Deducciones de gastos de guarderías para padres en 2025 / 2026

Descubre cómo deducir hasta 1.000€ en tu declaración por los gastos de guardería y qué requisitos necesitas cumplir para beneficiarte.

Actualizado en:
6/2/26
Resumiendo:
Las deducciones por gastos de guardería te permiten deducir hasta 1.000€ adicionales a la deducción por maternidad. Descubre los requisitos, cómo calcular tu deducción y las ayudas autonómicas disponibles en cada comunidad.

Tener un hijo/a es una gran aventura que te llenará de alegrías, sorpresas, disgustos y alguna que otra ventaja fiscal, ¡como las deducciones de gastos de guarderías!

No pierdas detalle de cómo se hace porque si hay algo que sorprende durante los primeros meses como madre o padre, es saber los abusivos precios de las guarderías. Menos mal que podrás incorporarlos en tu declaración para pagar un poquito menos de IRPF.  

Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

En qué consiste esta deducción

Antes de comenzar a hablar de ello en profundidad, vamos a ponernos puristas para que se note que se nos dan bien los temas fiscales, que por eso nos dedicamos a ello. Y es que hay que aclarar que NO existe una deducción de gasto por la guardería. No, no, no. Para ser más exactos en términos fiscales, de lo que estamos hablando es de un incremento de la deducción por maternidad por gastos de guardería o centros de educación infantil.  

O dicho en estas palabras: es una prestación adicional a la deducción por maternidad y te permite deducir hasta 1.000€ en tu declaración de la renta. Ni tan mal.  

Si sumas la deducción por maternidad y estas deducciones por gastos de guardería adicionales, podrás deducirte… ¡hasta 2.200€! Esta cifra no te sacará de pobre ni tampoco evitará que cambies cinco pañales al día, pero al menos sí te dará una alegría cuando hagas tu declaración de la renta. 

Además, hay que distinguir entre la deducción de gasto de guardería de ámbito estatal y de ámbito autonómico. Son totalmente complementarias y podrás acogerte a ambas si reúnes los requisitos. 

Toda la información que vamos a mostrarte a continuación está relacionada con las deducciones de gastos de guarderías de ámbito estatal, aunque al final del artículo te mostraremos las cantidades que recibirías con las autonómicas. 

Requisitos para pedirla

¿Qué se necesita para acogerte a las deducciones de gastos de la guardería de tus hijos/as? Son fundamentalmente cinco. Toma nota: 

  1. Ser mujer y tener un hijo/a menor de tres años: Si eres padre, solo puedes acceder a ella en determinados casos muy concretos que te contamos más abajo.
  2. Tener derecho a la deducción por maternidad:Si quieres más información, puedes echar un ojo a este artículo donde te contamos todo sobre esta deducción. Y si no quieres, te vamos a contar de manera resumida los requisitos para acceder a esta deducción: eres madre trabajadora, o has estado dada de alta en la Seguridad Social o Mutualidad al menos 30 días desde que nació el niño.
  3. Estar empleada por cuenta ajena o cuenta propia: Si estás en paro, solo tendrás derecho a esta deducción por el año 2023, año en el que cambiaron los requisitos.
  4. Estar dada de alta en la Seguridad Social: O, si eres trabajadora por cuenta propia, estar dada de alta en tu mutualidad correspondiente.  
  5. Haber dado de alta al hijo/a en una guardería o centro de educación infantil: Es una obviedad, porque si estamos hablando de deducción de gastos por guardería… ¡tendrás que haber llevado a tu hijo/a a la guarde! Antes, solo podías beneficiarte si eran centros autorizados. ¡Pero ya no! Ahora el Tribunal Supremo ha dicho que esto no es así y podrán deducirse en el IRPF todas las guarderías y centros de educación infantil. (Siempre y cuando sean legales, ejem). Y otro dato importante: estos gastos tienen que producirse por meses completos y no tienen que tener la consideración de rendimientos del trabajo en especie. Esto último es importante para tenerlo en cuenta, ya que muchas empresas ofrecen a sus empleados la posibilidad de pagar la guardería a modo de retribución flexible.  

Cómo saber cuánto te puedes deducir

Si eres un lector o lectora perspicaz, te habrás fijado que a lo largo del artículo hemos escrito siempre la frase puedes deducirte HASTA 1.000€”. Ese ‘hasta’ que se utiliza muchas veces de forma maliciosa en publicidad es la clave, porque no siempre podrás deducirte el máximo.  

