Deducción en Galicia por alquiler de vivienda habitual

Descubre cómo ahorrar hasta 1.200 € al año en tu declaración si alquilas tu vivienda habitual en Galicia y cumples los requisitos.

Actualizado en:
3/6/2026
Si vives de alquiler en Galicia y tienes menos de 35 años, puedes deducirte hasta el 10% del alquiler (máximo 300 €). Con dos hijos o más, sube al 20%. Eso sí, la fianza debe estar depositada en el Instituto Gallego de la Vivienda.

Si vives de alquiler en Galicia y cumples algunos requisitos, puedes beneficiarte de una deducción que podría darte un pequeño respiro a final de año. ¡Te explicamos cómo funciona!

Contenidos:

¿Cuánto puedes deducir?

Puedes deducirte el 10% de lo que pagas de alquiler, con un límite máximo de 300 € al año. Si tienes dos o más hijos menores, la deducción sube al 20%, con un tope de 600 €. Y si tienes un grado de discapacidad del 33% o más, las cantidades y los límites se duplican, ¡lo que significa hasta 1.200 € de ahorro!

Condiciones para aplicar la deducción

No cualquiera puede beneficiarse. Tienes que cumplir las siguientes condiciones:

  1. Ser menor de 35 años.
  2. Que el contrato de alquiler esté firmado después del 1 de enero de 2003.
  3. Haber depositado la fianza del alquiler en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo. Este paso es imprescindible para que todo sea legal.
  4. Tu base imponible total, después de restar el mínimo familiar, no debe superar 22.000 euros, ya sea en tributación individual o conjunta.

Documentación necesaria

Asegúrate de tener:

  • Una copia del contrato de alquiler con la fecha correctamente registrada.
  • Justificante de que la fianza está depositada en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.
  • Documentación que acredite la discapacidad, si corresponde.

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Preguntas
frecuentes

¿Cuánto dinero puedo ahorrarme con esta deducción?
La deducción autonómica gallega es del 10% del importe pagado por el alquiler, con un máximo de 300 € anuales. Con 2 o más hijos menores la deducción se eleva al 20%, hasta 600 €. Con discapacidad del 33% o superior reconocida, las cantidades se duplican: 600 € (general) o 1.200 € (con 2 o más hijos menores) como límites máximos.
¿Qué requisitos debo cumplir para aplicar la deducción?
Los requisitos son: edad inferior a 35 años, contrato de arrendamiento firmado con posterioridad al 1 de enero de 2003, depósito de la fianza en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, y base imponible (descontado el mínimo personal y familiar) inferior a 22.000 €. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos impide aplicar la deducción autonómica en el ejercicio correspondiente.
¿Puedo aplicar la deducción si tengo más de 35 años?
No. La normativa autonómica gallega exige expresamente que el contribuyente tenga menos de 35 años. Una vez cumplidos los 35 años durante el ejercicio fiscal, se pierde el derecho a aplicar la deducción por alquiler de vivienda habitual. La edad se valora a 31 de diciembre del ejercicio fiscal en que se aplica la deducción autonómica del IRPF.
¿Qué pasa si no he depositado la fianza en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo?
El depósito de la fianza en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS) es requisito imprescindible para aplicar la deducción. Sin la constancia del depósito en el registro autonómico, la Agencia Tributaria no admite la práctica de la deducción autonómica. Conviene completar el trámite a la mayor brevedad y conservar el justificante de presentación ante el IGVS.

Cómo aplicar la deducción

Puedes aplicar esta deducción en las Casillas 1021 – 1038 de las deducciones autonómicas en tu Declaración de la Renta. Es importante que marques correctamente las casillas y calcules bien los porcentajes para aprovechar al máximo el ahorro sin errores.

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Autor
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