La deducción por inversión en empresas de nueva creación en Galicia te permite deducir el 30% de tu inversión (hasta 6.000 €), o el 45% si es una pyme innovadora. Eso sí, debes mantener las participaciones tres años.
Si has invertido en una empresa recién creada en Galicia, podrías beneficiarte de una deducción fiscal bastante atractiva. ¡Veamos cómo funciona!
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
La deducción es del 30% de lo que hayas invertido, con un límite máximo de 6.000 €. Y si tu inversión ha sido en una empresa innovadora pequeña o mediana, el porcentaje puede subir hasta un 45%. También aplica si la empresa está participada por una universidad u organismo de investigación, o si ha obtenido calificación como una iniciativa de empleo de base tecnológica. ¡Nada mal, verdad?
Como toda deducción, hay algunas condiciones que debes cumplir:
Esta deducción no se puede aplicar si ya te estás beneficiando de las siguientes deducciones:
Si estos términos te suenan a chino, ¡tranquilo! Lo importante es que sepas que no se pueden combinar.
Asegúrate de tener:
Sin estos papeles, Hacienda podría poner pegas.
Si estás pensando en invertir en una startup gallega o ya lo has hecho, aquí resolvemos las dudas más comunes sobre esta deducción fiscal que puede ayudarte a ahorrar en tu declaración de la renta.
Puedes deducirte el 30% de lo que hayas invertido, con un tope máximo de 6.000 €. Si la empresa es innovadora, pequeña o mediana, o está vinculada a una universidad u organismo de investigación, el porcentaje sube hasta el 45%. Por ejemplo, si inviertes 10.000 €, podrías deducirte hasta 3.000 € (o 4.500 € si es innovadora).
Si vendes las participaciones antes de cumplir los tres años, pierdes automáticamente el derecho a la deducción y tendrás que devolver a Hacienda todo lo que te hayas deducido. Es importante mantener la inversión durante todo el periodo obligatorio para conservar el beneficio fiscal.
No, la deducción solo es válida si tu participación se mantiene entre el 1% y el 40% durante los tres años siguientes a la creación de la empresa. Si superas ese 40%, quedas descalificado para aplicar esta deducción fiscal.
Sí, la deducción se aplica únicamente en el año en que realizas la inversión. Sin embargo, debes mantener las participaciones y cumplir todos los requisitos durante tres años completos. Si no lo haces, perderás el beneficio y tendrás que devolver lo deducido.
La empresa debe tener su domicilio social y fiscal en Galicia, dedicarse a una actividad económica real, y contar con al menos un empleado contratado a jornada completa. Además, debe ser una entidad de reciente creación y cumplir con las condiciones específicas establecidas por la normativa gallega.
No, esta deducción no es compatible con otras deducciones similares como la inversión en empresas que cotizan en el mercado alternativo bursátil, la inversión en financiación de entidades nuevas, o la inversión en empresas con actividades agrarias. Solo puedes aplicar una de ellas, así que elige la que más te beneficie.
Necesitas un certificado de la empresa que confirme que cumple todos los requisitos, los justificantes de la inversión realizada (transferencias, contratos de compraventa de acciones, etc.), y documentación que acredite que la empresa desarrolla una actividad económica real. Sin estos documentos, Hacienda podría rechazar tu deducción.
Esta deducción se aplica en las casillas 1021 a 1038 de las deducciones autonómicas de Galicia en tu Declaración de la Renta. Es importante calcular correctamente el porcentaje aplicable según el tipo de empresa y verificar que cumples todos los requisitos antes de incluirla.
Puedes aplicar esta deducción en las Casillas 1021 – 1038 de las deducciones autonómicas de Galicia en la Declaración de la Renta. Calcula bien el porcentaje y asegúrate de que tu inversión cumple con todos los requisitos legales.
Si vendes las participaciones antes del plazo de tres años, perderás el derecho a la deducción y tendrás que devolver lo deducido.
No, la deducción solo es válida si tu participación se mantiene entre el 1% y el 40%. Superar ese límite te descalifica.
Sí, la deducción se aplica en el año en que realizas la inversión, pero debes mantener los requisitos durante tres años para no perder el beneficio.
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