¿Qué pasa si presentas la declaración fuera de plazo?

Publicado el 25/06/2024 por
Juncal De Haro
Categoría
Declaración de la Renta
Contenidos:

Resumiendo, que es gerundio

Presentar la declaración de la renta fuera de plazo conlleva recargos y posibles sanciones. Si la declaración sale a pagar y no hay requerimiento de Hacienda, se aplican recargos del 1% al 20% según el retraso. Si hay requerimiento, las sanciones pueden variar del 50% al 150%. Si la declaración sale a devolver, la multa es de 100€ sin requerimiento y 200€ con requerimiento.

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¿Alguna vez te has preguntado qué ocurre al presentar la declaración de la renta fuera de plazo? Pues en este artículo de nuestro blog te lo explicamos, repasamos las fechas y qué consecuencias hay.

¿Cuál es la fecha límite para presentarla?

La última fecha para presentar la declaración de la renta es el 1 de Julio de 2024. Pero tendremos que tener en cuenta que, el 27 de junio es el último día para presentar aquellas declaraciones que hayan salido a ingresar y que quieran domiciliar el pago.

¿Se puede presentar fuera de plazo?

La respuesta es sí. La Administración permite hacer la declaración fuera de plazo, aunque esto conlleva una serie de consecuencias. Veámoslas a continuación:

Qué ocurre si se te pasa la fecha y tienes que presentar fuera de plazo

Si te has pasado de plazo a la hora de presentar la declaración, Hacienda puede llegar a sancionarte aplicando un recargo. El tipo de sanción puede variar según el resultado de tu declaración o si ha habido un requerimiento.
Si el resultado obtenido es a ingresar y no hay ningún requerimiento por parte de Hacienda:

Si tu declaración ha salido a pagar, te has pasado de plazo, y la Administración todavía no te lo ha comunicado, la mejor opción es que la presentes tú cuanto antes, aunque ya te hayas pasado de fecha. En estos casos habrá un recargo, pero no una sanción. Y te preguntarás, ¿qué es un recargo? Pues es un porcentaje adicional que varía en función del tiempo que haya pasado sin haber presentado la renta, y de la cifra que sale a pagar.

Este recargo será mayor cuanto más tiempo se tarde en presentar. De tal modo que, si se envía en el mes de julio, se cargará un interés del 1%, en agosto del 2%… y así sucesivamente mes a mes, con lo que es importante dejarla hecha lo antes posible para que el interés no siga creciendo.


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En el caso de tener un resultado a ingresar, y sí tenemos un requerimiento de Hacienda

En este caso la sanción es mucho mayor, pues Hacienda es la que te devuelve dinero y además te reclama que presentes la declaración. El recargo variará entre el 50% y el 150% de la cifra a pagar, dependiendo de la gravedad de la situación. Podremos reducir la sanción un 30% si aceptamos y no recurrimos (esto se conoce como “reducción por conformidad”), y un 25% si pagamos dentro del llamado periodo voluntario que nos indique la notificación emitida por la Administración (conocida como “reducción por pago”).

Reloj señalando que es hora de hacer la declaración de la renta, evitando que tengas que presentarla fuera de plazo

Si el resultado nos sale a devolver y no tenemos requerimiento de Hacienda

En estos casos, el contribuyente está sancionado con una multa de 100€. Estas situaciones se dan en muchas personas que pensaban que no estaban obligados a hacer la renta y realmente tenían que presentarla. Y aunque Hacienda no salga mal parada en esta ocasión, ya que se está librando de un pago, tendremos que pagar dicha sanción.

Cuando tenemos un resultado a devolver con un requerimiento de Hacienda

Aunque parezca raro, sí, Hacienda te pide que hagas la renta aunque salga a devolver. Lo importante es tu obligación de presentar tu declaración a tiempo. Y mucho cuidado, porque la sanción es de 200€. Mucho ojo porque lo que te ha podido salir a devolver, si es menos de 200€, te puede acabar saliendo a pagar.

Si presentamos la renta en plazo, pero no tenemos dinero para pagar

Si es 1 de julio o 5 de noviembre y no hay dinero en la cuenta para pagarle a Hacienda, se cargarán los siguientes recargos:

  • 5% sobre la cifra si lo ingresas en Hacienda antes de que requiera.
  • 10% sobre la cifra si Hacienda requiere, y se paga en el plazo que establezca.
  • 20% sobre la cifra si Hacienda requiere, y no se efectúa el pago en el plazo que establezca. En este caso, habrá un interés de demora del 3,75% sobre la cantidad que no se ha pagado.

