Deducción en Galicia por inversión en empresas que desarrollen actividades agrarias

Deduce el 20% de tu inversión en empresas agrarias gallegas, hasta 20.000 €. Conoce los requisitos y cómo aplicar esta ventaja fiscal.

Actualizado en:
9/2/2026
Invertir en empresas agrarias en Galicia te permite deducir el 20% de tu inversión (máximo 20.000 €). Debes mantenerla 5 años, documentarla en escritura pública y no trabajar en la empresa. Se aplica en las casillas 1021-1038.

Si has decidido invertir en empresas o cooperativas agrarias en Galicia, puedes beneficiarte de una deducción fiscal bastante interesante. Este incentivo busca promover la inversión en actividades agrarias y la recuperación de tierras.

Contenidos:

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¿Cuánto puedes deducir?

Puedes deducirte el 20% de lo que hayas invertido, con un límite máximo de 20.000 €. Una cantidad nada despreciable si has apostado por el desarrollo del sector agrario gallego.

Condiciones para aplicar la deducción

Hay varias condiciones importantes que debes cumplir para aplicar esta deducción:

  1. La inversión debe ser en entidades que realicen actividades agrarias, en sociedades de fomento forestal, o en entidades que trabajen en la recuperación de tierras agrarias de Galicia.
  2. Debes mantener la inversión, préstamo o garantía durante al menos cinco años. No hay escapatoria: si te sales antes, pierdes el derecho a la deducción.
  3. Las inversiones deben estar documentadas en escritura pública, con tu identidad y el importe especificado claramente.
  4. No puedes ejercer funciones ejecutivas o de dirección en la empresa beneficiaria durante los próximos diez años, ni tener una relación laboral con ella (salvo en ciertos casos de cooperativas).
  5. Esta deducción no es compatible con otras similares que beneficien inversiones en entidades nuevas o recientes dentro de Galicia.

Además, es obligatorio detallar esta deducción en tu declaración, incluyendo la información requerida en el Anexo correspondiente.

Documentación necesaria

Prepara los siguientes documentos:

  • Escritura pública que documente la inversión y detalle tu participación.
  • Pruebas de que la entidad realiza actividades agrarias, forestales o de recuperación de tierras.
  • Cualquier otra documentación que confirme el cumplimiento de los requisitos.

Tener toda esta información organizada te ahorrará dolores de cabeza si Hacienda decide revisarlo.

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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas frecuentes sobre la deducción por inversión en empresas agrarias en Galicia

Si estás pensando en invertir en el sector agrario gallego o ya lo has hecho, aquí resolvemos las dudas más comunes sobre esta deducción fiscal.

¿Cuánto dinero puedo deducirme por invertir en empresas agrarias gallegas?

Puedes deducirte el 20% de la cantidad que hayas invertido, con un tope máximo de 20.000 euros. Por ejemplo, si inviertes 10.000 euros, podrás deducirte 2.000 euros en tu declaración de la renta. Es una ayuda importante para quienes apuestan por el desarrollo del campo gallego.

¿Cuánto tiempo tengo que mantener mi inversión para no perder la deducción?

Debes mantener tu inversión durante un mínimo de cinco años. Si decides vender o retirar tu dinero antes de ese plazo, perderás el derecho a la deducción y tendrás que devolver a Hacienda lo que te hayas deducido. Es importante tener esto claro antes de invertir.

¿Puedo trabajar en la empresa donde he invertido y seguir aplicando la deducción?

En general, no. No puedes tener una relación laboral ni ejercer funciones ejecutivas o de dirección en la empresa durante los próximos diez años. La única excepción son ciertos casos específicos de cooperativas agrarias. Esta condición busca que la inversión sea genuina y no una forma de beneficiarse fiscalmente de tu propio trabajo.

¿Qué tipo de empresas pueden beneficiarse de mi inversión para aplicar esta deducción?

Tu inversión debe dirigirse a entidades que realicen actividades agrarias, sociedades de fomento forestal o empresas dedicadas a la recuperación de tierras agrarias en Galicia. No vale cualquier tipo de empresa, debe estar relacionada específicamente con el sector agrario gallego.

¿Qué documentos necesito guardar para justificar mi inversión ante Hacienda?

Lo más importante es la escritura pública que documente tu inversión, donde debe aparecer claramente tu identidad y el importe invertido. También necesitarás pruebas de que la entidad realiza las actividades agrarias permitidas. Es fundamental tener todo bien organizado por si Hacienda te lo solicita en una revisión.

¿Puedo combinar esta deducción con otras deducciones por inversión en Galicia?

No, esta deducción no es compatible con otras deducciones similares que beneficien inversiones en entidades nuevas o recientes dentro de la comunidad gallega. Tendrás que elegir cuál te resulta más ventajosa según tu situación particular.

¿Dónde tengo que indicar esta deducción en mi declaración de la renta?

Debes aplicar esta deducción en las casillas 1021 a 1038 de las deducciones autonómicas de Galicia en tu Declaración de la Renta. Asegúrate de rellenar correctamente el Anexo correspondiente con toda la información requerida sobre tu inversión.

Cómo aplicar la deducción

Puedes aplicar esta deducción en las Casillas 1021 – 1038 de las deducciones autonómicas de Galicia en tu Declaración de la Renta. Asegúrate de que los detalles sean precisos y que cumples con todas las condiciones.

Preguntas frecuentes

¿Puedo aplicar la deducción si trabajo en la empresa agraria donde he invertido?

No, salvo que sea una cooperativa específica, no puedes tener una relación laboral ni ejercer funciones ejecutivas en la empresa durante diez años.

¿Qué pasa si vendo la inversión antes de los cinco años?

Si vendes la inversión antes del plazo de cinco años, perderás el derecho a la deducción y tendrás que devolver lo deducido.

Cómo documento la inversión si Hacienda me lo pide?

Debes presentar la escritura pública donde se detalla la inversión y otros documentos que demuestren que la entidad cumple con las actividades requeridas.

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