El modelo 309 es la declaración-liquidación no periódica del IVA de la AEAT. Lo presenta quien no hace el 303 (recargo de equivalencia, régimen agrario o actividad exenta) para ingresar el IVA de una operación concreta: del 1 al 20 de abril, julio y octubre o del 1 al 30 de enero. Con un coche nuevo comprado en la UE, también si eres particular, se presenta en 30 días y antes de matricular.
¿Tienes una tienda en recargo de equivalencia y has comprado mercancía en otro país de la UE? ¿Eres psicóloga, no cobras IVA y pagas publicidad a una empresa extranjera? ¿Has comprado, como particular, un coche nuevo en Alemania? En los tres casos, ese IVA lo ingresas tú con el modelo 309 de la AEAT.
Te lo contamos paso a paso y con dos ejemplos. Hablamos del territorio común (al final, el País Vasco, Navarra, Canarias, Ceuta y Melilla).
Es la declaración-liquidación no periódica del IVA, aprobada por la Orden HAC/3625/2003. Sirve para que quien no presenta el modelo 303 ingrese el IVA de una operación puntual, más el recargo si está en recargo de equivalencia. Solo se presenta cuando hay operación y siempre sale a ingresar: en él no se descuenta el IVA soportado (el que te cobran tus proveedores).
| Modelo 303 | Modelo 309 | |
|---|---|---|
| Quién | Empresarios y profesionales en general | Quien no presenta el 303 y algunos particulares |
| Cuándo | Cada periodo, aunque no haya cuotas | Solo cuando hay operación |
| IVA soportado | Se descuenta el deducible | No se descuenta |
| Resumen anual | Modelo 390, salvo excepciones | No tiene |
Si ya presentas el modelo 303 por alguna actividad, estas operaciones van en él.
Quien debe ingresar el IVA de una operación concreta y no presenta un 303 donde incluirla:
| Tu situación | Operación que te obliga | Plazo |
|---|---|---|
| Solo recargo de equivalencia | Compras en la UE (de cualquier importe) y otras operaciones | Trimestral (30 días con un medio de transporte nuevo) |
| Actividad exenta sin derecho a deducir | Servicios de empresas no establecidas en España, compras en la UE sujetas por el umbral o por opción, medios de transporte nuevos y otras operaciones | Trimestral (30 días con un medio de transporte nuevo) |
| Solo régimen agrario | Compras en la UE sujetas por el umbral o por opción, medios de transporte nuevos y otras operaciones | Trimestral (30 días con un medio de transporte nuevo) |
| Particular | Compra de un coche u otro medio de transporte nuevo en la UE | 30 días y antes de matricular |
| Empresario adjudicatario en una ejecución forzosa (una subasta, por ejemplo) | Bien o servicio adjudicado, si ingresa el IVA en nombre del dueño | Un mes desde el pago de la adjudicación |
| Otros casos | Personas jurídicas no empresarias, operaciones impagadas y vehículos con IVA del 4 % | Trimestral (30 días con un medio de transporte nuevo) |
En la ejecución forzosa, judicial o administrativa, el adjudicatario que ingresa el IVA por el dueño tiene que comunicarlo por escrito al órgano del procedimiento, como tarde al pagar. Si es un inmueble y te lo adjudicas en un concurso, en la ejecución de una garantía constituida sobre él o con renuncia a la exención, el sujeto pasivo eres tú y va en tu propia declaración: en el 303 o, si no lo presentas, en tu 309.
Cuando compras a proveedores españoles, por regla general no presentas nada: el IVA y el recargo de equivalencia van en su factura. Si solo tienes actividades en recargo, usas el 309 por:
💡 Ojo: el umbral de 10.000 euros de compras en la UE no se aplica al recargo de equivalencia.
Si solo haces actividades exentas de IVA sin derecho a deducir (como la asistencia sanitaria de médicos o psicólogos), usas el 309 por:
Si solo tienes actividades en este régimen, usas el 309 en estos casos: compras en la UE para la actividad que tributan (por el umbral o por opción; un medio de transporte nuevo, con su plazo de 30 días, y los bienes con impuestos especiales tributan siempre), inversión del sujeto pasivo, ventas de inmuebles sujetas y no exentas (salvo que ingrese el IVA el comprador), reintegro de compensaciones cobradas indebidamente y regularizaciones al entrar en el régimen.
Si no eres empresario ni profesional y compras en otro país de la UE un medio de transporte nuevo, su IVA lo ingresas en España con el 309, aunque se lo compres a otro particular. Un coche es nuevo si te lo entregan antes de seis meses desde su primera puesta en servicio o si no ha recorrido más de 6.000 kilómetros. Si no es nuevo, no hay 309.
Tienes 30 días desde la compra y siempre antes de la matriculación definitiva, con un 309 por vehículo.
Por regla general, se presenta e ingresa en los 20 primeros días naturales de abril, julio y octubre, según el trimestre en que se devengó la operación; el cuarto trimestre, en los 30 primeros días naturales de enero. Si el último día es sábado o inhábil, pasa al primer día hábil siguiente. El trimestre es el del devengo: en una compra de bienes en la UE, el día 15 del mes siguiente a aquel en que empieza el transporte, o la fecha de la factura si te la hacen antes; en un servicio, cuando se presta, salvo que lo pagues antes (entonces, al pagar y por lo que pagas) o que se preste de forma continuada (una suscripción, por ejemplo), que se devenga cada vez que vence un pago.
