Fechas para presentar la declaración de la renta 2025 / 2026

Conoce todas las fechas clave de la campaña de la renta 2025 y evita sanciones por presentar tu declaración fuera de plazo.

Actualizado en:
6/2/26
Resumiendo:
La declaración de la renta 2024-2025 se presenta del 2 de abril al 30 de junio de 2025. Si te pasas de fecha, los recargos van del 5% al 20% según el retraso. Te contamos todas las fechas clave y qué pasa si no cumples los plazos.

Unos de los trámites anuales a los que nos tenemos que enfrentar todos los contribuyentes es la presentación de la declaración de la renta. Un proceso tedioso, complicado y, en la mayoría de los casos, difícil por la gran cantidad de aspectos que hay que tener en cuenta para que no existan errores en el resultado final.  

Pero Taxdown hace de ese proceso, el más sencillo, cómodo y fácil del mundo. Por esta razón en este artículo vamos a destacar todas las fechas importantes para presentar la declaración de la renta en tiempo y forma. Vamos a por ello. 

Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

¿Cuál es el plazo para presentar la declaración de la renta en 2026?

La primera fecha importante que nos tenemos que grabar a fuego en la mente es el inicio de Campaña de la renta: miércoles 2 de abril de 2025. Desde esa fecha todos los contribuyentes pueden presentar sus declaraciones de la renta por Internet ante Hacienda.  

Ten en cuenta que, para acceder al borrador de Renta Web, la página de la Agencia Tributaria se tiene que tener el certificado digital, Cl@ve PIN y el número de referencia. Este último número se obtiene gracias a la casilla 505 de la declaración del ejercicio anterior. 

¿Y hasta cuándo se puede presentar la renta? Hasta el 30 de junio de 2026. Y esta es la segunda fecha importante que marca el fin del plazo establecido. Por lo que toda declaración que se presente después estaría fuera de plazo y conllevará intereses de demora o posibles sanciones como las que veremos en el siguiente apartado. 

Por tanto, no lo olvides: del 2 de abril al 30 de junio de 2025 tendrá lugar la Campaña de la Renta 2025 – 2026 y en Taxdown estaremos esperándote encantados. 

Otras fechas a tener en cuenta son: 

  • 6 de mayo: Inicio de la opción para presentar las declaraciones por teléfono, con obligación de tener una cita previa.
  • 25 de junio: Es el último día para domiciliar la cuenta bancaria.  Por lo que las declaraciones que salgan a pagar a Hacienda después de esa fecha no se podrán domiciliar y se tendrán que pagar en el propio banco o mediante NRC. En este momento recordamos el refrán de: “no dejes para mañana lo que puedas hacer hoy” para tu mayor comodidad. TaxConsejito. 

 

¿Qué pasa si me he pasado de fecha?

Pues verás, todo dependerá de dos aspectos: si Hacienda lo requiere mediante notificación o si el contribuyente lo declara de forma voluntaria. Además, también habrá que tener en cuenta, cuánto tiempo se tarda en presentarla ya que el recargo que se impondría no sería el mismo.  

Como hemos dicho en el apartado anterior, el día 1 de julio finaliza el plazo para la presentación de la declaración en período voluntario ante la Agencia Tributaria. Por consiguiente, toda fecha posterior supondrá que la declaración estará presentada fuera de plazo.  

A continuación, diferenciamos dos posibles consecuencias que se pueden dar, en función de si ésta sale a pagar o a devolver.

Si tu declaración sale a pagar:

  1. Si Hacienda todavía no ha requerido el pago y lo hace el contribuyente voluntariamente, el recargo será mayor cuanto más tiempo se tarde en presentar. 
  • Dentro de los 3 meses siguientes al término del plazo establecido para ello, el recargo será del 5%.
  • Entre los 3 y 6 meses, el recargo será del 10%.
  • Entre los 6 y 12 meses, el recargo será del 15%.
  • A partir de 12 meses, el recargo será del 20 % y también se exigirá los intereses de demora (3,75 %) por el periodo transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses hasta la presentación de la declaración.

Además, según el art. 27.5 Ley General Tributaria, el recargo notificado por declaración extemporánea si se ingresa en periodo voluntario y si no se recurre, se reducirá en un 25%. 

  1. Si Hacienda ha emitido algún requerimiento, la infracción conlleva una sanción entre el 50 y el 150 % del total de la deuda. Todo esto dependiendo de si se ha causado perjuicio económico a Hacienda o si se han cometido de forma repetida otras infracciones tributarias.

