Deducciones de gastos de guarderías para padres en 2025 / 2026

Descubre cómo deducir hasta 1.000€ en tu declaración por los gastos de guardería y qué requisitos necesitas cumplir para beneficiarte.

Actualizado en:
11/6/2026
Resumiendo:
Las deducciones por gastos de guardería te permiten deducir hasta 1.000€ adicionales a la deducción por maternidad. Descubre los requisitos, cómo calcular tu deducción y las ayudas autonómicas disponibles en cada comunidad.

Tener un hijo/a es una gran aventura que te llenará de alegrías, sorpresas, disgustos y alguna que otra ventaja fiscal, ¡como las deducciones de gastos de guarderías!

No pierdas detalle de cómo se hace porque si hay algo que sorprende durante los primeros meses como madre o padre, es saber los abusivos precios de las guarderías. Menos mal que podrás incorporarlos en tu declaración para pagar un poquito menos de IRPF.  

Contenidos:

En qué consiste esta deducción

Antes de comenzar a hablar de ello en profundidad, vamos a ponernos puristas para que se note que se nos dan bien los temas fiscales, que por eso nos dedicamos a ello. Y es que hay que aclarar que NO existe una deducción de gasto por la guardería. No, no, no. Para ser más exactos en términos fiscales, de lo que estamos hablando es de un incremento de la deducción por maternidad por gastos de guardería o centros de educación infantil.  

O dicho en estas palabras: es una prestación adicional a la deducción por maternidad y te permite deducir hasta 1.000€ en tu declaración de la renta. Ni tan mal. Así lo confirma la Agencia Tributaria.  

Si sumas la deducción por maternidad y estas deducciones por gastos de guardería adicionales, podrás deducirte… ¡hasta 2.200€! (1.200€ de la deducción por maternidad más 1.000€ del incremento por gastos de guardería, según la Agencia Tributaria). Esta cifra no te sacará de pobre ni tampoco evitará que cambies cinco pañales al día, pero al menos sí te dará una alegría cuando hagas tu declaración de la renta. 

Además, hay que distinguir entre la deducción de gasto de guardería de ámbito estatal y de ámbito autonómico. Son totalmente complementarias y podrás acogerte a ambas si reúnes los requisitos. 

Toda la información que vamos a mostrarte a continuación está relacionada con las deducciones de gastos de guarderías de ámbito estatal, aunque al final del artículo te mostraremos las cantidades que recibirías con las autonómicas. 

Requisitos para pedirla

¿Qué se necesita para acogerte a las deducciones de gastos de la guardería de tus hijos/as? Son fundamentalmente cinco. Toma nota: 

  1. Ser mujer y tener un hijo/a menor de tres años: Si eres padre, solo puedes acceder a ella en determinados casos muy concretos que te contamos más abajo.
  2. Tener derecho a la deducción por maternidad:Si quieres más información, puedes echar un ojo a este artículo donde te contamos todo sobre esta deducción. Y si no quieres, te vamos a contar de manera resumida los requisitos para acceder a esta deducción: eres madre trabajadora, o has estado dada de alta en la Seguridad Social o Mutualidad al menos 30 días desde que nació el niño.
  3. Estar empleada por cuenta ajena o cuenta propia: Si estás en paro, solo tendrás derecho a esta deducción por el año 2023, año en el que cambiaron los requisitos.
  4. Estar dada de alta en la Seguridad Social: O, si eres trabajadora por cuenta propia, estar dada de alta en tu mutualidad correspondiente.  
  5. Haber dado de alta al hijo/a en una guardería o centro de educación infantil: Es una obviedad, porque si estamos hablando de deducción de gastos por guardería… ¡tendrás que haber llevado a tu hijo/a a la guarde! Antes, solo podías beneficiarte si eran centros autorizados. ¡Pero ya no! Ahora el Tribunal Supremo ha dicho que esto no es así y podrán deducirse en el IRPF todas las guarderías y centros de educación infantil. (Siempre y cuando sean legales, ejem). Y otro dato importante: estos gastos tienen que producirse por meses completos y no tienen que tener la consideración de rendimientos del trabajo en especie. Puedes consultar todos los requisitos y condiciones en el manual de la Agencia Tributaria. Esto último es importante para tenerlo en cuenta, ya que muchas empresas ofrecen a sus empleados la posibilidad de pagar la guardería a modo de retribución flexible.  