Cómo pagar el segundo plazo de la renta fuera de plazo

Debes saber que la fecha es el 5 de noviembre para pagar el segundo plazo de la renta. ¿Pero qué pasa si no he pagado el segundo plazo? La respuesta es que tendremos que liquidar la deuda lo antes posibles.

Si a la hora de hacer la declaración queremos aplazar el segundo pago, tendremos que solicitar un aplazamiento. En caso de no haberlo solicitado en el momento, no podremos aplazar el pago posteriormente. Para ello, debes seguir los siguiente pasos:

  1. Marcaremos la casilla “No fraccionado”
  2. Después “Otras modalidades de pago”
  3. Pulsa “Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento”.
  4. Una vez realizados estos pasos, firmaremos y enviaremos.

Después, nos aparecerá una pantalla que nos indica que se ha realizado correctamente la presentación, pero tendremos la cantidad pendiente de ingreso. Le daremos a “Tramitar deuda” y posteriormente a “Aplazar”. De este modo, podremos rellenar la solicitud con los datos correspondientes y la firma, y podremos enviar el documento.

Los plazos para pagar la cifra los pone el contribuyente, especificando la cantidad de dinero que pagará en cada fecha. Estos plazos tienen que ser mensuales, y Hacienda tiene que aceptarlos previamente. Si nuestra deuda supera los 30.000€, también tendremos que adjuntar justificantes que aporten garantías de que no podemos cumplir con el pago.

En el caso de incumplir la deuda de la cuota aplazada, la Administración nos emite una notificación con nuevos plazos para pagar la deuda y un recargo por el atraso. Dicho recargo puede ser o del 20%, si lo hacemos fuera de este nuevo plazo, o del 10% si se paga antes del vencimiento de esta fecha.

Persona preocupada porque olvidó presentar la declaración de la renta y ahora tiene que presentarla fuera de plazo

Haz tu declaración con TaxDown y despreocúpate

Desde TaxDown te recomendamos que estés pendiente a las fechas y plazos, porque recuerda que si no pagamos ninguna deuda, Hacienda podrá embargar cuentas y pedir el pago de la deuda al completo. Además de ello, podrá sancionarnos y no podremos pedir más aplazamientos en el futuro.

¡Así que muy atento! Y si lo que quieres es despreocuparte, no tener que ponerte ningún recordatorio y dejar tu declaración en manos de expertos/as, somos tu solución. Nosotros nos encargaremos de revisar tu renta para que no haya ningún problema, y así evitar sanciones futuras y que no tengas que preocuparte por nada. ¿A qué esperas? ¡Entra en nuestra web y calcula tu resultado!

Si te llega un requerimiento de Hacienda... ¡no entres en pánico!

Más de la mitad se resuelven a favor del contribuyente. Solo es cuestión de responder bien y con toda la documentación bien presentada. ¡Y en TaxDown te ayudamos con ello!

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5 thoughts on “¿Qué pasa si presentas la declaración fuera de plazo?

  1. Quiero saber para hacer declaración de la renta si me devuelven algo o ayuda. Tengo 3 niños y saber si tengo alguna clase ayuda. Ahora mismo me quede sin trabajo…

  2. Tengo mi declaracion a mitad de hacer sin terminar con taxdown,por fallo mio.Quisiera terminarla ya que pague los 35€ por hacerla, pero seme paso el plazo.Y no pude reunir los datos,gracias.

    1. ¡Hola Rubén!

      Aún puedes hacer tu declaración con nosotros. Si te registras en nuestra web y sigues el flujo de preguntas que te mostraremos, podrás ver tu resultado y presentar tu declaración sin problema.

      Solo hay un PERO. Y es el momento del pago. Ahora, fuera de plazo, hay dos opciones: (1) con el documento de ingreso, el cual una vez termines el proceso te daremos para que lo presentes en el banco o (2), con NRC, el cual te permite pagarlo online pero te cobraremos un 5% sobre la cifra que te aparezca.

      ¡Y también ten en cuenta la posible sanción de Hacienda! Aunque si no te ha llegado ningún requerimiento, será solo un 1% sobre tu cifra (si te sale a pagar) o 100€ si te sale a devolver. De todas formas en este vídeo te lo explicamos mejor.

      ¡Cualquier duda me dices!

      Un saludo y gracias por escribirnos

    1. ¡Hola Joan!

      Mil gracias por escribirnos. Verás, los plazos para que Hacienda nos ingrese la devolución de la Renta van de uno a seis meses. Es decir, lo habitual es que no tarde más de que termine el año en hacer efectivo el ingreso. Además, si pasado ese plazo no se ha efectuado, correrán intereses a favor del contribuyente.

      Si tienes cualquier otra duda, puedes preguntarnos 🙂

      Un saludo!