Entonces, ¿cómo sabes la cantidad que puedes deducirte? Pues depende de lo que hayas pagado por la guardería y el número de meses que haya estado el niño/a matriculado. Son 83,33€ por mes matriculado. Y a esa cifra total tendrás que restarle las ayudas autonómicas, las posibles subvenciones o el llamado cheque guardería de las empresas. 

Por otra parte, los gastos que te puedes desgravar son tres: matrícula, asistencia y comedor. 

¡Ah! Nota importante: si solo has pagado medio mes… ¡esa cifra no contará para el total!  

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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Cómo solicitar la deducción de guarderías

Ojalá pudieras solicitarla en cualquier momento… ¡pero no! Solo puedes pedirla a la hora de hacer la declaración de la renta y rellenando su casilla correspondiente.  

Una vez rellenes los datos correspondientes, Hacienda los cruzará con los de la guardería de tu hijo/a para comprobar que todo es correcto. 

Lo más importante para solicitar la deducción de guarderías es asegurarte de que el centro infantil rellena el modelo 233. La fecha tope para hacerlo suele ser finales de enero principios de febrero.  

Preguntas frecuentes sobre las deducciones por gastos de guardería

Sabemos que el tema de las deducciones fiscales puede generar dudas. Aquí te resolvemos las preguntas más comunes sobre cómo deducirte los gastos de guardería en tu declaración de la renta.

¿Cuánto dinero puedo deducirme por llevar a mi hijo a la guardería?

Puedes deducirte hasta 1.000€ al año por gastos de guardería, que se suman a los 1.200€ de la deducción por maternidad, llegando a un total de hasta 2.200€. La cantidad exacta depende de lo que hayas pagado: son 83,33€ por cada mes completo que tu hijo haya estado matriculado. Recuerda que debes restar las ayudas o subvenciones que hayas recibido, como el cheque guardería de tu empresa.

¿Quién puede solicitar esta deducción, la madre o el padre?

Esta deducción está vinculada a la deducción por maternidad, por lo que normalmente solo puede solicitarla la madre. El padre únicamente podrá acceder a ella en casos muy específicos: si la madre ha fallecido o si tiene la custodia exclusiva del hijo. Si quieres conocer otras deducciones disponibles para padres, te recomendamos informarte sobre las deducciones por paternidad.

¿Qué gastos de la guardería puedo incluir en la deducción?

Puedes deducirte tres tipos de gastos: la matrícula, la asistencia y el comedor. Eso sí, estos gastos deben corresponder a meses completos de guardería. Si solo has pagado medio mes, esa cantidad no contará para el cálculo total de la deducción.

¿Todas las guarderías valen para esta deducción?

Sí, gracias a una reciente sentencia del Tribunal Supremo, ahora puedes deducirte los gastos de cualquier guardería o centro de educación infantil legal, no solo de los centros autorizados como ocurría antes. Lo importante es que sea un centro legal y que tu hijo esté matriculado por meses completos.

¿Cómo afecta el cheque guardería de mi empresa a la deducción?

Si tu empresa te ofrece el cheque guardería como retribución flexible (salario en especie), Hacienda lo considera una especie de subvención. Esto significa que esa cantidad que te paga la empresa no cuenta para calcular el total de gastos deducibles. Sin embargo, el resto de lo que pagues de tu bolsillo sí podrás incluirlo en la deducción.

¿Cuándo y cómo puedo solicitar esta deducción?

Solo puedes solicitar esta deducción al hacer tu declaración de la renta, entre abril y junio de cada año. No es posible pedirla por adelantado. Tendrás que rellenar la casilla correspondiente en tu declaración, y Hacienda cruzará los datos con los de la guardería para verificar que todo es correcto. Es importante que te asegures de que el centro infantil ha presentado el modelo 233 a Hacienda.

¿Puedo combinar la deducción estatal con las autonómicas?

¡Sí! Las deducciones estatales y autonómicas son totalmente compatibles. Si cumples los requisitos de ambas, podrás beneficiarte de las dos. Las cantidades varían según la comunidad autónoma: desde 250€ en Andalucía o Aragón hasta 1.000€ en Murcia. Consulta la tabla de deducciones autonómicas para saber cuánto te corresponde según tu lugar de residencia.

