Cómo funciona la reducción del IRPF para artistas

Descubre cómo las nuevas retenciones del 2% y 7% benefician a músicos, actores, pintores y bailarines con ingresos menores a 15.000 euros.

Actualizado en:
6/2/26
Resumiendo:
Las retenciones del IRPF para artistas han bajado en 2024: 2% para relaciones laborales especiales y 7% para autónomos con ingresos menores a 15.000€. Aplica a músicos, actores, pintores y más profesionales del sector cultural.

Una noticia resuena como un acorde perfecto entre los artistas de España: la reducción del IRPF para artistas en 2025. Gracias al Estatuto del Artista, se ha conseguido una gran mejora en las retenciones fiscales, afinando las cargas tributarias de quienes dan vida a la cultura y el entretenimiento. Pero, ¿cómo se traduce esto en la práctica? Acompáñanos en este recorrido por las notas clave de esta mejora fiscal para el gremio.

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Cómo funcionan las retenciones del IRPF para artistas

Para entender la partitura fiscal de 2025, es esencial comprender qué son las retenciones del IRPF y cómo afectan a los artistas. Imagina que las retenciones son como un anticipo que el Estado recoge sobre tus ingresos futuros. Hasta ahora, este «anticipo» era del 15% tanto para artistas en relación laboral especial como para aquellos autónomos con ingresos modestos.

Sin embargo, el compás ha cambiado: ahora, el tipo mínimo de retención se reduce al 2% para los primeros y al 7% para los segundos, siempre que sus rendimientos no superen los 15.000 euros. Esta medida pone más notas en tu bolsillo al final del mes.

A qué tipo de artistas aplica

Esta sinfonía fiscal no distingue entre géneros: actores, músicos, bailarines, y técnicos de escena, todos están invitados a este concierto de beneficios. Si tu arte te lleva a los escenarios, estudios de grabación o sets de filmación, y cumples con los requisitos de ingresos, esta reducción es para ti. Es una invitación abierta a todos aquellos que hacen vibrar el alma de la cultura con su talento.

Pero más concretamente, podrán aplicar esta reducción en el IRPF los artistas que estén dados de alta en los siguientes IAE:

  • Representantes técnicos del espectáculo y apoderados y representantes taurinos, que hacen posible que la magia llegue al público, clasificados respectivamente en los grupos 851 y 852 de la sección segunda del IAE.
  • Agentes de colocación de artistas, esenciales en el engranaje cultural, pertenecientes al grupo 853 de la sección segunda del IAE.
  • Pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores y artistas similares, junto con restauradores de obras de arte, quienes con sus manos crean y preservan la belleza, encuadrados en los grupos 861 y 862 de la sección segunda del IAE.
  • Aquellos dedicados a otras profesiones relacionadas con las actividades artísticas y culturales, englobados en el grupo 869 de la sección segunda del IAE.
  • Y no se olvida a los artistas del cine, teatro, circo, baile y música, quienes encuentran su lugar en los grupos 01, 02 y 03 de la sección tercera del IAE, respectivamente.
Dicen que el IRPF para artistas ha bajado tanto que ahora, en vez de pagar a Hacienda, los artistas solo tienen que enviar un dibujo de su declaración. ¡Eso sí que es pagar con arte!
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Preguntas frecuentes sobre la reducción del IRPF para artistas

Resolvemos las dudas más comunes sobre los cambios fiscales que benefician a los profesionales del sector artístico y cultural en 2024.

¿Cuánto han bajado las retenciones del IRPF para artistas en 2024?

Las retenciones han experimentado una reducción significativa: para artistas con relación laboral especial han pasado del 15% al 2%, y para autónomos con ingresos inferiores a 15.000 euros han bajado del 15% al 7%. Esto significa que tendrás más dinero disponible cada mes, ya que te retendrán menos en origen.

¿Qué requisitos debo cumplir como artista autónomo para beneficiarme de esta reducción?

Para acceder a la retención del 7%, debes cumplir dos condiciones: que tus ingresos por actividades artísticas no hayan superado los 15.000 euros en el año anterior, y que estos ingresos representen más del 75% de tus ingresos totales. Es decir, tu actividad artística debe ser tu principal fuente de ingresos.

¿A qué profesionales artísticos se aplica esta medida?

La reducción beneficia a una amplia variedad de profesionales: actores, músicos, bailarines, técnicos de espectáculos, pintores, escultores, ceramistas, restauradores de obras de arte, agentes de colocación de artistas, representantes técnicos del espectáculo y otros profesionales relacionados con actividades artísticas y culturales. Si estás dado de alta en los grupos IAE correspondientes (851, 852, 853, 861, 862, 869 de la sección segunda, o 01, 02, 03 de la sección tercera), esta medida es para ti.

¿Tengo que hacer algo especial para aplicar esta reducción si soy asalariado con relación laboral especial?

No, si eres artista asalariado bajo una relación laboral especial, la reducción al 2% se aplica directamente sin necesidad de trámites adicionales por tu parte. Tu empleador o pagador será quien aplique automáticamente el nuevo tipo de retención.

Cuáles son los requisitos

Para afinar tu situación fiscal y acceder a esta reducción, debes cumplir con una serie de requisitos:

  • Primero, si eres un artista asalariado bajo una relación laboral especial, la melodía es más sencilla: la reducción se aplica directamente.
  • Para los autónomos, se requiere que tus ingresos por actividades artísticas no hayan superado los 15.000 euros en el año anterior y que estos constituyan más del 75% de tus ingresos totales.

La reducción del IRPF para artistas en 2025 es más que una medida fiscal; es un reconocimiento a la importancia del arte y la cultura. Con estas nuevas medidas, el Gobierno no solo alivia la carga tributaria de los artistas sino que también afina la protección social del sector, permitiendo que la creatividad y la pasión sigan siendo el corazón vibrante de nuestra sociedad. Así que, tú, artista, sigue creando, inspirando y emocionando al mundo con tu arte. El escenario fiscal ahora tiene una mejor iluminación para que tu talento brille aún más.

Autor
Equipo TaxDown
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