Cuánto desgravan las donaciones en la declaración de la renta en cada comunidad

Publicado el 08/03/2024 por
Alvaro Icaza
Categoría
Deducciones y ayudas
Contenidos:

Resumiendo, que es gerundio

Los donativos ofrecen desgravaciones fiscales estatales y autonómicas en España, incentivando tanto la solidaridad como la recurrencia en las donaciones. A nivel estatal, el ahorro es del 80% en los primeros 150€ donados y varía entre 30% y 35% para cantidades adicionales, dependiendo de la recurrencia de las donaciones a la misma entidad. Cada comunidad autónoma establece deducciones adicionales para fomentar donaciones específicas, impactando significativamente en la declaración de la renta del donante.

¿Tienes un requerimiento? Nosotros nos encargamos ✅

Los donativos son una de las deducciones fiscales que, año tras año, más gente puede aplicarse, puesto que los requisitos son mínimos. Si donas, ahorras.

Además del beneficio estatal, existen en la mayoría de Las comunidades Autónomas deducciones complementarias que pueden hacer que pagues menos o te devuelvan más en tu renta del próximo año.

¿Cuánto desgravan las donaciones en la declaración de la renta?

A nivel estatal en la declaración, la deducción o ahorro será del 80% de los primeros 150€ donados a una entidad recogida en la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. Lo donado a partir de esa cantidad, será deducible en el 30% de lo aportado, salvo si has donado a la misma entidad durante los dos años anteriores y el importe que has donado este año es el mismo o superior, en este caso la deducción será del 35%.

¿Qué significa esto? Pues bien, si has donado por primera vez 200€, los primeros 150€ aplica el 80% (150€ x 80% = 120€) y los otros 50€ se benefician de la deducción del 30% (50€ x 30% = 15€). En total te deducirías 135€ (120€ + 15€).

En cambio, si fuera el tercer año que donas a esa entidad al menos la misma cantidad, variaría solo la segunda parte, pues sobre esos 50€ aplicamos un 35% (17,5€), con lo que la deducción se quedaría en 137,5€ (120€ + 17,5€).

Entre las entidades a las que puedes aportar el dinero entrarían ONGs, Fundaciones o Hermandades y Cofradías entre otras. Además, las Fundaciones y Asociaciones no recogidas en esta Ley, pero que tengan la declaración de Utilidad Pública, puede deducirse el 10% de las cantidades aportadas.

Eso sí, en ambos casos, el límite de la deducción será el 10% de la base liquidable del contribuyente.

Como vemos, no solo se premia la solidaridad puntual, sino la recurrencia en la misma. Aunque solo podrá considerarse la recurrencia sobre la cantidad donada este año siempre que sea igual o superior que la de los 2 años anteriores. Por ejemplo, en el caso anterior si los dos años anteriores hubiese donado 175€ cada año, a pesar de que yo donase 200€ este año solo podría aplicarme la recurrencia por 25€:   

  • De 0€ a 150€ = 120€ (150€ x 80%)
  • De 150€ a 175€ = 8,75€ (25€ x 35% por recurrencia)
  • De 175€ a 200€ = 7,5€ (25€ x 30% no recurrencia)

Total deducible: 137,25€

Como veis cálculos sencillos, que hay que hacer a mano… A no ser que utilicéis TaxDown y hagáis la declaración online y os prometemos que no tendréis que volver a hacer ni un calculo 😉

Como ya adelantamos, en gran parte de las Comunidades Autónomas se incentivan los donativos a determinadas organizaciones o colectivos en el IRPF. Aquí os mostramos un ejemplo de las deducciones por donativos que podemos encontrar en cada Comunidad Autónoma.

Cómo funcionan las desgravaciones de donativos a ONGs

Desgravaciones por donativos en cada Comunidad Autónoma

  • ARAGÓN: Deducción por donativos con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y técnico de hasta el 20% de lo aportado.
  • ISLAS BALEARES: Por donaciones a determinadas entidades destinadas a la investigación, el desarrollo científico o tecnológico, o la innovación de hasta el 25% de las cantidades aportadas. Por donaciones a entidades que fomenten la lengua catalana de hasta el 15%. Por donaciones a entidades del tercer sector con una deducción del 25% de lo donado.
  • CANARIAS: Por donaciones con finalidad ecológica de hasta el 10% de las aportaciones.
  • CANTABRIA: Por donativos a Fundaciones o al fondo Cantabria coopera de hasta el 15%.
  • CASTILLA LA MANCHA: Por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación empresarial, podrás deducirte hasta el 15% de las aportaciones.
  • CATALUÑA: Por donaciones a determinadas entidades en beneficio del medio ambiente, la conservación del patrimonio natural y de custodia del territorio hasta el 15%. Por donativos a entidades que fomenten la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos del 25% de lo donado. Por donaciones a entidades que fomentan el uso de la lengua catalana de un 15% de lo aportado.
  • GALICIA: Por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico o innovación tecnológica hasta el 25% de lo aportado.
  • COMUNIDAD DE MADRID: Por donativos a Fundaciones y clubs deportivos del 15% de lo donado.
  • REGIÓN DE MURCIA: Por donativos para la protección del patrimonio cultural del 30%. Por donativos para la investigación biosanitaria del 30% de lo donado.
  • COMUNITAT VALENCIANA: Por donaciones con finalidad ecológica del 20% de las donaciones efectuadas. Por donaciones de bienes integrantes del patrimonio cultural valenciano del 25%. Por donaciones destinadas al fomento de la lengua valenciana de un 25% de lo donado

Muchas de las dudas que nos preguntan los usuarios de TaxDown son acerca de los donativos y su régimen fiscal. Más específicamente, de las llamadas "Donaciones Recurrentes". ¿Sabes lo que son? ¿Has realizado este tipo de donaciones?. Si la respuesta es afirmativa, entonces esto te interesa, ya que todas estas cuestiones son las que vamos a tratar de resolver en este artículo.