| Operación | Último día |
|---|---|
| Cuarto trimestre de 2026 | Lunes 1 de febrero de 2027 (el 30 de enero es sábado) |
| Primer trimestre de 2027 | Martes 20 de abril de 2027 |
| Segundo trimestre de 2027 | Martes 20 de julio de 2027 |
| Tercer trimestre de 2027 | Miércoles 20 de octubre de 2027 |
| Cuarto trimestre de 2027 | Lunes 31 de enero de 2028 (el 30 es domingo) |
| Medio de transporte nuevo de la UE | 30 días desde la compra, antes de matricular |
| Ejecución forzosa | Un mes desde el pago de la adjudicación, nunca antes de emitir la factura |
Fuera de plazo y sin requerimiento de Hacienda, con un 309 del periodo que le corresponde, pagas un recargo del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, sin sanción ni intereses. Pasados 12 meses, el 15 % sin sanción, con intereses de demora desde entonces. Baja un 25 % si ingresas toda la deuda al presentar y el recargo en su plazo (más en nuestra guía de recargos por presentar fuera de plazo). Si en cambio sumas la operación al 309 de un periodo posterior, no hay recargo: es una infracción leve, con multa del 50 %.
Si antes te llega un requerimiento, ya no hay recargo y puede acabar en una liquidación con sanción: no ingresar en plazo es una infracción tributaria, leve si no pasa de 3.000 euros o no hubo ocultación, con multa del 50 % de lo no ingresado.
De sus once apartados, usarás casi siempre estos:
| Tu caso | Situación tributaria (5) | Hecho imponible (6) |
|---|---|---|
| Tienda en recargo que compra en la UE | Recargo de equivalencia | Adquisición intracomunitaria de bienes |
| Actividad exenta con un servicio de una empresa extranjera | Sujeto pasivo sin derecho a deducción | Inversión sujeto pasivo |
| Régimen agrario que compra en la UE | Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca | Adquisición intracomunitaria de bienes |
| Particular con un coche nuevo de la UE | Persona física no empresario o profesional | Adquisición intracomunitaria de medios de transporte nuevos |
El 3 (Transmitente) y el 7 (Características y datos técnicos) son para medios de transporte nuevos; el 4 (Adjudicatario), para ejecuciones forzosas. El 9 es la complementaria, solo si ingresaste de menos: pones el justificante del 309 anterior y restas lo ingresado en la casilla 23. Si ingresaste de más, se pide la rectificación de la autoliquidación, siempre que no hayan pasado cuatro años.
Por internet pagas con NRC, el número que te da tu banco colaborador al pagar (en su web, en una oficina o desde la sede de la AEAT); el 309 se envía ese mismo día. En los periodos trimestrales también puedes domiciliar el pago en una entidad colaboradora o de la zona SEPA, pero solo hasta el día 15 de abril, julio y octubre o el 25 de enero.
En papel, solo si no estás obligado al certificado (lo están, por ejemplo, las sociedades anónimas y limitadas) y con la predeclaración que genera la AEAT, que se presenta y paga en un banco o caja colaboradores en España. Un PDF bajado de otra web no sirve.
Marta tiene una tienda en recargo de equivalencia, su única actividad. En noviembre de 2026, un proveedor alemán le envía mercancía de 2.000 euros que tributa al tipo general y se la factura ese mismo mes. Su 309:
| Apartado | Qué pone |
|---|---|
| Devengo (2) | 2026, periodo 4T |
| Situación tributaria (5) | Recargo de equivalencia |
| Hecho imponible (6) | Adquisición intracomunitaria de bienes |
| Liquidación (8): una línea del régimen general | Base 2.000 euros, tipo 21 %, cuota 420 euros |
| Liquidación (8): una línea del recargo | Base 2.000 euros, tipo 5,2 %, cuota 104 euros |
| Casillas 22 y 24 | 524 euros a ingresar |
Plazo: hasta el lunes 1 de febrero de 2027. La compra va también en su 349.
Lucía es psicóloga y solo hace asistencia exenta de IVA. En enero de 2027, una empresa de Irlanda le presta publicidad en internet por 300 euros. Como la empresa no está establecida en España, el IVA lo ingresa Lucía:
| Apartado | Qué pone |
|---|---|
| Devengo (2) | 2027, periodo 1T |
| Situación tributaria (5) | Sujeto pasivo sin derecho a deducción |
| Hecho imponible (6) | Inversión sujeto pasivo |
| Liquidación (8): una línea del régimen general | Base 300 euros, tipo 21 %, cuota 63 euros |
| Casillas 22 y 24 | 63 euros a ingresar |
Sin recargo y sin poder deducir esos 63 euros. Plazo: hasta el martes 20 de abril de 2027. Va también en su 349 como adquisición intracomunitaria de servicios.
Si tu domicilio fiscal está en Álava, Bizkaia, Gipuzkoa o Navarra y tu volumen de operaciones del año anterior no pasó de 12 millones de euros, el IVA lo exige tu Hacienda foral, no la AEAT. Con domicilio fiscal allí, también van a ella tus compras en la UE en recargo, en el régimen agrario, con actividad exenta o como persona jurídica no empresaria. El IVA del coche nuevo de un particular va a la Administración del territorio donde se matricule. Cada Hacienda foral puede tener su propio modelo y sus plazos de ingreso: consúltalos en la tuya.
La Ley del IVA deja fuera de su ámbito a Canarias, Ceuta y Melilla, así que esta guía no sirve para las operaciones que se hacen allí.
Si eres autónomo, con nuestro servicio para autónomos llevamos tus trimestrales, tus operaciones intracomunitarias y tu renta con más de 300 asesores fiscales expertos (no incluye módulos, País Vasco, Navarra, Canarias, Ceuta ni Melilla). Empieza con nosotros.
TaxDown es la plataforma española que te ayuda a hacer tu declaración de la renta de forma fácil, rápida y con el máximo ahorro. Colaborador social de la Agencia Tributaria, cuenta con más de 300 asesores fiscales expertos que revisan cada declaración.