Hola, queridos riders, hoy nos centramos en tod@s vosotr@s que os lo merecéis.
Para lo que no lo sepan, que me conta que existen varias personas, los riders, o también llamados trabajadores de plataformas o “falsos autónomos”, son repartidores de entrega a domicilio. Estos se contratan mediante plataformas digitales, como Amazon, Glovo, UberEats… Seguro que ahora sí te suenan, ¿verdad?
Y es que en nuestro país hay, ni más ni menos, más de 30.000 riders. Así que con más motivo aún para explicaros en este artículo la tributación de los riders y su CNAE.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Lo primero que hay que hacer es darse de alta en Hacienda y en Seguridad Social presentando el modelo 037. En él hay que:
1.- Seleccionar el IAE 849.5 «Servicios de mensajería, recadería, reparto y manipulación de correspondencia» que identifica la actividad como repartidor.
Ya que deben de darse de alta así los repartidores que van a trabajar subcontratados por empresas dedicadas al reparto de paquetería.
2. En el caso del CNAE, deberás elegir entre alguno de estos:
3.- Marcar los impuestos que hay que presentar como consecuencia de la actividad, que son:
Resolvemos las dudas más comunes sobre cómo darse de alta y tributar como rider o repartidor autónomo en España.
Un rider es un repartidor de entrega a domicilio que trabaja a través de plataformas digitales como Glovo, UberEats o Amazon. En España hay más de 30.000 riders que deben darse de alta como autónomos, presentando el modelo 037 en Hacienda y la Seguridad Social. Deben seleccionar el IAE 849.5 de "Servicios de mensajería, recadería, reparto y manipulación de correspondencia" y presentar trimestralmente el modelo 303 de IVA y el modelo 130 de pago a cuenta del IRPF.
Como rider puedes elegir entre tres códigos CNAE según tu actividad: el 5310 para actividades postales sometidas a la obligación del servicio universal, el 5229 para otras actividades anexas al transporte, o el 8299 para otras actividades de apoyo a las empresas. El CNAE es un sistema de 4 dígitos que clasifica las actividades económicas y es obligatorio para todas las empresas del mercado europeo.
Aunque ambos son códigos de clasificación, no son lo mismo. El CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) es un sistema de 4 dígitos que ordena y cataloga las actividades económicas según su naturaleza. El IAE (Impuesto de Actividades Económicas) es un código fiscal específico. Los riders deben usar el IAE 849.5 para identificarse como repartidores, mientras que el CNAE les permite clasificar su actividad económica de forma más amplia.
Como rider autónomo debes presentar dos impuestos principales de forma trimestral: el modelo 303 de IVA, que corresponde al IVA de las facturas que emites a tus clientes, y el modelo 130 de pago a cuenta del IRPF, que es obligatorio. Estos impuestos se declaran cada tres meses y debes ingresarlos en Hacienda según los plazos establecidos.
Empecemos por lo básico que es saber qué es el CNAE. Verás, son las siglas de Clasificación Nacional de Actividades Económicas.
Y trata de un sistema de numeración de 4 dígitos que busca ordenar y catalogar las actividades económicas de los autónomos según su naturaleza y tipología.
El CNAE es obligatorio para todas las empresas del mercado europeo. Así contarán con datos asociados fiables y comparables.
Pero ojo, no se debe de confundir con el código IAE (Impuesto de Actividades Económicas). Sobre esto tratamos más especialmente en otro de nuestros artículos.
De todas maneras, si usas TaxDown podrás llevar la contabilidad de todas tus facturas que se lleven a cabo durante la actividad como repartidor. Y si tienes alguna duda, no tendrás más que preguntárselo a nuestro departamento especializado en autónomos quienes lo harán todo por ti. Y que además son super maj@s. ¡Te esperamos, Rider!
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