La declaración trimestral para autónomos, todo lo que debes saber

Conoce los modelos obligatorios, plazos de presentación y cómo funcionan los pagos a cuenta de IRPF, IVA y otros impuestos.

Actualizado en:
6/2/2026
Resumiendo:
Las declaraciones trimestrales para autónomos son obligatorias y se presentan del 1 al 20 del mes siguiente a cada trimestre. Los modelos más comunes son el 130/131 (IRPF), 303 (IVA), 111 y 115 (retenciones). No presentarlas conlleva sanciones y recargos.

Ay la declaración trimestral para autónomos… ¡Qué maravilla! ¿Eres de los que cuando te dicen en tu asesoría fiscal “tienes que pagar nosecuantos” piensan: que bien, me encanta esto? Lo mismo que yo entonces…

Pero nos guste o no hay que presentarlas, no queda otra, aunque solo sea porque no hacerlo es peor… Por eso en este artículo te vamos a explicar cómo funcionan las más usuales y así te pueda servir de guía.

Contenidos:

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Qué es y para qué sirve la declaración trimestral

Las declaraciones trimestrales son aquellas que los empresarios y profesionales (y cualquier tipo de empresa en realidad) están obligados a presentar periódicamente con el fin de liquidar los impuestos que correspondan o de suministrar determinado tipo de información a Hacienda.

Algunas son el instrumento con el que se ingresan cantidades a cuenta de impuestos que se liquidan anualmente, como por ejemplo el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto de Sociedades.

Con otras se pagan los importes que se retienen a terceros, como pueden ser los trabajadores o los propietarios de locales arrendados. También están las que se utilizan para suministrar información necesaria para  la Administración  y, como no, las específicas para el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Pero no todos los autónomos están obligados a presentar las mismas declaraciones: la clase de actividad que realizas y, dentro de ella, el que lleves a cabo o no determinados tipos de operaciones es lo que va a determinar la necesidad de entregar unas u otras.

Lo que debes tener muy presente es que todas son obligatorias. Es decir, si tu actividad conlleva la obligación de presentar determinadas declaraciones tienes que cumplir con ella sí o sí y, además, dentro de los plazos que la ley establece.

Ojo con esto, porque no hacerlo implica el devengo de las sanciones, recargos e intereses que correspondan.

En qué fechas se presenta

Tal como su nombre indica, las declaraciones trimestrales abarcan un período de 3 meses y su fecha de presentación es la siguiente:

  • Primer trimestre, que comprende los meses de enero, febrero y marzo, se presenta del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre, que incluye los meses de abril, mayo y junio, se presenta del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre, que se refiere a los meses de julio, agosto y septiembre, se presenta del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre, que engloba los meses de octubre, noviembre y diciembre, se presenta del 1 al 20 (o el 30 en algunos casos) de enero del año siguiente.

En cuanto a estos plazos hay que tener en cuenta lo siguiente:

  • Si el último día del plazo es festivo se amplía al día siguiente.
  • Si se opta por domiciliar en cuenta bancaria el pago de las cantidades que resulten, el plazo de presentación termina 5 días antes de los señalados.

Como ya hemos dicho antes, la presentación de cualquier declaración fuera de las fechas establecidas (o su no presentación directamente) acarreará la liquidación de las sanciones, recargos e intereses que correspondan. 

Declaraciones trimestrales que tendrás que presentar como autónomo

Por desgracia, no es tan fácil como presentar un único modelo, por lo que vamos a explicarte de manera sencilla en qué consisten los distintos modelos trimestral que tienes que presentar:

Modelos IRPF 

Si bien el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo de carácter anual, los autónomos están obligados a presentar trimestralmente un pago a cuenta del mismo.

Por ejemplo: 

Supongamos que la suma de tus pagos a cuenta trimestrales asciende a 3.000 euros y que en junio de 2023 tu declaración de la renta presenta una cuota íntegra (después de aplicar las deducciones) de 5.000 euros a pagar. 

Como a esta cantidad habría que restar las retenciones y los pagos a cuenta, el importe que efectivamente tendrás que ingresar será 2.000 euros: 5.000 – 3.000.

Si la cuota íntegra de la declaración fuera de 1.800 euros, el resultado final sería de 1.200 euros a devolver: 1.800 – 3.000.

Y, por último, si la cuota íntegra de la declaración fuera de -400 a devolver, el resultado final sería de -3.400 euros a devolver: -400 – 3.000.

