Si has realizado mejoras en una vivienda para alquilarla como residencia habitual, puedes deducirte parte de esos gastos en tu declaración de la renta. Desde 2025, esta deducción te permite recuperar una parte del dinero invertido en reparaciones, seguros y otros gastos relacionados con el alquiler.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
La deducción aplicable es del 10% de los gastos satisfechos en el año fiscal, con un límite máximo de 150 € por inmueble arrendado, tanto en tributación individual como conjunta.
Los gastos que puedes incluir en la deducción son:
Si más de un contribuyente tiene derecho a la deducción, se prorrateará entre ellos.
Para beneficiarte de esta deducción, debes cumplir las siguientes condiciones:
Para aplicar la deducción, Hacienda puede pedirte que justifiques los gastos con:
Es importante guardar esta documentación durante el periodo de prescripción, ya que Hacienda puede solicitarla en una revisión.
Sigue estos pasos para incluir esta deducción en tu declaración de la renta:
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Resolvemos las dudas más comunes sobre cómo deducirte los gastos de mejoras en tu vivienda de alquiler.
Puedes deducirte el 10% de los gastos que hayas pagado durante el año, con un límite máximo de 150 € por cada vivienda que tengas alquilada. Este límite es el mismo tanto si haces la declaración individual como conjunta. Recuerda que solo cuentan los gastos relacionados con reparaciones, seguros, certificados energéticos y otros necesarios para el alquiler.
Sí, puedes aplicar la deducción siempre que los gastos sean necesarios para preparar la vivienda y poder alquilarla como residencia habitual. Lo importante es que las mejoras estén destinadas a cumplir con los requisitos de la Ley de Arrendamientos Urbanos para que el inmueble pueda ser arrendado.
Puedes incluir gastos de reparaciones y conservación del inmueble, los necesarios para formalizar el contrato de alquiler, primas de seguros por daños o impagos, y el coste del certificado de eficiencia energética. Todos estos gastos deben estar justificados con factura y pagados durante el año fiscal en el que aplicas la deducción.
No, estas dos deducciones son incompatibles entre sí. Tendrás que elegir una de las dos opciones, la que te resulte más beneficiosa según tu situación. No podrás aplicar ambas deducciones en la misma declaración de la renta.
Debes conservar las facturas detalladas de los trabajos realizados, los justificantes de pago, el NIF de quien te prestó el servicio y el contrato de alquiler. Es fundamental guardar toda esta documentación durante el periodo de prescripción, ya que Hacienda puede solicitarla en cualquier momento para verificar que cumples los requisitos.
Si compartes la propiedad del inmueble con otra persona, la deducción se prorratea entre todos los propietarios que tengan derecho a aplicarla. Cada uno podrá deducirse la parte proporcional que le corresponda según su porcentaje de propiedad.
Esta deducción se incluye en el apartado de deducciones autonómicas de tu declaración, concretamente entre las casillas 916 y 945. Si tienes dudas sobre cómo rellenarla correctamente, puedes utilizar herramientas como TaxDown que te ayudan a aplicar todas las deducciones disponibles de forma automática.
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Sí, siempre que los gastos sean necesarios para que el inmueble pueda ser arrendado como vivienda habitual.
No, ambas deducciones son incompatibles, por lo que solo podrás beneficiarte de una de ellas.
En ese caso, la deducción seprorratea entre los propietarios que tengan derecho a aplicarla.
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