En estos casos es posible aplicar una reducción del 30% si se acepta la sanción impuesta (conocida como ‘reducción por conformidad’). O una reducción del 25% si se ingresa la sanción en el período voluntario de pago señalado en la notificación (llamada ‘reducción por pago’).   

En este punto hay que tener en cuenta que, si el resultado de la declaración de la renta sale a pagar, el pago se efectúa de forma automática el 1 de julio el 60%. El segundo pago tiene lugar el 5 de noviembre el 40%.  

Si en algún caso no se efectúa en ese segundo pago debido a que, por ejemplo, no se tenga dinero en la cuenta bancaria, se tendrá que pagar a Hacienda lo que corresponda del segundo plazo (el 40%) del total de la deuda, más:

  • Un 5% sobre esa cantidad si lo ingresas en Hacienda antes de que requiera (que emitan una carta para que se pague).
  • Un 10% sobre esa cantidad si Hacienda requiere, y se paga en el plazo que establezca.
  • Un 20% sobre esa cantidad si Hacienda requiere, y no se efectúa el pago en el plazo que establezca. En este caso, se genera otra cantidad a pagar adicional llamada interés de demora, que es del 3,75% sobre la cantidad que no se ha pagado.   
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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas frecuentes sobre las fechas de la declaración de la renta

Resolvemos las dudas más comunes sobre los plazos y fechas importantes para presentar tu declaración de la renta sin complicaciones.

¿Cuándo empieza y termina el plazo para presentar la declaración de la renta en 2025?

La campaña de la renta 2024-2025 comienza el 2 de abril de 2025 y finaliza el 30 de junio de 2025. Durante estos tres meses puedes presentar tu declaración por internet sin problemas. Recuerda que necesitarás tu certificado digital, Cl@ve PIN o el número de referencia de tu declaración anterior para acceder.

¿Hasta qué fecha puedo domiciliar el pago de mi declaración?

El último día para domiciliar tu cuenta bancaria es el 25 de junio de 2025. Si presentas tu declaración después de esta fecha y te sale a pagar, tendrás que hacer el ingreso directamente en el banco o mediante NRC. Por eso te recomendamos no dejarlo para el último momento.

¿Qué me pasa si presento la declaración fuera de plazo?

Depende de si tu declaración sale a pagar o a devolver. Si sale a pagar y la presentas voluntariamente fuera de plazo, tendrás un recargo que va del 5% al 20% según cuánto tiempo tardes. Si Hacienda te lo requiere, la sanción puede llegar hasta el 150% de la deuda. Si tu declaración sale a devolver, la multa es de 100 euros si la presentas voluntariamente o 200 euros si Hacienda te lo requiere.

¿Cuándo se realiza el pago si mi declaración sale a pagar?

Si domicilias el pago, Hacienda te cobrará automáticamente el 60% el 1 de julio de 2025 y el 40% restante el 5 de noviembre de 2025. Asegúrate de tener saldo suficiente en tu cuenta en esas fechas para evitar recargos adicionales.

¿Desde cuándo puedo pedir cita previa para hacer la declaración por teléfono?

A partir del 6 de mayo de 2025 se abre la opción de presentar tu declaración por teléfono con cita previa. Esta alternativa es útil si prefieres que te ayuden de forma personalizada o tienes dificultades para hacerla por internet.

Si tu declaración sale a devolver:

Si Hacienda todavía no ha requerido el pago y lo hace el contribuyente voluntariamente, se tendrá que abonar una multa de 100 euros. 

Por el contrario, si Hacienda ha emitido requerimiento, la multa asciende a 200 euros. 

 En resumen, el procedimiento para presentar la declaración de la renta fuera de plazo es el mismo si estuvieras en él. ¡Taxdown se encarga de ello! 

La Administración tiene un plazo de cuatro años para reclamar esas cantidades pendientes de pagar. Por lo que uno no se debe confiar porque durante ese periodo Hacienda puede tocar a tu puerta. ¡En Taxdown también nos encargamos de esos requerimientos y además podemos revisar que las declaraciones de años anteriores estén presentadas correctamente! 

¿Qué más argumentos se necesitan para usar Taxdown? Evita no retrasar la presentación de la declaración de la renta. Ya que así se podrá evitar o minimizar una sanción económica que, como hemos visto, puede alcanzar el 150% de la deuda pendiente a la Agencia Tributaria. 

Autor
Equipo TaxDown
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