Si planeas estar fuera de tu domicilio habitual el próximo 23 de julio, día de las elecciones generales en España, no tienes que perderte la oportunidad de ejercer tu derecho al voto.
El voto por correo para las elecciones es una opción segura y fácil de utilizar. Te explicamos cómo hacerlo y cómo podemos ayudarte.
Podrás solicitar el voto por correo desde el día en que se publicó el real decreto que convocó las elecciones. Conforme al artículo 72 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, la solicitud puede presentarse ante cualquier oficina de Correos a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el décimo día anterior al de la votación, según recoge la Oficina del Censo Electoral.
Solicitar el voto por correo es un proceso simple que puedes realizar desde cualquier oficina de Correos o de forma telemática en la web de Correos. Aquí te dejamos cada paso que debes seguir:
Puedes hacerlo en las oficinas de Correos o presentar vía web la solicitud de voto por correo con el DNI electrónico o un certificado digital válido.
En el impreso, debes indicar a qué dirección quieres que se envíe la documentación electoral. Esta puede ser tu domicilio, tu lugar de trabajo o un apartado postal.
La Oficina del Censo Electoral te enviará la documentación necesaria por correo certificado a la dirección indicada a partir del 3 de julio.
Una vez que hayas recibido la documentación, elige la papeleta de votación e intróducela en el sobre de votación. Luego, introduce el sobre de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre en el que está escrita la dirección de tu mesa electoral.
Lleva este sobre a una oficina de Correos, identifícate con el DNI o un documento análogo, y envíalo por correo certificado gratuito antes del 20 de julio. El artículo 73.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que el envío debe hacerse en todo caso antes del tercer día previo al de la votación y que este sobre no necesita franqueo, tal y como detalla la Oficina del Censo Electoral.
Si te encuentras de forma temporal o de vacaciones en el extranjero, puedes solicitar tu voto por correo hasta el 29 de junio. Solo necesitas cumplimentar el impreso de solicitud en el consulado o embajada del país donde te encuentres y estar inscrito en el registro de matrícula consular como no residente.
La documentación electoral se enviará a la dirección que indiques en la solicitud a partir del 3 de julio y deberás remitir tu voto por correo certificado no más tarde del día 20 de julio.
Asi que ya sabes. Solicita tu voto por correo para ejercer tu derecho y si necesitas ayuda o tienes dudas, pregúntanos sin compromiso. En TaxDown estamos para hacerte todos los trámites administrativos fáciles, para que así te centres en lo verdaderamente importante: ¡disfrutar!
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