Cuando hablamos de pedir el paro nos referimos a solicitar la prestación contributiva por desempleo, una ayuda económica mensual destinada a las personas que han perdido su empleo de forma involuntaria y han cotizado lo suficiente a la Seguridad Social.
El organismo encargado de gestionarla es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo. El SEPE trabaja de forma coordinada con los Servicios de Empleo de cada comunidad autónoma, que son quienes te inscriben como demandante de empleo y emiten el documento DARDE (Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo).
Es importante no confundir la prestación contributiva (el "paro") con los subsidios por desempleo, que son ayudas asistenciales para quienes no han cotizado lo suficiente o ya han agotado su prestación.
Para tener derecho a la prestación por desempleo debes cumplir todos estos requisitos:
Estar en situación legal de desempleo. Esto incluye despido (procedente, improcedente u objetivo), fin de contrato temporal, ERE, ERTE finalizado o resolución judicial. La baja voluntaria, como norma general, no da derecho a paro, salvo excepciones como acoso laboral, impago reiterado de salarios o modificación sustancial de condiciones de trabajo debidamente acreditadas.
Haber cotizado un mínimo de 360 días (un año) por desempleo dentro de los seis años anteriores a la fecha en que te quedas en desempleo. Solo computan las cotizaciones que no se hayan consumido ya para cobrar prestaciones anteriores.
Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio de empleo de tu comunidad autónoma y mantener esa inscripción durante todo el periodo de cobro.
No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación si cumples los requisitos para jubilarte.
Suscribir el compromiso de actividad, por el cual te comprometes a buscar empleo activamente, aceptar ofertas adecuadas y acudir a cursos y citas del SEPE.
Cuidado con las bajas voluntarias: si dimites, salvo que acredites una causa justificada legalmente reconocida, no tendrás derecho a la prestación. Si tu empresa te presiona para que firmes una baja voluntaria, busca asesoramiento antes de firmar nada.
El plazo para solicitar el paro es de 15 días hábiles desde el día siguiente a tu último día de trabajo (o desde la situación legal de desempleo). Los días hábiles excluyen sábados, domingos y festivos.
Si presentas la solicitud dentro de ese plazo, el derecho a la prestación nace a partir del día siguiente al cese. Pero, ¿qué pasa si se te pasa el plazo?
Puedes solicitar el paro fuera de los 15 días, pero pierdes los días transcurridos entre la fecha del cese y la fecha de la solicitud. Es decir, la prestación empieza a contar desde que la pides, no desde que dejaste de trabajar. No pierdes el derecho completo, pero sí cobras menos días.
Consejo: apunta la fecha límite el mismo día que firmes el finiquito. El trámite se puede hacer online, así que no dependes de horarios de oficina ni de citas previas.
Antes de tramitar el paro asegúrate de tener preparados estos documentos:
Identificación personal: DNI en vigor para ciudadanos españoles; Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y pasaporte para ciudadanos no comunitarios; NIE para ciudadanos de la UE.
DARDE: el Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo, que acredita que estás inscrito como demandante de empleo. Este documento lo emite el servicio de empleo de tu comunidad autónoma y es un requisito imprescindible antes de pedir el paro al SEPE.
Certificado de empresa: lo emite tu última empresa e incluye las bases de cotización y el motivo del cese. La mayoría de empresas lo envían telemáticamente al SEPE, pero si la tuya no lo ha hecho, deberás aportarlo tú.
Número de cuenta bancaria (IBAN): debe estar a tu nombre, y es donde recibirás el ingreso mensual de la prestación.
Libro de Familia o certificación del Registro Civil si tienes hijos a cargo (afecta a los topes máximos y mínimos de la prestación).
Identificación digital para el trámite online: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve de nivel avanzado. Si no dispones de ninguno, puedes usar el formulario de presolicitud del SEPE que no los requiere.
Sí, se puede pedir el paro por internet y además es la forma más rápida. Desde la sede electrónica del SEPE puedes solicitar el paro online sin cita previa y sin moverte de casa. Existen dos vías principales:
Esta es la opción más ágil para pedir el paro por internet. Te permite completar el trámite al instante y obtener un resguardo de tu solicitud.
Si no tienes identificación electrónica, también puedes echar el paro online mediante el formulario de presolicitud del SEPE. Es una alternativa válida para solicitar el paro por internet sin Cl@ve ni certificado digital, aunque el proceso es algo más lento.
