Deducción por adecuación de vivienda vacía en Galicia

Descubre cómo deducirte hasta 9.000 euros por reformar tu vivienda vacía y ponerla en alquiler desde enero de 2025.

Actualizado en:
10/6/2026

La deducción por adecuación de vivienda vacía en Galicia te permite desgravar el 15% de los gastos de reforma (hasta 9.000 €) si alquilas tu piso desocupado. Descubre los requisitos y cómo aplicarla en tu declaración de la renta.

Si eres propietario de una vivienda vacía y quieres alquilarla, a partir del 1 de enero de 2025 podrás beneficiarte de una deducción en el IRPF por los gastos que realices en su reforma o adecuación. Este incentivo busca aumentar la oferta de alquiler y reducir el número de viviendas desocupadas, ayudando a los propietarios a recuperar parte de la inversión realizada en obras de mejora.

En este artículo te explicamos cómo funciona la deducción por adecuación de vivienda vacía, cuánto puedes ahorrar y qué requisitos debes cumplir para aplicarla en la declaración de la renta.

Contenidos:

¿Qué es la deducción por adecuación de vivienda vacía?

Es un beneficio fiscal por reformar una vivienda para alquilar, permitiendo a los propietarios desgravar un porcentaje del dinero gastado en obras de mejora, reparaciones o incluso en los trámites administrativos necesarios para formalizar el contrato de arrendamiento.

Esta ayuda fiscal para propietarios que alquilan viviendas vacías está pensada para quienes tengan inmuebles desocupados y los preparen para el mercado de alquiler.

¿Cuánto puedes deducirte?

Si realizas mejoras en una vivienda vacía para ponerla en alquiler, podrás deducirte:

  • 15% del dinero invertido en reformas, reparaciones y gastos asociados, según recoge la Agencia Tributaria.
  • Máximo de 9.000 euros por vivienda en total.
  • Máximo de 3.000 euros por año en la declaración (si superas este límite, lo no deducido se puede aplicar en los dos años siguientes).
  • Si aplicas la deducción en dos o tres viviendas a la vez, el límite anual sube a 6.000 euros y puedes aplicar lo no deducido en los siguientes cuatro años.

Requisitos para aplicar la deducción

Para beneficiarte de esta deducción por adecuación de vivienda vacía, debes cumplir los siguientes requisitos:

  • La vivienda debe haber estado vacía al menos un año antes de iniciar las obras (no puede haber estado en uso, alquilada ni afectada a actividades económicas).
  • Las obras deben concluir en un plazo máximo de dos años desde su inicio, según la Agencia Tributaria.
  • El inmueble debe alquilarse en un máximo de seis meses tras finalizar las obras.
  • El valor de la vivienda no puede superar los 250.000 euros, tal y como detalla la Agencia Tributaria.
  • No puedes alquilarla a familiares cercanos (cónyuge, hijos, padres o parientes hasta el tercer grado).
  • Debes declarar el NIF de las personas o empresas que realizaron las obras y el importe pagado.
  • No puedes tener más de tres viviendas en alquiler, sin contar garajes, trasteros o tu casa habitual.
  • Si el contrato dura menos de tres años, puedes seguir aplicando la deducción si vuelves a alquilarla en un plazo de seis meses y la suma de los contratos llega a tres años.
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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Gastos que puedes incluir en la deducción

Dentro de esta ayuda fiscal para propietarios que alquilan viviendas vacías, los siguientes gastos pueden deducirse:

  • Obras de reparación y conservación para mejorar la habitabilidad de la vivienda.
  • Gastos administrativos y legales, como la formalización del contrato de alquiler.
  • Obtención del certificado de eficiencia energética, obligatorio para alquilar la vivienda.

Cómo aplicar la deducción en la declaración de la renta

Para incluir esta deducción por adecuación de vivienda vacía en tu declaración de la renta:

  1. Asegúrate de cumplir todos los requisitos antes de presentar tu declaración.
  2. Guarda todas las facturas y documentos que justifiquen los gastos realizados.
  3. Incluye la deducción en tu declaración del año en que se constituya el arrendamiento, según la Agencia Tributaria.
  4. Si no puedes aplicar toda la deducción en un solo año, puedes aprovecharla en los años siguientes.

Preguntas
frecuentes

¿Puedo aplicar esta deducción si mi vivienda solo estuvo vacía 6 meses?
No. La normativa autonómica gallega exige que la vivienda haya permanecido efectivamente desocupada durante al menos un año completo antes de iniciar las obras de reforma. Durante ese periodo la vivienda no puede haber estado alquilada, en uso por terceros ni afectada a ninguna actividad económica del titular. El cómputo del año se realiza desde el cese efectivo del uso anterior.
¿Qué pasa si no consigo alquilar la vivienda en los 6 meses después de terminar las obras?
El incumplimiento del plazo de 6 meses para formalizar el arrendamiento tras finalizar las obras de adecuación determina la pérdida del derecho a aplicar la deducción autonómica gallega. La planificación temporal es crítica: conviene buscar inquilino con antelación al fin de las obras para asegurar la formalización del contrato dentro del plazo legal computado desde la conclusión efectiva de las obras.
¿Puedo deducirme si alquilo la vivienda a mi hijo o a mis padres?
No. La normativa autonómica gallega excluye expresamente del ámbito de la deducción los arrendamientos formalizados con familiares cercanos del propietario: cónyuge, hijos, padres y cualquier pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad. El objetivo legal de la medida es fomentar el alquiler en el mercado general, no canalizar movimientos económicos entre miembros del mismo núcleo familiar extendido.
Si gasto 12.000 euros en reformas, ¿cuánto me puedo deducir?
El límite máximo de gasto computable por vivienda es de 9.000 € sobre el que se aplica el 15%, generando una deducción potencial de 1.350 €. Adicionalmente existe un límite anual de aplicación: solo pueden computarse 3.000 € de base por ejercicio fiscal, por lo que la deducción anual queda en 450 € (15% de 3.000 €), trasladable a ejercicios siguientes hasta agotar el límite.

Conclusión: Un incentivo para propietarios que quieran alquilar su vivienda vacía

Este beneficio fiscal por reformar una vivienda para alquilar es una gran oportunidad para propietarios que quieran poner en uso sus inmuebles desocupados. No solo supone un ahorro en impuestos, sino que también ayuda a aumentar la oferta de alquiler.

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