesto de la renta el año en que trasladas tu residencia habitual por motivos laborales, desde cualquier punto de España, a un municipio en riesgo de despoblamiento, y otros 500€ el año siguiente. Tienes que vivir allí el año del traslado y los tres siguientes. Guarda las facturas o recibos de los gastos del traslado: la ley de Cantabria pide que estén justificados así y pagados con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta, nunca en efectivo (Agencia Tributaria).
  • Comunitat Valenciana: las madres que trabajan por cuenta propia o ajena y están de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad pueden restar del impuesto de la renta 460€ por cada hijo de más de tres años y menos de cinco. Hay un límite de ingresos: la suma de sus bases liquidables general y del ahorro no puede pasar de 30.000€, o de 47.000€ en declaración conjunta. La base del ahorro no es el dinero que tienen guardado, sino lo que ganan con él, como los intereses. Los 460€ enteros solo se aplican si esa suma es inferior a 27.000€ (44.000€ en conjunta): entre esas cifras y el límite, la deducción se reduce (Agencia Tributaria).
  • Canarias: puedes restar 300€ del impuesto de la renta el año en que trasladas tu residencia habitual a otra isla para trabajar por cuenta propia o ajena, y otros 300€ el año siguiente. Tienes que vivir en la nueva isla el año del traslado y los tres siguientes, y tus rentas del año del traslado no pueden pasar de 46.455€, o de 61.770€ en declaración conjunta (Agencia Tributaria).

Cada una tiene más requisitos. Puedes ver todas las de tu comunidad en las deducciones autonómicas.

Fechas que debes tener en cuenta

Además de la declaración anual, en general tienes que presentar los pagos trimestrales del IRPF, que Hacienda llama pagos fraccionados. Son adelantos del impuesto que haces cada tres meses con el modelo 130, o con el 131 si estás en módulos. Si un trimestre no te sale nada a pagar, tienes que presentarlo igualmente: es una declaración negativa. Si tu actividad es de las que Hacienda considera profesionales (no todas lo son) y el año anterior al menos el 70% de los ingresos de esa actividad llevó retención, no tienes que hacerlos. El año en que empiezas la actividad, ese 70% se calcula con los ingresos del periodo al que corresponde cada pago trimestral. Mantén un calendario fiscal actualizado para no saltarte ninguna fecha límite.

  • Declaración de la renta: se presenta al año siguiente, en una campaña que suele ir de principios de abril al 30 de junio.
  • Primer trimestre (enero a marzo): del 1 al 20 de abril, según los plazos de pagos fraccionados de la Agencia Tributaria.
  • Segundo trimestre (abril a junio): del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre (julio a septiembre): del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre (octubre a diciembre): del 1 al 30 de enero del año siguiente.

Preguntas
frecuentes

¿Qué tengo que declarar como autónomo?
Como autónomo, debes declarar todos los ingresos que hayas obtenido durante el año por tu actividad. Además, es fundamental que justifiques todos tus gastos deducibles con las facturas correspondientes. También tienes que incluir los pagos trimestrales que has ido realizando, las retenciones que te hayan aplicado tus clientes y cualquier otra obligación fiscal relacionada con tu actividad.
¿Cuándo tienen que hacer la declaración de la renta los autónomos?
La declaración de la renta de un año se presenta al año siguiente, habitualmente entre los meses de abril y junio. Pero recuerda que como autónomo, en general, también tienes que hacer pagos trimestrales para adelantar el IRPF. Se hacen con el modelo 130, o con el 131 si estás en módulos. Si un trimestre no te sale nada a pagar, tienes que presentarlo igualmente como declaración negativa. Si tu actividad es de las que Hacienda considera profesionales (no todas lo son) y el año anterior al menos el 70% de los ingresos de esa actividad llevó retención, no tienes que hacerlos (el año en que empiezas, ese 70% se calcula con los ingresos del periodo al que corresponde cada pago). Estos pagos se hacen en abril (primer trimestre), julio (segundo trimestre), octubre (tercer trimestre) y enero del año siguiente (cuarto trimestre). El plazo va siempre del día 1 al 20 de ese mes, salvo en enero, que llega hasta el día 30.
¿Qué autónomos están obligados a hacer la declaración de la renta?
Todos los que hayan estado de alta como autónomos en algún momento del año, en el RETA (el régimen de autónomos de la Seguridad Social) o en el régimen especial de los trabajadores del mar, sea cual sea lo que hayan ganado. Si cobras por una actividad sin estar de alta en ninguno de los dos (por ejemplo, porque cotizas a una mutualidad), la regla es otra. En general, tienes que declarar cuando tus ingresos de esa actividad, sumados a los del trabajo (como un sueldo), los del capital (como intereses o alquileres) y las ganancias patrimoniales (como lo que ganas al vender algo), pasan de 1.000 euros al año.
¿Qué gastos puedo deducirme como autónomo?
Si estás en estimación directa, que es el sistema general, puedes deducirte los gastos de tu actividad que puedas justificar. Los más habituales son la cuota de autónomos, el alquiler de tu oficina y la formación relacionada con tu actividad. También el material, el software y las herramientas que usas para trabajar. Lo que compras para usar varios años, como un ordenador, no se descuenta entero el año de la compra: se amortiza, es decir, se reparte en varios años según se desgasta. Si es un equipo nuevo de 300 euros o menos, puedes descontarlo entero ese año, hasta 25.000 euros en total al año. Si trabajas en tu vivienda habitual y dedicas una zona de ella solo a la actividad, puedes deducir una parte de gastos como el alquiler, el IBI o la comunidad, en proporción al tamaño de esa zona. En los suministros (luz, agua, gas, internet y teléfono) la cuenta es otra: puedes deducir el 30% de esa proporción. Por ejemplo, si la zona es el 20% de la casa, puedes deducir el 6% de las facturas de suministros. Los gastos del coche solo se deducen si lo usas exclusivamente para trabajar, salvo algunas excepciones, como los taxis o los coches de los agentes comerciales. En los viajes de trabajo puedes deducir el transporte y el alojamiento. Las comidas de trabajo se deducen si las pagas con tarjeta u otro medio electrónico en un restaurante o similar, hasta un máximo por día.

Errores comunes  

Algunos errores comunes que debes evitar son: 

  • Duplicar ingresos: Asegúrate de no ingresar dos veces los mismos ingresos. 
  • Olvidar gastos deducibles: Revisa todas tus facturas y comprobantes para no dejar fuera ningún gasto que puedas deducir. 
  • No ajustar bien las retenciones: Verifica que las retenciones aplicadas en tus facturas están correctamente reflejadas en tu declaración 

Mantener todo esto en mente puede ser un lío, pero con la ayuda de TaxDown, puedes hacer tu declaración de la renta de manera sencilla y sin errores. Prueba TaxDown aquí. 

Autor
Equipo TaxDown
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