Modelo 130

Corresponde a los autónomos a los que les sea de aplicación el régimen de estimación directa.

Modelo 131

Es el que tienen que presentar los autónomos que calculen su rendimiento por el método de estimación objetiva (módulos).

Modelo 111

Retenciones a trabajadores y profesionales.

Modelo 115

Retenciones por arrendamiento de inmuebles.

Modelos IVA 

Modelo 303, Modelo 309 y Modelo 349.

Modelo 202 Impuesto de Sociedades 

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Preguntas frecuentes sobre la declaración trimestral para autónomos

Aquí te resolvemos las dudas más comunes sobre las declaraciones trimestrales que tienes que presentar como autónomo.

¿Qué es exactamente la declaración trimestral y por qué tengo que presentarla?

La declaración trimestral es un documento que debes presentar cada tres meses para liquidar impuestos o informar a Hacienda sobre tu actividad. Algunas sirven para pagar por adelantado impuestos anuales como el IRPF, otras para ingresar las retenciones que haces a trabajadores o proveedores, y otras para declarar el IVA. Son obligatorias y no presentarlas conlleva sanciones, recargos e intereses.

¿Cuándo tengo que presentar cada declaración trimestral?

Las fechas son siempre del 1 al 20 del mes siguiente al trimestre: primer trimestre (enero-marzo) se presenta del 1 al 20 de abril; segundo trimestre (abril-junio) del 1 al 20 de julio; tercer trimestre (julio-septiembre) del 1 al 20 de octubre; y cuarto trimestre (octubre-diciembre) del 1 al 20 o 30 de enero del año siguiente. Si el último día es festivo, el plazo se amplía al día siguiente. Y si domicilias el pago, el plazo termina 5 días antes.

¿Todos los autónomos tienen que presentar las mismas declaraciones?

No, depende del tipo de actividad que realices y de las operaciones que hagas. Por ejemplo, si estás en estimación directa presentarás el modelo 130, pero si estás en módulos será el 131. Si tienes trabajadores tendrás que presentar el modelo 111, y si alquilas un local el 115. Si haces operaciones con otros países de la UE necesitarás el modelo 349. Cada caso es diferente.

¿Qué es el modelo 130 y quién tiene que presentarlo?

El modelo 130 es un pago a cuenta del IRPF para autónomos en estimación directa (normal o simplificada). Con él ingresas el 20% del beneficio que has obtenido hasta el final del trimestre. Ese dinero no se pierde: se resta de lo que tengas que pagar en la declaración de la renta anual o te lo devuelven si te sale a devolver. No tienes que presentarlo si eres profesional y más del 70% de tus ingresos ya tienen retención.

¿Qué pasa si mi declaración trimestral sale negativa o a cero?

Aunque te salga negativa o a cero, tienes que presentarla igualmente. Es obligatorio. En el caso del modelo 130, si has pagado de más en trimestres anteriores o tienes pérdidas, puede que no tengas que pagar nada, pero no puedes pedir la devolución hasta la declaración de la renta anual. La presentación es obligatoria aunque no haya cantidad a ingresar.

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 303 y el modelo 349?

El modelo 303 es la declaración trimestral del IVA donde liquidas la diferencia entre el IVA que has cobrado y el que has pagado. Puede salir a pagar, a compensar o a cero. El modelo 349, en cambio, es una declaración informativa que solo presentas si has hecho operaciones de compra o venta con otros países de la Unión Europea. En el 349 solo informas de quién es tu cliente o proveedor y el importe de las operaciones.

Si tengo empleados, ¿qué modelo tengo que presentar?

Si tienes trabajadores debes presentar el modelo 111 cada trimestre. En él declaras e ingresas las retenciones de IRPF que has descontado de sus nóminas. También incluye las retenciones que hagas a profesionales o empresarios cuando les pagas sus facturas. Es una cantidad que tú retienes de su pago para ingresarla en Hacienda por cuenta de ellos.

¿Puedo domiciliar el pago de mis declaraciones trimestrales?

Sí, puedes domiciliar el pago en tu cuenta bancaria, pero ten en cuenta que si lo haces el plazo de presentación se reduce 5 días. Es decir, en lugar de tener hasta el día 20, tendrás que presentarla antes del día 15. Es importante que lo tengas en cuenta para no presentarla fuera de plazo y evitar sanciones.

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Autor
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