Deducción en Galicia por adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación

Invierte en startups gallegas y deduce hasta el 30% o 45% en tu declaración. Conoce los requisitos y límites de esta ventaja fiscal.

Actualizado en:
10/6/2026

La deducción por inversión en empresas de nueva creación en Galicia te permite deducir el 30% de tu inversión (hasta 6.000 €), o el 45% si es una pyme innovadora. Eso sí, debes mantener las participaciones tres años.

Si has invertido en una empresa recién creada en Galicia, podrías beneficiarte de una deducción fiscal bastante atractiva. ¡Veamos cómo funciona!

Contenidos:

¿Cuánto puedes deducir?

La deducción es del 30% de lo que hayas invertido, con un límite máximo de 6.000 €, tal y como recoge la Agencia Tributaria. Y si tu inversión ha sido en una empresa innovadora pequeña o mediana, el porcentaje puede subir hasta un 45%, según la Agencia Tributaria. También aplica si la empresa está participada por una universidad u organismo de investigación, o si ha obtenido calificación como una iniciativa de empleo de base tecnológica. ¡Nada mal, verdad?

Condiciones para aplicar la deducción

Como toda deducción, hay algunas condiciones que debes cumplir:

  1. Tu participación en la empresa debe estar entre el 1% y el 40% durante los tres años siguientes a la creación de la empresa, según establece la Agencia Tributaria. Ni más ni menos.
  2. La empresa debe tener su domicilio social y fiscal en Galicia, un requisito recogido por la Agencia Tributaria.
  3. La entidad debe dedicarse a una actividad económica real, nada de empresas fantasmas.
  4. Debes mantener las participaciones durante tres años. Venderlas antes anula el beneficio fiscal.
  5. La empresa debe tener, al menos, un empleado contratado a jornada completa.

Ojo, esta deducción no es compatible con…

Esta deducción no se puede aplicar si ya te estás beneficiando de las siguientes deducciones:

  • Inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bursátil.
  • Inversión en la adquisición de acciones en entidades nuevas o su financiación.
  • Inversión en empresas que desarrollen actividades agrarias.

Si estos términos te suenan a chino, ¡tranquilo! Lo importante es que sepas que no se pueden combinar.

Documentación necesaria

Asegúrate de tener:

  • Certificado de la empresa que confirme que se cumplen todos los requisitos.
  • Justificantes de la inversión realizada.
  • Documentación que acredite la actividad económica de la empresa.

Sin estos papeles, Hacienda podría poner pegas.

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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas
frecuentes

¿Cuánto dinero puedo deducirme si invierto en una empresa nueva en Galicia?
La deducción autonómica gallega es del 30% del importe invertido, con un límite máximo de 6.000 €. El porcentaje se eleva al 45% cuando la empresa es PYME innovadora, joven o está vinculada a universidades u organismos públicos de investigación. Por ejemplo, una inversión de 10.000 € en una empresa estándar genera 3.000 € de deducción aplicable sobre la cuota íntegra autonómica.
¿Qué pasa si vendo las participaciones antes de los tres años?
La venta o transmisión de las participaciones antes de cumplirse los 3 años desde la adquisición conlleva la pérdida automática del derecho a la deducción. El contribuyente debe regularizar mediante declaración complementaria y devolver el importe deducido más los intereses de demora correspondientes. Es fundamental mantener la inversión durante todo el periodo obligatorio para consolidar definitivamente el beneficio fiscal autonómico.
¿Puedo aplicar la deducción si tengo más del 40% de participación en la empresa?
No. La deducción autonómica gallega exige que el porcentaje de participación del inversor en la entidad se mantenga entre el 1% y el 40% durante los 3 años posteriores a la constitución de la empresa. Una participación superior al 40% inhabilita al contribuyente para aplicar la deducción. El requisito busca delimitar el ámbito a inversores minoritarios genuinos, no a socios controladores.
¿La deducción se aplica solo el año que invierto?
Sí. La deducción se aplica únicamente en el ejercicio fiscal en que se realiza la inversión efectiva en las participaciones de la entidad. No obstante, el contribuyente debe mantener las participaciones y cumplir el resto de requisitos (porcentaje, sin relación laboral según convocatoria) durante los 3 años siguientes. El incumplimiento posterior obliga a regularizar el beneficio fiscal ya aplicado en su día.

Cómo aplicar la deducción

Puedes aplicar esta deducción en las Casillas 1021 – 1038 de las deducciones autonómicas de Galicia en la Declaración de la Renta. Calcula bien el porcentaje y asegúrate de que tu inversión cumple con todos los requisitos legales.

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Autor
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