Todo lo que debes saber sobre los tipos de IVA

Descubre los tres tipos de IVA en España (21%, 10% y 4%), qué productos incluye cada uno y cómo funciona este impuesto indirecto.

Actualizado en:
21/10/2026
Resumiendo:
El IVA en España tiene tres tipos impositivos: general (21%), reducido (10%) y superreducido (4%). Es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios. Algunos productos y servicios están exentos, como los sellos de Correos o la asistencia que prestan a las personas los médicos y otros profesionales sanitarios para diagnosticar, prevenir o tratar enfermedades.

Que si el IVA del 21%, el 10%, el 4%… En fin, ¿qué lío verdad? No te preocupes, para eso está este artículo, para explicar de forma clara el IVA y los tipos que existen de forma clara y sencilla. Vaya, tal y cómo nos gustan a este equipo las cosas. Vamos allá.

Contenidos:

¿Qué es el IVA y qué tipo de impuesto es?

Empecemos por el principio, el IVA es un impuesto indirecto. Los impuestos indirectos son tributos que gravan una manifestación de la capacidad económica del sujeto: el consumo de bienes y servicios. Vamos, que no te quitan el dinero directamente de tu cuenta o tu salario sino que lo hacen cuando vas a gastarlo.

En el sistema tributario español hay varios impuestos indirectos, como el IVA, el TPO (Transmisiones Patrimoniales Onerosas) o los impuestos especiales. La Ley del IVA define el IVA como un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo. Como regla general, podemos decir que:

  • Si la operación la hace un empresario o profesional en su actividad: tributa por IVA. Hay excepciones, como algunas ventas y alquileres de inmuebles que están exentos de IVA y pagan TPO.
  • Si un particular vende un bien, como un coche usado o un piso: tributa por Transmisiones Patrimoniales Onerosas, y lo paga quien compra.

Pero vamos a lo que nos interesa. Para resultar sujeta al IVA la entrega de bienes o prestación de servicios debe ser realizada en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional.

¿Y qué son actividades empresariales o profesionales? Las que impliquen la ordenación por cuenta propia de factores de producción materiales y humanos o de uno de ellos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

En particular, tienen esta consideración las actividades extractivas, de fabricación, comercio y prestación de servicios, incluidas las de artesanía, agrícolas, forestales, ganaderas, pesqueras, de construcción, mineras y el ejercicio de profesiones liberales y artísticas.

Estas actividades se consideran iniciadas desde el momento en que se realice la adquisición de bienes o servicios con la intención, confirmada por elementos objetivos, de destinarlos al desarrollo de tales actividades.
Además, se entienden realizadas en el ejercicio de una actividad empresarial:

  • Las operaciones realizadas por las sociedades mercantiles, cuando tengan la condición de empresario o profesional.
  • Las transmisiones o cesiones de uso de los bienes que integran el patrimonio empresarial o profesional, incluso con ocasión del cese en el ejercicio de las actividades.
  • Los servicios desarrollados por los Registradores de la Propiedad en su condición de liquidadores titulares de una Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario.

¿Cómo funciona el IVA?

Para entender el funcionamiento del IVA, debemos partir de 2 conceptos fundamentales:

  1. LA REPERCUSIÓN DEL IVA: Aunque el sujeto pasivo del IVA es el empresario o profesional que realiza las operaciones sujetas, la capacidad económica que el IVA pretende gravar es la del consumidor final de bienes y servicios. Por tanto, se permite al sujeto pasivo que repercuta el importe del impuesto al consumidor final de dichos bienes y servicios.
  2. DERECHO A LA DEDUCCIÓN DEL IVA: En la aplicación del impuesto por los empresarios o profesionales se pueden distinguir dos aspectos:
    • IVA REPERCUTIDO: Por sus ventas o prestaciones de servicios repercuten o devengan a los adquirentes o destinatarios las cuotas del IVA que correspondan, con obligación de ingresarlas en el Tesoro.
      Hay una regla especial de repercusión a entes públicos: y es que se entiende que en el precio de la propuesta de adjudicación del contrato se ha incluido el IVA, pero deberá́ desglosarse en la factura como una partida independiente.
    • IVA SOPORTADO: Por sus adquisiciones soportan cuotas de IVA que deben pagar a sus proveedores, y que, al no ser consumidores finales, tienen derecho a deducir en sus autoliquidaciones periódicas.

El derecho a la deducción del IVA soportado implica que, en cada liquidación el empresario declara el IVA repercutido a los clientes, restando de este el soportado en las compras y adquisiciones a los proveedores, pudiendo ser el resultado tanto positivo como negativo:

IVA a ingresar = IVA repercutido a los clientes – IVA soportado en sus adquisiciones

  • Si el resultado es positivo debe ingresarse en el Tesoro.
  • Si es negativo, con carácter general, se compensa en las autoliquidaciones siguientes.

