La deducción por adecuación de vivienda vacía en Galicia te permite desgravar el 15% de los gastos de reforma (hasta 9.000 €) si alquilas tu piso desocupado. Descubre los requisitos y cómo aplicarla en tu declaración de la renta.
Si eres propietario de una vivienda vacía y quieres alquilarla, a partir del 1 de enero de 2026 podrás beneficiarte de una deducción en el IRPF por los gastos que realices en su reforma o adecuación. Este incentivo busca aumentar la oferta de alquiler y reducir el número de viviendas desocupadas, ayudando a los propietarios a recuperar parte de la inversión realizada en obras de mejora.
En este artículo te explicamos cómo funciona la deducción por adecuación de vivienda vacía, cuánto puedes ahorrar y qué requisitos debes cumplir para aplicarla en la declaración de la renta.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Es un beneficio fiscal por reformar una vivienda para alquilar, permitiendo a los propietarios desgravar un porcentaje del dinero gastado en obras de mejora, reparaciones o incluso en los trámites administrativos necesarios para formalizar el contrato de arrendamiento.
Esta ayuda fiscal para propietarios que alquilan viviendas vacías está pensada para quienes tengan inmuebles desocupados y los preparen para el mercado de alquiler.
Si realizas mejoras en una vivienda vacía para ponerla en alquiler, podrás deducirte:
Para beneficiarte de esta deducción por adecuación de vivienda vacía, debes cumplir los siguientes requisitos:
Dentro de esta ayuda fiscal para propietarios que alquilan viviendas vacías, los siguientes gastos pueden deducirse:
Para incluir esta deducción por adecuación de vivienda vacía en tu declaración de la renta:
Resolvemos las dudas más comunes sobre este beneficio fiscal que te permite recuperar parte de la inversión al reformar tu vivienda vacía para alquilarla.
No, la vivienda debe haber estado desocupada al menos un año completo antes de iniciar las obras de reforma. Este requisito es obligatorio para poder beneficiarte de la deducción. Además, durante ese tiempo no puede haber estado alquilada, en uso ni afectada a ninguna actividad económica.
Si superas el plazo de seis meses sin alquilar la vivienda tras finalizar las reformas, perderás el derecho a aplicar esta deducción. Por eso es importante planificar bien los tiempos y tener en cuenta este requisito antes de iniciar las obras.
No, la normativa no permite aplicar esta deducción si alquilas la vivienda a familiares cercanos. Esto incluye a tu cónyuge, hijos, padres o cualquier pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad. El objetivo es fomentar el alquiler en el mercado general, no entre familiares.
Aunque gastes 12.000 euros, el máximo que puedes deducirte por vivienda es de 9.000 euros en total. Sobre esos 9.000 euros se aplica el 15%, lo que te daría una deducción de 1.350 euros. Además, recuerda que solo puedes aplicar hasta 3.000 euros por año en tu declaración, aunque el resto lo puedes trasladar a los dos años siguientes.
Puedes incluir obras de reparación y conservación que mejoren la habitabilidad de la vivienda, gastos administrativos y legales relacionados con la formalización del contrato de alquiler, y el coste del certificado de eficiencia energética, que es obligatorio para poder alquilar. Es fundamental guardar todas las facturas y documentos justificativos.
No, uno de los requisitos es no tener más de tres viviendas en alquiler (sin contar garajes, trasteros o tu vivienda habitual). Si ya tienes más de tres propiedades arrendadas, no podrás beneficiarte de esta deducción fiscal.
No te preocupes, puedes seguir aplicando la deducción siempre que vuelvas a alquilar la vivienda en un plazo máximo de seis meses y la suma de todos los contratos alcance los tres años. Esto te da flexibilidad en caso de que haya cambios de inquilinos.
Esta deducción está disponible a partir del 1 de enero de 2025, por lo que podrás aplicarla en la declaración de la renta correspondiente a ese año fiscal, siempre que hayas realizado las obras y cumplido todos los requisitos durante 2025.
Este beneficio fiscal por reformar una vivienda para alquilar es una gran oportunidad para propietarios que quieran poner en uso sus inmuebles desocupados. No solo supone un ahorro en impuestos, sino que también ayuda a aumentar la oferta de alquiler.
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