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Los tipos de donativos

Empecemos por el principio. Según la legislación, existen tres tipos de donativos diferenciados:

  • Las fundaciones, ONG etc. que estén dentro de la ley 49/2002 (las propias entidades saben si ellas mismas están dentro de esta ley o no).
  • Las fundaciones que rindan cuentas al órgano del protectorado correspondiente, y las asociaciones declaradas de utilidad pública que no estén dentro de la ley 49/2002.
  • Las aportaciones a Partidos Políticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores.

Si realizas algún tipo de estos donativos a las mencionadas entidades, podrás beneficiarte de ventajas fiscales por ayudar a los demás. Tienes que tener en cuenta que, solamente se pueden aplicar la deducción por donativos las personas que sean los titulares que hayan realizado la donación. Por ponerte un ejemplo, los primeros 150 euros que donas a una entidad de la Ley 49/2002 tienen una deducción del 80%.

Por lo que cuando realices la declaración de la renta te devolverán 120 euros o, en su caso, tendrás pagarás 120 euros menos, si la declaración te sale a pagar. A partir de 150 euros , el porcentaje sería 35%.

Por su parte, las entidades deben declarar cada año qué personas han hecho los donativos y la cuantía de estos.

¿Tengo derecho a aplicarme la desgravación?

Normalmente, las entidades sobre las que puedes aplicarte la deducción por donativos tienen la obligación de reportar a Hacienda la cantidad que cada persona ha donado. Por lo tanto, en principio las cantidades donadas en el año deberían aparecer cargadas en los datos que reportamos de Hacienda. No obstante, si no aparecen precargadas, ponte en contacto con la entidad a la que has donado para que te diga en qué tipo de donación se encuentra el donativo que has realizado.

Por tanto, aunque es una información que ya aparece en tus datos fiscales, te recomendamos que pienses si has hecho algún tipo de donación y pidas el certificado de donación.

Te preguntarás: ¿Es correcta la información de Hacienda?. Sí, siempre suele ser correcta. No obstante, pueden existir errores en algunos casos. Por tanto, revisa los datos y, en caso de tener duda sobre qué tipo de donativo has realizado, contacta con la entidad a la que has donado para que te lo aclaren, ya que no todas las donaciones se declaran de la misma manera y, si la entidad no está reconocida, puede que NO puedas incluir la donación en tu declaración.

Además, es muy importante que tengas algún justificante de la donación, aunque en el momento de presentar la declaración no sea necesario, es importante conservarlo por si lo solicitase posteriormente Hacienda. Además, en el justificante debe aparecer:

  • Tu DNI
  • El NIF de la entidad a favor de la que has realizado la donación
  • La fecha en la que has realizado el donativo
  • La cantidad que has donado; y
  • Que la entidad acepta la donación y que esta tiene carácter irrevocable (que no vas a poder pedir el dinero de vuelta)
Personas voluntarias en una ONG que también hacen donativos que les desgravaran en la renta.

Las "donaciones recurrentes" y sus dos requisitos fundamentales

Para que una donación sea recurrente debe cumplir 2 requisitos fundamentales:

  • Que ya hayas donado los 2 años anteriores (si únicamente fue 1 año anterior no se considera recurrente) a esa misma entidad. Es decir, para poder incluirlo en tu declaración de la renta 2021, has tenido que donar a esa misma entidad en 2019, 2020 y 2021. Pero ÚNICAMENTE tendrás que reportar lo donado en 2021.
  • Además, la ley exige que debes haber donado la misma cantidad o más (nunca menos) cada año. Es decir: Donación año 2021 ≤ Donación año 2022 ≤ Donación de este año 2023

Por ejemplo, si en 2021 donaste 100€, en 2020 100€ y en 2021 100€, puedes incluirla como donación recurrente y solo debes reportar lo que donaste en el 2020. Por el contrario, si en 2021 donaste 100€, en 2022 50€ y en 2023 otra vez 100€, NO podrás incluirla como donación recurrente. Tendrás que incluirla en el apartado de donaciones por primera vez en 2020.

Sabemos lo importante que son de los donativos y el gran volumen de personas que los realizan y por consecuencia, deben reflejarlo en la declaración de la renta. Desde Taxdown garantizamos que todos estos aspectos estén bien reportados y puedas respirar tranquil@ y seguir haciendo tus donaciones recurrentes o por primera vez, sin preocuparte de tener algún problema con Hacienda.

Si te llega un requerimiento de Hacienda... ¡no entres en pánico!

Más de la mitad se resuelven a favor del contribuyente. Solo es cuestión de responder bien y con toda la documentación bien presentada. ¡Y en TaxDown te ayudamos con ello!

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2 thoughts on “Cuánto desgravan las donaciones en la declaración de la renta en cada comunidad

  1. Su publicación está muy bien investigada e informativa. Está claro que te esfuerzas mucho en asegurarte de que tus lectores tengan la información más actualizada.