Deducción en Galicia por adquisición de libros de texto y material escolar

Deduce el 15% de lo que gastes en libros de texto y material escolar en Galicia, hasta 105€ por hijo. Desde 2026 tienes que pagarlo con tarjeta o transferencia: en efectivo no cuenta.

Actualizado en:
4/9/2026

Deducción por libros de texto y material escolar en Galicia: el 15% del gasto, hasta 105€ por hijo matriculado en Primaria, ESO o Educación Especial, con una renta per cápita familiar máxima de 30.000€. El material escolar computa hasta 300€ al año y, dentro de esa cifra, el material deportivo no puede pasar de 150€. En 2026 la deducción cubre las compras de todo el año natural y solo si las pagas con tarjeta, transferencia u otro medio bancario: el efectivo no da derecho a deducción.

Si tienes hijos en edad escolar en Galicia, puedes deducirte parte de lo que gastas en libros de texto y material escolar: hasta 105€ por hijo en tu declaración de la renta. La deducción arrancó en la Renta 2025 y en 2026 ya cubre las compras de todo el año, pero con una condición nueva que conviene tener clara antes de la vuelta al cole: los pagos en efectivo se han quedado fuera.

Contenidos:

¿Qué es la deducción por libros de texto y material escolar?

Desde el ejercicio 2025, las familias gallegas pueden deducirse el 15% del gasto en libros de texto y material escolar en su declaración de la renta. El límite máximo es de 105€ por cada hijo matriculado en Educación Primaria, ESO o Educación Especial. Esta deducción fue creada por la Ley 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, publicada en el Boletín Oficial del Estado, y busca aliviar el coste del inicio del curso escolar para las familias con rentas medias.

Qué cambia en el ejercicio 2026

En la Renta 2025 solo contaban las facturas emitidas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025. En 2026 la deducción se aplica a las compras hechas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, es decir, todo el año natural, y ya no admite pagos en efectivo. La Xunta calcula que más de 60.000 familias gallegas pueden aplicarla en el curso 2026-2027.

¿Cuánto puedes deducirte?

Podrás deducirte el 15% de las cantidades gastadas en libros de texto y material escolar, con un máximo de 105€ por cada descendiente matriculado, según el manual de deducciones autonómicas de la Agencia Tributaria.

  • Si tienes dos hijos en edad escolar, la deducción máxima será de 210€.
  • Si tienes tres hijos, podrás deducir hasta 315€ en total.
  • La deducción se aplica en la cuota íntegra autonómica del IRPF.

Los topes que no salen en el titular

Los 105€ son el tope de la deducción, pero antes hay dos límites sobre el gasto que puedes computar:

  • Material escolar: 300€ como máximo al año. Lo que gastes por encima no entra en el cálculo.
  • Material escolar deportivo: 150€ al año, y va dentro de esos 300€, no se suma aparte.

Los libros de texto no tienen ese tope de 300€: computan aparte, y lo que limita el total es el máximo de 105€ de deducción por hijo. En la práctica, para llegar a los 105€ necesitas justificar unos 700€ de gasto por hijo.

Estos límites los fija la Orden de 26 de marzo de 2026 de la Consellería de Facenda e Administración Pública, y ya se aplicaban en la Renta 2025.

Requisitos para aplicar la deducción

Para beneficiarte de esta deducción por libros de texto y material escolar, debes cumplir las siguientes condiciones:

  • Centro y etapa. Tus hijos deben estar matriculados en centros sostenidos con fondos públicos (públicos o concertados) en Educación Primaria, ESO o Educación Especial. Los privados no concertados quedan fuera.
  • Renta per cápita máxima de 30.000€. Se calcula con la renta del ejercicio anterior (para la Renta 2025, la de 2024) dividida entre los miembros computables de la familia, tal y como detalla la Axencia Tributaria de Galicia. Quien acredite una discapacidad igual o superior al 33% o una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez cuenta por dos: eso baja la renta per cápita y facilita entrar en el límite.
  • Fechas de compra. En el ejercicio 2025 solo dan derecho las facturas emitidas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre. En el ejercicio 2026, todo el año natural: del 1 de enero al 31 de diciembre.
  • Cómo lo pagues importa. Necesitas factura detallada a nombre del progenitor o del alumno y justificante del pago con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo, ingreso en cuenta en entidades de crédito o plataformas de pagos electrónicos instantáneos autorizadas en España. El efectivo no da derecho a la deducción. Solo en 2025, y de forma excepcional, se admitieron los pagos en metálico, según la Ley 2/2026, de 27 de febrero, de medida excepcional de carácter fiscal.
  • Quién la aplica. Cuentan los hijos que te dan derecho al mínimo por descendientes. Hay una excepción a tu favor: si eres el progenitor que paga las facturas pero no aplica ese mínimo, también puedes deducirte.
  • Incompatible con becas y ayudas públicas para el mismo hijo y el mismo curso escolar que cubran esos libros y material. En concreto, si participas en el fondo solidario de libros de texto o cobras las ayudas de la Consellería de Educación para libros y material escolar, no puedes aplicar la deducción por esos gastos.
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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

