Deducción en Galicia por rehabilitación de bienes inmuebles situados en centros histórico

Deduce el 15% de tus obras en inmuebles de centros históricos gallegos, con un límite de 9.000 €. Te contamos los requisitos.

Actualizado en:
10/6/2026
Deducción por rehabilitación de inmuebles en centros históricos de Galicia: puedes deducirte el 15% del gasto (máximo 9.000 €). Necesitas permisos, certificado del ayuntamiento y que la obra supere el 25% del valor del inmueble.

Si has hecho obras de rehabilitación en un inmueble que tienes en un centro histórico de Galicia, ¡podrías beneficiarte de una deducción fiscal considerable! Te explicamos cómo funciona.

Contenidos:

¿Cuánto puedes deducir?

Puedes deducirte el 15% de lo que te hayas gastado en las obras de rehabilitación, con un límite máximo de 9.000 €, según el manual de deducciones autonómicas de IRPF 2025 de la Agencia Tributaria. Así que si has invertido en renovar tu propiedad histórica, no olvides aprovechar esta oportunidad para recuperar parte del gasto.

Condiciones para aplicar la deducción

Como es habitual, hay ciertos requisitos que debes cumplir:

  1. Tu propiedad debe estar ubicada en un centro histórico reconocido según la normativa específica de Galicia.
  2. Necesitarás obtener los permisos administrativos adecuados para llevar a cabo las obras.
  3. El proyecto de rehabilitación debe ser significativo, es decir, que la obra tenga un coste que supere el 25% del valor del inmueble (de compra o de mercado), tal como detalla la Agencia Tributaria.
  4. Debes tener un certificado del ayuntamiento que confirme que el inmueble está efectivamente en un centro histórico designado, requisito que recoge la Agencia Tributaria.
  5. La deducción se basa en tu porcentaje de propiedad y el gasto real que hayas pagado, sin importar el régimen matrimonial.

Además, recuerda que la deducción solo aplica en el año en que efectúas el pago de las obras. Así que es importante planificarlo bien.

Documentación necesaria

Para aplicar esta deducción, asegúrate de tener:

  • Permisos administrativos y licencias que justifiquen la obra.
  • Certificado del ayuntamiento que confirme la ubicación en un centro histórico.
  • Facturas y justificantes de pago que acrediten los gastos realizados.

Tener todo en orden es fundamental para evitar problemas con Hacienda.

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*El costo del servicio varía según el monto a devolver. Puede ser gratuito, un 25% del saldo o una tarifa fija. El cobro nunca excederá los $999. El costo del servicio se cobrará del monto recuperado.

**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas
frecuentes

¿Cuánto dinero puedo recuperar con esta deducción?
Puedes deducirte el 15% del importe invertido en las obras de rehabilitación, con un límite máximo de 9.000 € por contribuyente. Por ejemplo, una inversión de 60.000 € genera el tope máximo de 9.000 € deducibles en la declaración autonómica gallega del IRPF del ejercicio en que se ejecutan las obras.
¿Qué tipo de obras pueden beneficiarse de esta deducción?
Son obras de rehabilitación de inmuebles ubicados en centros históricos oficialmente reconocidos de Galicia. El coste de la rehabilitación debe superar el 25% del valor del inmueble, tomando como referencia el de compra o el de mercado. Es imprescindible contar con los permisos y licencias administrativas correspondientes antes de iniciarlas.
¿Qué documentos necesito guardar para aplicar la deducción?
Conserva los permisos y licencias administrativas de las obras, el certificado del ayuntamiento que acredite que el inmueble se sitúa en centro histórico y todas las facturas y justificantes de pago. Hacienda puede requerir esta documentación en comprobaciones posteriores, por lo que conviene archivarla durante el plazo de prescripción.
¿Puedo aplicar la deducción si soy copropietario del inmueble?
Sí, cada copropietario aplica la deducción en proporción a su porcentaje de titularidad y al importe que efectivamente haya satisfecho. La regla opera con independencia del régimen económico matrimonial. Cada uno deduce su parte del 15% sin que la suma supere los 9.000 € por contribuyente y ejercicio.

Cómo aplicar la deducción

Puedes aplicar esta deducción en las Casillas 1021 – 1038 de las deducciones autonómicas de Galicia en tu Declaración de la Renta. Rellena la información con cuidado y asegúrate de cumplir con todos los requisitos.

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Autor
Equipo TaxDown
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