El modelo 140 de la AEAT, la ayuda para madres trabajadoras

Te contamos todo lo que necesitas saber sobre el modelo 140 y cómo solicitarlo en la AEAT.

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Entre las pocas alegrías que nos dan los temas fiscales, está el modelo 140 de Hacienda con el que puedes solicitar por adelantado la deducción por maternidad, con la que podrás beneficiarte de 100€ al mes o 1.200€ al año. Si eres madre o vas a serlo, además de darte la enhorabuena, te animamos a seguir leyendo con atención porque están en juego unos euros que no te vendrán nada mal. ¡Vamos a ello! 

¿Qué es el modelo 140 de la Agencia Tributaria?

El modelo 140 es el que te permite beneficiarte por anticipado de la deducción por maternidad en el Impuesto de las Personas Físicas (IRPF). Tendrás que rellenarlo si quieres optar a los 100€ mensuales por cada hijo menor de 3 años que tengas y que haya nacido en España o, en el caso de adopción, durante los 3 años posteriores a la inscripción de tu hijo/a en el Registro Civil, sin importar su edad.  

Mientras que si solicitas la deducción por maternidad durante la declaración de la renta en lugar de hacerlo por adelantado, podrás solicitar los 1.200€ de una sola vez. 

Porque ser madre conlleva muchas alegrías y muchos sacrificios… ¡y por supuesto muchos gastos! Por eso se contempla este beneficio fiscal para todas las madres, siempre que cumplan con los requisitos planteados por la Agencia Tributaria.  

Por cierto, esta información no es 100% relevante si estás leyendo este artículo por la deducción de maternidad, pero aprovechamos para decirte que el modelo 140, además de servir para solicitar por adelantado la deducción por maternidad, también sirve para notificar un cambio de residencia en el extranjero, un fallecimiento de la persona que se beneficiaba de la deducción o una baja o cambio de régimen en la Seguridad Social o Mutua. Ahora ya sabes un poco más. Lástima que en el Trivial nunca hagan preguntas sobre fiscalidad. 

Madre trabajadora con su bebe tras haber solicitado la ayuda de maternidad

Qué requisitos debes cumplir para solicitarlo

El principal requisito es tener derecho a la deducción por maternidad. Para eso hacen falta cumplir estos requisitos básicos: 

  • Ser mujer y tener un hijo/a menor de 3 años o tener un hijo/a en adopción. 
  • Si eres hombre, también puedes acceder a esta deducción, aunque solo en caso de fallecimiento de la madre o tener la custodia del hijo/a en exclusiva. 
  • Estar trabajando por cuenta propia o ajena. Si la madre está en paro, no podrá acceder a la deducción.  

Una vez cumplas esos requisitos básicos, podrás presentar el modelo 140 y solicitar el anticipo de la deducción en estos cuatro casos: 

  1. Si estás trabajando a jornada completa, dada de alta, al menos, quince días de cada mes en el Régimen general o en los Regímenes de Minería del Cabrón o Trabajadores del Mar. 
  1. Si estás con un contrato a tiempo parcial, siempre que tengas un 50% de la jornada ordinaria de la empresa en cada mes en el que recibirás la deducción. 

Estas son las situaciones más comunes; luego están estos dos casos más raros en los que también podrás solicitar por adelantado el cobro de la deducción por maternidad. 

  1. Si estrás trabajando por cuenta ajena en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y hagas diez jornadas laborales al mes.  
  1. Si estás trabajando dada de alta en el resto de Regímenes especiales de la Seguridad Social, siempre que estés dada de alta durante quince días al mes. 

Y en cuanto a los hijos/as que dan derecho a la deducción son: 

  • Cualquier hijo/a nacido en España durante sus 3 primeros años. 
  • Cualquier hijo/a adoptado una vez se haya inscrito en el Registro Civil. En este caso, es importante recalcar que da igual la edad de tu hijo/a, ya que la deducción durará 3 años desde el momento de la inscripción 
  • Menores vinculados a un tutor que no sea su madre. En este caso, la deducción solo aplica durante los 3 primeros años del menor. 

En cuanto a las situaciones en las que NO podrás aplicarte la deducción por maternidad y, por tanto, tampoco solicitar el modelo 140, están estas dos: 

  • Si estás en paro NO puedes solicitar la deducción por maternidad, como ya te comentamos más arriba. 
  • Si estás en excedencia voluntaria, tampoco podrás solicitar esta deducción. 

Por qué es este modelo especial para las madres trabajadoras

Actualmente no existe una deducción en España que puedas solicitar por adelantado. Por eso, el modelo 140 es fundamental para las madres trabajadoras, porque solo ellas podrán solicitarlo y beneficiarse de esta prestación que, aunque parezca pequeña, puede ser de gran ayuda para muchas personas. 

Mujer embarazada con una hucha representando el ahorro  que consigue con la ayuda para madres trabajadoras del modelo 140

Plazos para presentarlo

El modelo 140 no hace falta presentarlo durante la declaración de la renta. Puedes presentarlo desde el instante en el que has tenido a tu hijo/a. ¡Ah! Y, por supuesto, siempre que cumplas con los requisitos.  

Resumiendo: que tienes la posibilidad de presentar el modelo 140 durante todo el año desde el momento en el que tienes derecho a la deducción (es decir, desde el momento en el que ha nacido tu hijo/a o lo has adoptado).

Dónde puedo presentar el modelo 140 de la AEAT

El SXXI tiene cosas buenas y malas. Y, entre las buenas, es que se puede tramitar casi cualquier cosa de forma online. Y el modelo 140 no es una excepción. 