¿Qué requisitos debo cumplir para acceder a esta deducción?

Los requisitos principales son: ser mujer con un hijo menor de 3 años, tener derecho a la deducción por maternidad, estar trabajando por cuenta ajena o propia, estar dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad, y haber matriculado a tu hijo en una guardería o centro de educación infantil por meses completos. Además, estos gastos no deben considerarse rendimientos del trabajo en especie.

Preguntas frecuentes

¿Hay algo que no te cuadra? Estas preguntas frecuentes pueden ayudarte a verlo todo más claro.

Cheques guardería, ¿Cómo funcionan?

Antes de nada, ¿qué es el cheque guardería? Se conoce como el salario en especie que la empresa otorga al empleado y cuya cifra está exenta de pagar IRPF. Hay muchas personas que eligen esta retribución flexible en lugar del abono de transporte o los tickets restaurante. Si tú has elegido el cheque guardería como retribución flexible, tienes que tener en cuenta que Hacienda lo considera como una especie de subvención. ¿Y eso qué quiere decir? Pues que esa cantidad que te dan no te cuenta para hacer el cálculo del total gastado. El resto de lo que pagas (que probablemente seguirá siendo mucho), sí que podrás contabilizarlo para acogerte a la deducción.  

¿Cuándo se cobra?

Como ya hemos mencionado con anterioridad, la única manera de acogerte a esta deducción es haciendo la declaración de la renta, cuyo periodo suele ir desde abril hasta junio de cada año. Lamentablemente, no puedes solicitar el pago de esta deducción por adelantado. ¡Ohhh! Bueno, no todo pueden ser buenas noticias. 
Si tu declaración te sale a devolver (¡suerte con ello!), lo más probable es que recibas el ingreso 6 meses después de presentar tu declaración. Pero esto es orientativo. Con Hacienda nunca se sabe y a veces te paga pronto, algunas veces te paga tarde y otras te paga MUY tarde.  

¿Tiene que hacer algo la guardería?

Tienes que aplicarlo tú en tu declaración de la renta. Para ello, tendrás que aplicarte la deducción por maternidad más este incremento. Antes, la guardería tiene que rellenar y enviar a Hacienda el modelo 233, que es el modelo que tienen que presentar los centros autorizados con los datos personales de la madre, del padre y del hijo/a, etc. Pero ahora, como se amplía a todos los centros, podrás solicitarlo en tu renta, y además, modificar las declaraciones anteriores de hasta 4 años atrás e incluirte este incremento.

¿Puede deducirlo el padre?

La deducción por maternidad siempre va destinada a la madre. El padre solo puede acceder a estas ayudas si la madre ha fallecido o si la custodia del hijo/a la tiene en padre en exclusiva. Si quieres saber más sobre las posibles deducciones por paternidad, te recomendamos leer este artículo. 
En el caso de la deducción estatal por gastos de guardería, pasa lo mismo. El padre solo puede aplicársela si ha beneficiado de la deducción por maternidad. En caso contrario, no podrá deducirse estos gastos.

Deducciones autonómicas

Todo lo que te hemos contado hasta ahora está relacionado con las deducciones de gastos de guardería de ámbito estatal. Pero, ¿qué pasa con las comunidades autónomas? Pues que también hay algunas a las que puedes acogerte.  

Como somos tan majos, vamos a ponerte un listado con cada una para que sepas la cantidad exacta: 

Comunidad autónomaCantidad máxima
Andalucía 250€ 
Aragón 250€  
Asturias 330€  660€ en zona con riesgo de despoblación 
Baleares 600€ 
Canarias 400€ 
Cantabria 600€ 
Castilla-La Mancha 250€ hijos menos de 3 años  125€ hijos con 3 años 
Castilla y León322€ 
Extremadura 400€ 
Galicia 400€ un hijo  600€ dos o más hijos 
Madrid 400€  500€ familia numerosa 
Murcia 1.000€ 
La Rioja 600€ 
Comunidad Valenciana 270€ 

Recuerda que puedes aplicarte la deducción por gastos de guardería, tanto de ámbito estatal como autonómico, de manera manual a través de Renta Web; o, si decides hacer la declaración de la renta con TaxDown, nosotros te la aplicamos de forma automática. 

Autor
Equipo TaxDown
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