Si has invertido en empresas en crecimiento que cotizan en el mercado alternativo bursátil, esta deducción en Galicia podría ayudarte a reducir tu carga fiscal. Es una forma de incentivar la inversión en negocios con gran potencial de expansión.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Puedes deducirte el 15% de lo que hayas invertido, con un límite máximo de 4.000 € al año. Si estás apostando por empresas en expansión, es una manera interesante de reducir lo que pagas en tu Declaración de la Renta.
No todo el mundo puede beneficiarse de esta deducción. Aquí están las condiciones:
Además, recuerda que debes detallar esta deducción en tu declaración para que Hacienda la tenga en cuenta.
Esta deducción no es compatible con:
Para aplicar esta deducción, asegúrate de tener:
Organizar bien estos documentos es clave para que todo salga sin problemas.
Si estás pensando en invertir en empresas con potencial de crecimiento o ya lo has hecho, aquí resolvemos las dudas más comunes sobre esta deducción fiscal en Galicia.
Puedes deducirte el 15% de la cantidad que hayas invertido en acciones de empresas que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bursátil. Eso sí, hay un tope: la deducción máxima es de 4.000 € al año. Por ejemplo, si inviertes 10.000 €, podrás deducirte 1.500 € en tu declaración.
Debes conservar las acciones durante un mínimo de tres años desde que las compraste. Si las vendes antes de ese plazo, perderás el derecho a la deducción y tendrás que devolver a Hacienda el importe que te hayas deducido. Es importante tener paciencia y pensar en esta inversión a medio plazo.
No, existe un límite de participación. No puedes tener más del 10% de la empresa en la que inviertes. Esta deducción está pensada para pequeños inversores que apuestan por empresas en crecimiento, no para socios con participaciones significativas en el negocio.
La empresa debe tener su domicilio social y fiscal en Galicia y cotizar en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bursátil (MAB). Además, la inversión debe estar documentada en una escritura pública donde conste tu identidad y el importe invertido.
No, esta deducción es incompatible con otras similares como la deducción por inversión en empresas de nueva creación, la deducción por inversión en empresas agrarias o la deducción por financiación de entidades. Tendrás que elegir la que más te convenga según tu situación particular.
Es fundamental que conserves la escritura pública que documenta tu inversión, ya que es el documento principal que Hacienda te pedirá si revisa tu declaración. También es recomendable guardar cualquier justificante que demuestre que la empresa tiene su domicilio en Galicia y que cumples con todos los requisitos exigidos.
Debes incluir esta deducción en las casillas 1021 a 1038 del apartado de deducciones autonómicas de Galicia en tu Declaración de la Renta. Asegúrate de revisar bien todos los datos antes de presentarla para evitar errores que puedan retrasar la tramitación.
Puedes aplicar esta deducción en las Casillas 1021 – 1038 de las deducciones autonómicas de Galicia en tu Declaración de la Renta. Revisa con cuidado que has incluido toda la información y que tu inversión cumple los criterios.
Si vendes las acciones antes de tiempo, perderás el derecho a la deducción y tendrás que devolver lo deducido a Hacienda.
No, el porcentaje máximo de participación permitido es el 10%. Si tienes más, no podrás beneficiarte de esta deducción.
Debes presentar la escritura pública en la que se detalla tu inversión. Este documento es fundamental para justificar la deducción.
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