Llegó la hora de volver al cole y estrenar el nuevo material escolar. Y sabemos que el mejor momento de la vuelta siempre ha sido sacar ese estuche nuevo que tantas ganas tienes de estrenar, con tus lápices de colores, rotuladores, cuadernos, etc. Pero también hay que decir que todas esas compras suponen muchos gastos. Según la OCU, las familias españolas nos gastamos de media casi 1.900€ por hijo en gastos por material escolar. Pero, ¿sabías que existen deducciones de gastos educativos en Madrid?
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Dependiendo del tipo de gasto, los porcentajes varían, pudiéndote deducir lo siguiente:
Hay que tener en cuenta también que la cantidad a deducir no podrá exceder de:
¡Muy importante! Para poder aplicar esta deducción habrá que guardar los tickets, ya que serán los justificantes que acrediten el pago. Sin ellos, no podremos aplicar la deducción.
Hay tres tipos de gastos que puedes deducirte:
¡Y recuerda! Si has obtenido una beca o una ayuda por parte de la Comunidad de Madrid o cualquier otra administración pública, que cubra todos o parte de los gastos, la deducción podrá ser menor.
Y si tu hija o hijo está en el primer ciclo de Educación Infantil, la base de la deducción es la cantidad del concepto de escolaridad que no se abone mediante precios públicos o privados que sean aprobados por la Administración.
Es importante saber que para poder tener derecho a esta deducción, la suma de la base imponible general y la del ahorro no debe superar el resultado de multiplicar 30.000 por el número de miembros de la unidad familiar.
¿Cómo se calcular la base imponible? Normalmente, para calcular la base imponible de manera muy general, hay que restar al total de tus ingresos unos 4.000€ aproximadamente. Sabemos que esto puede sonar muy complicado, por eso te vamos a poner un ejemplo: Una familia compuesta por un padre y una madre con tres hijos. Ninguno de los hijos trabaja. El padre gana 33.000€ y la madre 35.000€. De tal forma que, la base imponible del padre sería de 29.000€ y la de la madre 31.000€, cuya suma es de 60.000€.
Si se multiplican los 30.000€ del principio por 5 (los miembros de la unidad familiar), da un total de 150.000€, por lo que las bases imponibles 60.000€, son inferiores al límite establecido, 150.000€, con lo que sí se podría aplicar la deducción.
Además de ello, solo tienen derecho aquellos padres que convivan con sus hijos escolarizados. Si viven con ambos padres, el importe se prorratea por partes iguales en la declaración de cada uno si la hacen por separado.
Resolvemos las dudas más comunes sobre cómo ahorrar en tu declaración de la renta gracias a los gastos escolares de tus hijos en la Comunidad de Madrid.
No, los libros de texto y el material escolar como cuadernos, lápices o mochilas no están incluidos en esta deducción. Solo puedes deducirte los gastos de escolaridad (matrículas en centros privados no concertados), vestuario escolar obligatorio (uniformes) y enseñanza de idiomas. Tampoco entran el comedor ni el transporte escolar.
Depende del tipo de gastos que tengas. Si solo te deduces idiomas y vestuario, el límite es de 412,40€ por hijo. Si además incluyes gastos de escolaridad, el límite sube a 927,90€. Y si tu hijo está en el primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años), el límite máximo es de 1.000€ por hijo.
En los centros públicos y concertados la enseñanza es gratuita, por lo que no podrás deducirte gastos de escolaridad. Sin embargo, sí puedes aplicar la deducción por vestuario escolar (si el centro exige uniforme) y por enseñanza de idiomas, siempre que sean actividades extraescolares o en centros oficiales de idiomas.
Sí, es imprescindible. Para poder aplicarte esta deducción en tu declaración de la renta, debes conservar todos los justificantes de pago: facturas, recibos o tickets. Sin ellos, Hacienda no te permitirá deducirte estos gastos, así que guárdalos bien durante todo el año.
Sí, pero la deducción será menor. Si has recibido una beca o ayuda de la Comunidad de Madrid o de cualquier otra administración pública que cubra parte de los gastos educativos, solo podrás deducirte la cantidad que hayas pagado de tu bolsillo, es decir, la parte no cubierta por la ayuda.
Sí. Para tener derecho a esta deducción, la suma de tu base imponible general y del ahorro no puede superar 30.000€ multiplicado por el número de miembros de tu unidad familiar. Por ejemplo, si sois 4 en casa, el límite sería de 120.000€. Si superáis este límite, no podréis aplicar la deducción.
Sabemos que todo esto puede parecer un poco complicado, por ello, en TaxDown te ayudamos a aplicarte de forma automática aquellas deducciones a la que tienes derecho. Así no tendrás que calcular porcentajes ni límites fijados. Calcular tu resultado es totalmente gratuito, así puedes ver si mejora con nosotros o no. ¡Te esperamos!
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