Cómo saber cuánto te puedes deducir

Si eres un lector o lectora perspicaz, te habrás fijado que a lo largo del artículo hemos escrito siempre la frase puedes deducirte HASTA 1.000€”. Ese ‘hasta’ que se utiliza muchas veces de forma maliciosa en publicidad es la clave, porque no siempre podrás deducirte el máximo.  

Entonces, ¿cómo sabes la cantidad que puedes deducirte? Pues depende de lo que hayas pagado por la guardería y el número de meses que haya estado el niño/a matriculado. Son 83,33€ por mes matriculado, según el límite que establece la Agencia Tributaria. Y a esa cifra total tendrás que restarle las ayudas autonómicas, las posibles subvenciones o el llamado cheque guardería de las empresas. 

Por otra parte, los gastos que te puedes desgravar son tres: matrícula, asistencia y comedor. 

¡Ah! Nota importante: si solo has pagado medio mes… ¡esa cifra no contará para el total!  

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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Cómo solicitar la deducción de guarderías

Ojalá pudieras solicitarla en cualquier momento… ¡pero no! Solo puedes pedirla a la hora de hacer la declaración de la renta y rellenando su casilla correspondiente.  

Una vez rellenes los datos correspondientes, Hacienda los cruzará con los de la guardería de tu hijo/a para comprobar que todo es correcto. 

Lo más importante para solicitar la deducción de guarderías es asegurarte de que el centro infantil rellena el modelo 233. La fecha tope para hacerlo suele ser finales de enero principios de febrero, según los plazos de presentación de la Agencia Tributaria.  

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero puedo deducirme por llevar a mi hijo a la guardería?
Puedes deducirte hasta 1.000€ al año por gastos de guardería, que se suman a los 1.200€ de la deducción por maternidad, llegando a un total de hasta 2.200€. La cantidad exacta depende de lo que hayas pagado: son 83,33€ por cada mes completo que tu hijo haya estado matriculado. Recuerda que debes restar las ayudas o subvenciones que hayas recibido, como el cheque guardería de tu empresa.
¿Quién puede solicitar esta deducción, la madre o el padre?
Esta deducción está vinculada a la deducción por maternidad, por lo que normalmente solo puede solicitarla la madre. El padre únicamente podrá acceder a ella en casos muy específicos: si la madre ha fallecido o si tiene la custodia exclusiva del hijo. Si quieres conocer otras deducciones disponibles para padres, te recomendamos informarte sobre las deducciones por paternidad.
¿Qué gastos de la guardería puedo incluir en la deducción?
Puedes deducirte tres tipos de gastos: la matrícula, la asistencia y el comedor. Eso sí, estos gastos deben corresponder a meses completos de guardería. Si solo has pagado medio mes, esa cantidad no contará para el cálculo total de la deducción.
¿Todas las guarderías valen para esta deducción?
Sí, gracias a una reciente sentencia del Tribunal Supremo, ahora puedes deducirte los gastos de cualquier guardería o centro de educación infantil legal, no solo de los centros autorizados como ocurría antes. Lo importante es que sea un centro legal y que tu hijo esté matriculado por meses completos.

Recuerda que puedes aplicarte la deducción por gastos de guardería, tanto de ámbito estatal como autonómico, de manera manual a través de Renta Web; o, si decides hacer la declaración de la renta con TaxDown, nosotros te la aplicamos de forma automática.

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