Si al final del año, en la última declaración, el resultado sigue siendo negativo, se puede optar por solicitar la devolución o bien compensar el saldo negativo en las liquidaciones siguientes. Ojo: solo se puede compensar durante cuatro años, contados desde que se presentó la declaración en la que salió ese saldo. Hay una excepción: quien está inscrito en el registro de devolución mensual (REDEME) presenta el IVA cada mes y puede pedir la devolución al final de cada mes.

Cuáles son los tipos de IVA

El tipo es el porcentaje que se aplica sobre la base imponible para obtener la cuota. En definitiva, y sin palabras raras, es el porcentaje del impuesto que se añade a lo que compras o contratas.

El tipo aplicable a cada operación será el vigente en el momento del devengo. Existen:

  • Tipo impositivo general: El tipo general del impuesto vigente es el 21%.
  • Tipos impositivos reducidos: Los tipos reducidos vigentes son el 10% y el 4%. Así lo recoge la Agencia Tributaria, que confirma el tipo general del 21% y los reducidos del 10% y el 4%.

IVA General

El IVA general es del 21%. Es el tipo impositivo más común en territorio español, porque es el que se aplica por defecto a cualquier bien o servicio que se realice en España. Eso sí, el IVA no se aplica en Canarias, Ceuta y Melilla.

El tipo de IVA reducido

El IVA reducido es del 10%. Este tipo de IVA se aplica sobre todo a alimentos, con dos excepciones. Los alimentos de una lista cerrada que fija la ley llevan el 4%: el pan (también el especial), harinas panificables, leche, quesos, huevos, aceite de oliva y frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales naturales. Las bebidas alcohólicas y los refrescos, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos llevan el 21%.

Tipo de IVA superreducido

El IVA superreducido es del 4%. Este tipo de IVA se aplica a una lista de bienes y servicios que fija la ley, como algunos alimentos o algunas viviendas de protección oficial (VPO). El Manual práctico de IVA 2026 de la Agencia Tributaria incluye en el 4% el pan, las frutas, las verduras, la leche, los huevos, los medicamentos de uso humano, las viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública y las sillas de ruedas para personas con discapacidad.

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Algunos ejemplos

Para que lo entiendas mejor, no es lo mismo el jamón o el agua, a los que se aplica un IVA del 10%, que una botella de Whisky o el tabaco, a los cuales se les aplica un IVA del 21%.

A continuación, te dejamos una tabla con algunos ejemplos de lo que acabamos de explicarte.

Tipo de IVATasa ImpositivaEjemplos
IVA general21%Alcohol, tabaco, electrodomésticos, coches, ropa…
IVA Reducido10%Entradas a cines, teatros, conciertos y museos, transporte de viajeros, hostelería… El Manual práctico de IVA de la Agencia Tributaria incluye en el 10% el transporte de viajeros y sus equipajes y la entrada a teatros, museos, conciertos y salas de cine. Ojo: estas entradas están exentas si las ofrece una entidad de Derecho público o una entidad cultural privada sin ánimo de lucro que cumple los requisitos de la ley.
IVA Superreducido4%Algunos alimentos (pan, huevos, fruta y verdura naturales, aceite de oliva), libros, medicamentos para personas, algunas viviendas de protección oficial, sillas de ruedas para personas con discapacidad…
Sin IVA (Exentos)ExentoSeguros, préstamos, depósitos de dinero, sellos de Correos vendidos por su valor facial o la asistencia que prestan a las personas los médicos y otros profesionales sanitarios para diagnosticar, prevenir o tratar enfermedades.

¿Y la luz? La ley no la incluye en los tipos reducidos (10% y 4%), así que lleva el IVA general del 21%. En 2026 bajó al 10% del 22 de marzo al 31 de mayo, para los contratos de hasta 10 kW y para algunos hogares con bono social. En noviembre de 2026 se queda en el 21%: solo bajaba al 10% si el IPC de la electricidad de septiembre superaba en más de un 15% al de septiembre de 2025, y según el INE subió un 11,4%. En diciembre puede volver al 10% para los contratos de hasta 10 kW y para los hogares con bono social que tengan reconocida la condición de vulnerable severo, pero solo si el IPC de la electricidad de octubre, que el INE publica en noviembre, supera en más de un 15% al de octubre de 2025. Si no se cumple, se queda en el 21%.

Existen productos exentos de este impuesto

Es importante determinar la sujeción o no sujeción de la actividad. Seguidamente, se determinará la posibilidad de exención. Es decir, las actividades pueden estar:

  • No sujetas. Por ejemplo: Las entregas gratuitas de muestras de mercancías sin valor comercial estimable, con fines de promoción de las actividades empresariales o profesionales.
  • Sujetas pero exentas. Por ejemplo: La asistencia que prestan a las personas los médicos y otros profesionales sanitarios para diagnosticar, prevenir o tratar enfermedades. La cirugía estética que no forma parte de un tratamiento médico sí lleva IVA.