¿Se puede solicitar el paro con certificado digital? Sí, y de hecho es la forma más recomendable. El certificado digital (emitido por la FNMT) te permite hacer prácticamente cualquier gestión con el SEPE de forma instantánea.
Si prefieres acudir en persona o no te manejas con los trámites digitales, puedes tramitar el paro en una oficina del SEPE. En 2026, necesitas cita previa para ser atendido. Puedes solicitarla por teléfono (llamando al 060), a través de la web del SEPE o en la aplicación móvil del SEPE.
Lleva toda la documentación original (DNI, DARDE, certificado de empresa si lo tienes, libro de familia, cuenta bancaria) junto con fotocopias. Allí mismo rellenarás el modelo oficial de solicitud de prestación contributiva que incluye el compromiso de actividad.
Si es tu primera vez, es normal sentirse abrumado. Aquí tienes un resumen ordenado de cómo solicitar el paro por primera vez sin que se te escape nada:
Paso 1: Recoge tu documentación del despido. Asegúrate de tener la carta de despido, el finiquito y, si tu empresa te lo entrega, el certificado de empresa.
Paso 2: Inscríbete como demandante de empleo. Hazlo en el servicio de empleo de tu comunidad autónoma (por internet o presencialmente). Al hacerlo, obtendrás el DARDE.
Paso 3: Solicita la prestación al SEPE dentro de los 15 días hábiles siguientes a tu cese. Puedes hacerlo online o presencialmente con cita previa.
Paso 4: Espera la resolución. El SEPE tiene hasta tres meses para resolver. Puedes consultar el estado llamando al 900 81 24 00 o en la sede electrónica.
Primer cobro: normalmente recibirás la primera mensualidad entre 10 y 15 días después de la aprobación. La prestación se cobra el día 10 de cada mes.
La cuantía de la prestación por desempleo en 2026 depende de tu base reguladora, que se calcula como la media de tus bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días trabajados.
Durante los primeros 180 días cobras el 70 % de la base reguladora; a partir del día 181 cobras el 50 %.
La cuantía se limita por topes máximos y mínimos vinculados al IPREM, que en 2026 se mantiene en 600 € mensuales:
Sin hijos a cargo: tope máximo 1.225 € (175 % IPREM), mínimo 497 € (80 % IPREM).
Con 1 hijo a cargo: tope máximo 1.400 € (200 % IPREM), mínimo 664 € (107 % IPREM).
Con 2 o más hijos: tope máximo 1.575 € (225 % IPREM), mínimo 664 € (107 % IPREM).
Estos importes son brutos. Al paro se le aplican retenciones por IRPF y la cotización a la Seguridad Social.
La duración depende de los días cotizados al desempleo en los últimos 6 años. Mínimo 4 meses, máximo 24 meses.
De 360 a 539 días: 4 meses.
De 540 a 719 días: 6 meses.
De 720 a 899 días: 8 meses.
De 900 a 1.079 días: 10 meses.
De 1.080 a 1.259 días: 12 meses.
De 1.260 a 1.439 días: 14 meses.
De 1.440 a 1.619 días: 16 meses.
De 1.620 a 1.799 días: 18 meses.
De 1.800 a 1.979 días: 20 meses.
De 1.980 a 2.159 días: 22 meses.
2.160 o más días: 24 meses (máximo).
Solo computan las cotizaciones no consumidas previamente.
Una vez estás cobrando el paro, debes renovar la demanda de empleo (sellar el paro) de forma periódica, normalmente cada 15 días.
También puedes renovar por teléfono (060), app del SEPE o presencialmente con cita previa.
No te olvides de sellar: si no renuevas en la fecha indicada, se suspende automáticamente tu prestación y pierdes tu condición de demandante de empleo.
Si has consumido toda la prestación contributiva y sigues sin empleo, podrías tener derecho a un subsidio por desempleo. En 2026 las cuantías funcionan por tramos: 570 € los primeros 6 meses, 540 € de los meses 7 al 12, y 480 € a partir del mes 13.
Si no cotizaste lo suficiente para la prestación contributiva pero sí al menos 3 meses con cargas familiares (o 6 meses sin ellas), puedes acceder al subsidio por cotización insuficiente.
En 2026 sigue vigente el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), que permite compatibilizar parcialmente el cobro del subsidio con un empleo durante un máximo de 180 días.
Solicitar el paro es un trámite con el SEPE, pero ojo: la prestación por desempleo también cuenta en tu declaración de la renta y puede cambiar tu resultado.
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