Porque sí, puedes tramitar el modelo 140 a través de la web de la Agencia Tributaria, aunque también puedes hacerlo de forma presencial en sus oficinas o en los Registros Civiles o incluso por vía telefónica. Pero vayamos por partes: 

  • De forma online. Entra en este enlace y accede con tu número de DNI o NIE, tu certificado electrónico o Cl@ve PIN. Una vez hayas accedido, tan solo tendrás que poner tu nombre y apellidos, los de tu hijo/a, así como el número de IBAN donde se irá realizando el ingreso de 100€ mensuales. 
  • De forma presencial. Puedes presentar el modelo 140 en las oficinas de la Agencia Tributaria. Eso sí, antes tendrás que rellenarlo de forma online e imprimir el documento. 
  • De forma telefónica. Para las personas que no sepan o no puedan presentarlo de forma online, también existe la posibilidad de presentar el modelo 140 de forma telefónica. El número es 901 200 345.  

Cómo rellenar el modelo 140

El modelo 140 es bastante intuitivo y fácil de rellenar. Pero para que no te quede ninguna duda, vamos a compartir contigo todos los campos que tendrás que rellenar, mostrándote las imágenes del formulario correspondientes. 

Sigue estos pasos para hacerlo fácilmente

Si quieres presentar el modelo 140 de forma online, primeramente tendrás que acceder a este enlace y después dar en la opción ‘Modelo 140. Presentación’.

Primer paso para solicitar el modelo 140. Pulsar en el link "Modelo 140. Presentación"

Una vez hagas click, te aparecerá la siguiente pantalla, en la que tendrás que introducir tu DNI o NIE, además de su fecha de validez.

Paso 2 para presentar el modelo 140, introducir el DNI y la fecha de validez.

A continuación, te aparecerá el modelo 140. Como puedes observar, tendrás que introducir tu DNI o NIE, tus nombres y apellidos, elegir el régimen o la mutualidad, además de los datos de tu descendiente (tu hijo/a). Al final, donde pone ‘Cuenta bancaria’, tan solo tendrás que introducir tu IBAN.

Paso 3. rellenar los datos, elegir el regimen, datos del descendiente y pulsar validar para poder enviar el modelo 140.

Por último, tan solo tendrás que pulsar en ‘Validar’. Te aparecerá un resumen del documento. Confirma que los datos están bien y después genera el PDF para poder descargarlo.  

¡Enhorabuena! ¡Ya has rellenado el modelo 140 para pedir tu deducción por maternidad por adelantado! 

¿Qué pasa si me la deniegan?

Si eso sucede, que esperemos que no, Hacienda te enviará una notificación explicando los motivos por los que te ha denegado la solicitud. Es posible que se deba a que no cumples con los requisitos. 

Sin embargo, si el problema tiene fácil solución (como por ejemplo que has rellenado mal los datos), te recomendamos proceder tal y como te indicarán en la notificación de la Agencia Tributaria.

Cuándo se recibe el dinero

Otra de las preguntas del millón. Esta ayuda se puede recibir de dos formas: 

  • De forma anticipada, por cada uno de los meses en que se esté dada de alta y cotizando en la Seguridad Social. Ojo que con carácter general tiene que ser mínimo de 15 días. 
  • Mediante transferencia bancaria, la cantidad mensual y sin prorrateos de 100 € por cada hij@. 

El dinero de esta ayuda a las madres trabajadoras se cobra en la segunda quincena de cada mes o en la renta anual. Esto significa que en la declaración de la renta se ingresan la cantidad de 1200€, correspondientes a los 12 meses anteriores.  

Hay que estar atentas, que esto provocará la obligación de comunicar a Hacienda las variaciones que afecten al abono anticipado. 

Hay que recordar que se tiene derecho a la ayuda desde el mismo mes en el que nace el bebé hasta que cumple 3 años. Por lo que si te encuentras en esta situación, no dudes en simular con nosotr@s el resultado y presentar la declaración con la ayuda de nuestros asesores. Esta ayuda para madres trabajadoras es tan justa y necesaria que todo el mundo que cumpla con los requisitos debe disfrutar. Y para eso está TaxDown.  

¿Quieres hacerlo todo más fácil?

La deducción por maternidad es una de las mejores deducciones que existen y, aunque parezca una cifra insuficiente, es una buena ayuda para las madres trabajadoras.  

Si tienes la necesidad de tener por anticipado esos 100€ mensuales, no dudes en rellenar el modelo 140. Como has podido coprobar, es bastante fácil solicitarlo y es un derecho al que, desde luego, puedes acogerte. Desde TaxDown te animamos a ello y te ayudamos en cualquier cosa que necesites. Para ello, deja en este mismo artículo tus dudas o comentarios o escríbenos un email a support@taxdown.es  

Y si quieres conocer otras ventajas fiscales por ser madre/padre, te recomendamos echar un ojo a las deducciones por gastos de guardería, a las ayudas que existen para las madres trabajadoras y también a las madres emprendedoras, o al artículo donde te explicamos cómo se incluyen a los hijos/as en la renta si no estás casado/a. Y si eres padre, te recomendamos también echar un ojo a las ventajas fiscales que hay para ti y también te aclaramos los mitos que rodean a la mal llamada ‘deducción por maternidad’. 

¡Ah! Y si has leído este artículo porque has tenido un hijo/a recientemente... ¡enhorabuena!

Si te llega un requerimiento de Hacienda... ¡no entres en pánico!

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Ricardo

"prácticamente por el mismo precio que me cuesta un asesor, además de la renta tengo asesoría fiscal todo el año gratis...merece la pena"

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