¿Qué gastos puedes incluir?

La Orden de 26 de marzo de 2026 fija la lista de lo que cuenta:

  • Libros de texto editados para Primaria, ESO o Educación Especial.
  • Cuadernos de actividades, cuadernos, blocs, carpetas, archivadores y papel de uso escolar.
  • Instrumentos de escritura: bolígrafos, lápices, rotuladores, gomas, sacapuntas, reglas, compases, escuadras y cartabones.
  • Material de dibujo y manualidades: pinturas, pinceles, plastilina, tijeras escolares y cola.
  • Mochilas y estuches.
  • Libros de lectura establecidos por el centro y diccionarios.
  • Calculadoras básicas exigidas por el currículo.
  • Material escolar deportivo: la ropa y el calzado deportivo para Educación Física, con un tope de 150€ al año.

Qué queda fuera:

  • Dispositivos electrónicos de uso general: ordenadores, tabletas y teléfonos móviles.
  • Los uniformes, salvo la ropa deportiva de Educación Física, que sí entra.
  • Servicios complementarios: comedor, transporte escolar y actividades extraescolares.
  • Material de carácter recreativo no vinculado al currículo.

Cómo aplicar la deducción en la declaración de la renta

Incluye la deducción en el apartado de deducciones autonómicas de Galicia de tu declaración. Las compras de 2025 fueron en la Renta 2025; las de 2026 van en la declaración que presentarás en 2027. Si utilizas TaxDown, nuestro sistema la detectará automáticamente y te guiará para aplicarla correctamente sin complicaciones.

Guarda las dos cosas: la factura detallada y el justificante del pago. Con la factura sola no basta, porque Hacienda tiene que poder comprobar que no pagaste en efectivo.

Preguntas
frecuentes

¿Cuánto me puedo ahorrar como máximo?
La deducción tiene un tope máximo de 105 € por cada descendiente matriculado en Educación Primaria, ESO o Educación Especial, y se calcula aplicando el 15% sobre el gasto justificado. Antes de ese tope hay otros dos límites: el material escolar computa como máximo 300 € al año y, dentro de esa cifra, el material deportivo no puede pasar de 150 €. Los libros de texto no tienen ese límite de 300 €. En la práctica, para llegar a los 105 € de deducción necesitas justificar unos 700 € de gasto por hijo.
¿Puedo pagar los libros en efectivo?
No, salvo en 2025. La normativa gallega establece que en ningún caso dan derecho a la deducción las cantidades pagadas en efectivo: hay que pagar con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo, ingreso en cuenta en entidades de crédito o plataformas de pagos electrónicos instantáneos autorizadas en España. Solo para la Renta 2025 se admitió de forma excepcional el pago en metálico. Desde las compras de 2026, si pagas los libros en efectivo pierdes la deducción aunque conserves la factura.
¿Qué pasa si ya recibo una beca o ayuda para los libros?
La deducción es incompatible, para el mismo descendiente y el mismo curso escolar, con cualquier beca o ayuda pública que cubra la adquisición de esos libros y material escolar. Afecta en particular a quien participa en el fondo solidario de libros de texto o recibe las ayudas de la Consellería de Educación para adquirir libros y material escolar: por esos gastos no se puede aplicar la deducción.
¿Puedo deducirme la compra de una tablet para el colegio?
No. Los dispositivos electrónicos de uso general (ordenadores, tabletas y teléfonos móviles) están expresamente excluidos, igual que el comedor, el transporte escolar y las actividades extraescolares. Sí entran, en cambio, los libros de texto, los cuadernos, el material de escritura y dibujo, las mochilas y estuches, los diccionarios, los libros de lectura establecidos por el centro, las calculadoras básicas exigidas por el currículo y la ropa y el calzado deportivo de Educación Física.

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