Hay dos tipos de exenciones claramente diferenciadas: exenciones plenas y exenciones limitadas. La Agencia Tributaria detalla las operaciones exentas como la asistencia sanitaria y las operaciones financieras y distingue entre exenciones plenas y limitadas según den o no derecho a deducir el IVA soportado.

  • En el caso de las exenciones plenas, al empresario o profesional que realiza la entrega o presta el servicio y que no repercute el impuesto se le permite deducir el IVA soportado en las adquisiciones relacionadas con la operación exenta, siempre que reúna todos los requisitos para la deducción.
  • En el supuesto de las exenciones limitadas se establece la exención de la entrega del bien o de la prestación del servicio, pero no se permite deducir el IVA soportado por el empresario o profesional en las adquisiciones relacionadas con la operación exenta.
  • Sujetas y no exentas: carácter general. Por ejemplo: veterinario. A su vez, estas actividades pueden encuadrarse en el régimen general de IVA o, por el contrario, en el régimen simplificado o en algunos de los regímenes especiales.

Fuente oficial

Preguntas frecuentes

¿Qué es el IVA y por qué lo pago?
El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto indirecto que pagas cada vez que compras un producto o contratas un servicio. A diferencia de otros impuestos, no se descuenta directamente de tu nómina, sino que lo pagas cuando consumes. Es decir, se añade al precio de lo que compras y lo recauda el empresario o profesional que te vende el producto o servicio para después ingresarlo en Hacienda.
¿Cuántos tipos de IVA existen en España?
En España existen tres tipos de IVA. El general, del 21%, se aplica a la mayoría de productos y servicios. El reducido, del 10%, se aplica a muchos alimentos, a la hostelería, al transporte de viajeros y a la entrada a cines, teatros, conciertos y museos. El superreducido, del 4%, solo se aplica a lo que la ley enumera, como el pan (también el especial), los huevos, las frutas y verduras naturales, el aceite de oliva, los libros, los medicamentos para personas y algunas viviendas de protección oficial. Además, algunos productos y servicios están exentos de IVA, como los sellos de Correos o la asistencia que prestan a las personas los médicos y otros profesionales sanitarios para diagnosticar, prevenir o tratar enfermedades.
¿Qué productos llevan IVA del 21%?
El IVA del 21% es el tipo general y se aplica por defecto a la mayoría de bienes y servicios. Algunos ejemplos son: alcohol, tabaco, electrodomésticos, coches, ropa, calzado y productos electrónicos. Ojo: la hostelería (bares, restaurantes y hoteles) y las entradas de cine llevan el 10%. Básicamente, si un producto no está específicamente incluido en las categorías de IVA reducido o superreducido, llevará el 21%.
¿Por qué el pan tiene un IVA diferente al de una cerveza?
El pan, tanto el común como el especial, tiene un IVA superreducido del 4 %, mientras que la cerveza es una bebida alcohólica y lleva el IVA general del 21% cuando la compras en una tienda. Si te la tomas en un bar, lleva el 10%, como el resto de la hostelería. El sistema de tipos de IVA está diseñado para que los productos esenciales para la vida diaria sean más asequibles, aplicándoles tipos impositivos más bajos, mientras que los productos considerados de lujo o no esenciales tienen un tipo más alto.

¿Y cómo funciona el IVA en otros países?

Este impuesto existe en España y en la mayoría de los demás países europeos. Abajo tienes el tipo general de cada país de la Unión Europea, según la base de datos de impuestos de la Comisión Europea. Estos tipos pueden cambiar.

Los países que tienen un tipo general de IVA más alto que España son:

  • Hungría (27%)
  • Finlandia (25,5%)
  • Dinamarca, Suecia y Croacia (25%)
  • Grecia y Estonia (24%)
  • Portugal, Irlanda, Polonia y Eslovaquia (23%)
  • Italia y Eslovenia (22%).

Por el contrario, los países con un tipo más bajo que España son:

  • Luxemburgo (17%)
  • Malta (18%)
  • Alemania y Chipre (19%)
  • Austria, Bulgaria y Francia (20%).

Y estos tienen el mismo tipo que España, el 21%:

  • Bélgica, Lituania, Letonia, República Checa, Países Bajos y Rumanía.

En definitiva, el IVA es un impuesto aparte, pero que está íntimamente relacionado con nuestra especialidad que es el IRPF. Y, además, influye mucho en la tributación de los trabajadores autónomos a quienes te recordamos que damos servicio. Por lo que si después de leer este artículo sigues teniendo alguna duda, ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos encantados.

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Autor
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