Deducción en Galicia por cuidado de hijos menores

Deduce hasta 600 € por los gastos de guardería o cuidado de tus hijos menores de 3 años si ambos padres trabajan en Galicia.

Actualizado en:
10/6/2026
Deducción por cuidado de hijos menores en Galicia: puedes deducirte el 30% de los gastos en guardería o cuidador, con un límite de 400€ (un hijo) o 600€ (dos o más). Ambos padres deben trabajar y el cuidador estar dado de alta en la Seguridad Social.

Si has tenido que dejar a tu hijo en una guardería o contratar a alguien para cuidarlo mientras trabajas, puedes beneficiarte de una deducción por cuidado de hijos menores. Esta ayuda está pensada para aliviar un poco la carga económica de las familias trabajadoras en Galicia.

Contenidos:

¿Cuánto puedes deducir?

Puedes deducirte el 30% de lo que has pagado por el cuidado de tus hijos menores de 3 años. Esto incluye tanto los gastos de una escuela infantil como los de una persona empleada para este fin. Sin embargo, hay ciertos límites:

  • Hasta 400 € si es un solo menor.
  • Hasta 600 € si tienes dos o más hijos.

Estos importes y el porcentaje del 30 % los confirma la Agencia Tributaria en su manual de deducciones autonómicas del IRPF 2025.

    Así que si has tenido que hacer malabares con el cuidado de los peques, esta deducción podría ayudarte bastante.

    Condiciones para aplicar la deducción

    Como es habitual, debes cumplir algunas condiciones para beneficiarte de esta deducción:

    1. El menor debe tener entre 0 y 3 años. A partir de los 4 años, ya no aplica.
    2. Tanto el padre como la madre deben estar trabajando, así que esta deducción es exclusiva para familias donde ambos padres están empleados. La Axencia Tributaria de Galicia exige que ambos progenitores realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dados de alta en la Seguridad Social o mutualidad.
    3. La persona que cuida al menor debe estar dada de alta en la Seguridad Social. Si optas por una guardería, asegúrate de que sea un centro debidamente registrado.
    4. Tu base imponible total, restando el mínimo personal y familiar, no debe superar (según la Agencia Tributaria):
      • 22.000 euros si tributas de manera individual.
      • 31.000 euros si tributas de forma conjunta.

    Cumplir estos requisitos es esencial para que no haya problemas al aplicar la deducción.

    Documentación necesaria

    Tendrás que tener a mano:

    • Recibos o justificantes de los pagos realizados a la guardería o a la persona empleada para el cuidado de tus hijos.
    • Certificados de que tanto el padre como la madre están trabajando.
    • Justificación de que la persona que cuida a los niños está dada de alta en la Seguridad Social.
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    Preguntas
    frecuentes

    ¿Puedo aplicar la deducción si solo uno de los padres está trabajando?
    No. La normativa autonómica gallega exige que ambos progenitores ejerzan una actividad laboral por cuenta propia o ajena durante el periodo en que se incurre en los gastos de cuidado del menor. Si uno de los progenitores no trabaja, el contribuyente no puede aplicar esta deducción autonómica. La medida pretende facilitar la conciliación cuando ambos progenitores están laboralmente activos efectivamente.
    ¿Qué pasa si la persona que cuida a mis hijos no está dada de alta en la Seguridad Social?
    Sin el alta en la Seguridad Social de la persona empleada para el cuidado del menor, la deducción no es aplicable. La alternativa es contratar el servicio en una guardería o escuela infantil oficialmente autorizada por la administración educativa. Conviene verificar antes de la contratación que la persona o el centro cumplen los requisitos formales que la normativa autonómica gallega exige.
    ¿El límite de 400 € o 600 € es por hijo o en total?
    El límite es global, no por descendiente. Con un solo hijo menor de 3 años el tope máximo es 400 €. Con dos o más hijos menores de 3 años el tope se eleva hasta 600 € en total. Estos importes corresponden a la aplicación del 30% sobre el gasto efectivo de cuidado o guardería justificado mediante facturas durante el ejercicio fiscal autonómico.
    ¿Hasta qué edad de los hijos puedo aplicar esta deducción?
    La deducción autonómica gallega solo es aplicable cuando los hijos son menores de 3 años durante el ejercicio fiscal. Al cumplir el menor los 3 años, el contribuyente pierde el derecho a aplicarla en los ejercicios siguientes, con independencia de que continúe satisfaciendo gastos de cuidado en guardería o servicio doméstico. La edad se computa a 31 de diciembre del ejercicio fiscal.

    Cómo aplicar la deducción

    Esta deducción se encuentra también entre las Casillas 1021 – 1038 de las deducciones autonómicas en la Declaración de la Renta de Galicia. Rellena las casillas correctamente y verifica los importes que estás declarando. Un pequeño error podría costarte dinero o tiempo, así que asegúrate de que todo esté en orden.

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    Equipo TaxDown
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