Deducción en Galicia por nacimiento o adopción de hijos

Descubre cómo aprovechar la deducción por nacimiento o adopción en Galicia y ahorra en tu declaración durante los tres primeros años.

Actualizado en:
10/6/2026

La deducción por nacimiento o adopción en Galicia te permite ahorrar entre 300€ y 2.400€ en tu Renta, según tu base imponible y número de hijos. Aplica durante los tres primeros años y se duplica si hay discapacidad.

Si has tenido un hijo o hija recientemente, ya sea de forma natural o mediante adopción, ¡enhorabuena! Además de todas las alegrías (y noches sin dormir), puede que te interese saber que existe una deducción por nacimiento o adopción que podría ayudarte a reducir lo que pagas en tu declaración de la renta.

Contenidos:

¿Cuánto puedes deducir?

El importe que puedes deducir dependerá de varios factores: tu base imponible, el mínimo personal y familiar, y cuántos hijos tengas. Aquí te lo dejamos clarito con números:

  1. Parto múltiple: Si tu base imponible, restando el mínimo personal y familiar, supera los 22.000 euros, te puedes deducir 360 euros. Así lo recoge el Manual de deducciones autonómicas IRPF 2025 de la Agencia Tributaria.
  2. Zonas despobladas: Si resides en un municipio con menos de 5.000 habitantes, la deducción aumenta un 20%, según la Axencia Tributaria de Galicia. Nada mal, ¿eh?
Base imponible – Mínimo personal y familiarPrimer hijoSegundo hijoTercer hijo o más
22.000 € o menos360 €1.200 €2.400 €
Más de 22.001 €300 €300 €300 €

¿Te suena bien? Pues atención: esta deducción no solo aplica el año de nacimiento, ¡puedes aplicarla durante los tres primeros años de tu hijo o hija! El Manual de deducciones autonómicas IRPF 2025 de la Agencia Tributaria precisa que se aplica en el año del nacimiento y en los dos períodos impositivos siguientes. Eso sí, la cantidad se ajusta en los años posteriores:

Base imponible – Mínimo personal y familiarPrimer hijoSegundo hijoTercer hijo o más
22.000 € o menos360 €1.200 €2.400 €
Entre 22.001 € y 31.000 €300 €300 €300 €
Más de 31.001 €0 €0 €0 €

Y si tu hijo o hija tiene una discapacidad igual o superior al 33%, la deducción se duplica.

Condiciones para aplicar la deducción

Como todo en la vida (y más aún en la Agencia Tributaria), hay algunas condiciones. Debes haber tenido o adoptado un hijo o hija en el año fiscal correspondiente y, si optas a la deducción por zonas despobladas, tu residencia debe estar registrada en uno de estos municipios con menos de 5.000 habitantes, tal y como detalla la Axencia Tributaria de Galicia.

Además, para aplicar esta deducción durante los tres primeros años, tendrás que comprobar tu base imponible y los mínimos personales y familiares anualmente. Las cantidades pueden variar, y las reglas están para respetarlas.

Documentación necesaria

Antes de lanzarte a presentar la deducción, prepara todos los papeles. Necesitarás:

  • Libro de familia o certificado de nacimiento.
  • En caso de adopción, documentación que acredite el proceso legal.
  • Si optas a la deducción por zona despoblada, un certificado que justifique tu empadronamiento.
  • Y si tienes un hijo con discapacidad reconocida, asegúrate de presentar el certificado correspondiente.

Tener todo bien organizado no solo te ahorrará tiempo, sino también posibles dolores de cabeza.

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Preguntas
frecuentes

¿Cuánto dinero puedo deducirme por el nacimiento de mi hijo?
La deducción autonómica gallega depende de la base imponible y del orden del descendiente. Con base imponible (descontado el mínimo personal y familiar) igual o inferior a 22.000 €: 360 € por el primer hijo, 1.200 € por el segundo y 2.400 € por el tercero o siguientes. Superado el umbral, las cuantías son inferiores y se aplican según la escala autonómica vigente.
¿Durante cuántos años puedo aplicar esta deducción?
La deducción autonómica gallega por nacimiento o adopción se aplica durante los 3 primeros años de vida del descendiente. Las cuantías pueden variar año a año en función de la base imponible del contribuyente. A partir del segundo y tercer año, si la base supera los 31.000 € (descontados los mínimos personales y familiares), el derecho a la deducción desaparece según escala autonómica.
¿La deducción es la misma para adopciones que para nacimientos?
Sí. La deducción autonómica gallega se aplica en idénticos términos tanto en supuestos de nacimiento biológico como de adopción legalmente formalizada. En el caso de adopciones debe aportarse la documentación judicial o administrativa que acredite la formalización del proceso adoptivo dentro del ejercicio fiscal correspondiente. El régimen fiscal autonómico no establece diferencias por modo de filiación legalmente reconocido.
¿Qué documentos necesito para aplicar la deducción?
Se requiere libro de familia o certificado de nacimiento del descendiente. En adopciones, la resolución judicial o administrativa de formalización. Si el contribuyente reside en municipio con menos de 5.000 habitantes, certificado de empadronamiento. Si el menor tiene discapacidad reconocida del 33% o superior, certificado oficial de la administración competente. La documentación se conserva durante el periodo de prescripción tributaria.

Cómo aplicar la deducción

Si te animas a aplicar la deducción por nacimiento o adopción de hijos, lo puedes hacer directamente en tu Declaración de la Renta. ¿Dónde exactamente? La encontrarás entre las Casillas 1021 – 1038, junto a otras deducciones autonómicas específicas para Galicia. Solo asegúrate de marcar bien las casillas y de que las cantidades que calcules se ajusten a tu base imponible y mínimos personales. ¡No dejes ni un euro sin deducir!

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Autor
Equipo TaxDown
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