Deducción en Canarias por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (deducción del arrendador)

Deduce el 75% de las primas de seguro de impago en Canarias, con un límite de 150€. Conoce los requisitos y cómo aplicarlo.

Actualizado en:
9/2/2026
Resumiendo:
Los arrendadores en Canarias pueden deducirse el 75% de las primas de seguros contra impagos de alquiler, hasta 150€ anuales. Para ello, el contrato debe durar mínimo un año, la renta no superar 800€/mes y declarar los ingresos del alquiler.

¿Alquilas una vivienda y has contratado un seguro para cubrir posibles impagos? Si es así, puedes aprovechar una deducción autonómica en Canarias que te ayudará a reducir tu factura fiscal.

Contenidos:

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¿Cuánto puedes deducir?

Si eres arrendador, puedes deducirte el 75% del gasto que has pagado por las primas de seguro, con un límite de 150 euros anuales. Este límite es igual para declaraciones individuales y conjuntas.

Condiciones para aplicar la deducción

Para beneficiarte de esta deducción, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Duración del contrato: El contrato de alquiler debe ser por al menos un año con el mismo arrendatario.
  2. Fianza depositada: Debes haber constituido el depósito de la fianza del alquiler.
  3. Declaración de ingresos del alquiler: En tu declaración de la renta, debes informar del rendimiento del alquiler, el NIF del arrendatario y la referencia catastral de la vivienda.
  4. Límite del alquiler mensual: El importe del alquiler no puede superar los 800 euros mensuales.

Documentación necesaria

Para justificar esta deducción, necesitas:

  • Facturas o justificantes del pago de las primas del seguro de crédito.
  • Contrato de alquiler con una duración mínima de un año.
  • Justificante del depósito de la fianza.
  • Documentación de la vivienda, como la referencia catastral.
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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas frecuentes sobre la deducción por seguros de impago de alquiler en Canarias

Si eres arrendador en Canarias y tienes dudas sobre cómo aprovechar esta deducción fiscal, aquí te resolvemos las cuestiones más habituales de forma clara y sencilla.

¿Cuánto dinero puedo ahorrarme con esta deducción?

Puedes deducirte el 75% de lo que hayas pagado en primas de seguro de impago, con un tope máximo de 150 euros al año. Por ejemplo, si has pagado 200 euros en primas, podrás deducirte 150 euros (que es el límite). Este importe es el mismo tanto si haces la declaración individual como conjunta.

¿Qué requisitos debe cumplir mi contrato de alquiler para aplicar la deducción?

Tu contrato debe tener una duración mínima de un año con el mismo inquilino, el alquiler mensual no puede superar los 800 euros, debes haber depositado la fianza correspondiente y es imprescindible que declares los ingresos del alquiler incluyendo el NIF del arrendatario y la referencia catastral de la vivienda.

¿Qué documentos necesito guardar para justificar esta deducción?

Debes conservar las facturas o recibos de pago de las primas del seguro de crédito, una copia del contrato de alquiler, el justificante del depósito de la fianza y la documentación de la vivienda con su referencia catastral. Es importante tener todo esto guardado por si Hacienda te lo solicita.

¿Puedo aplicar la deducción si mi inquilino paga 850 euros al mes?

No, lamentablemente si el alquiler mensual supera los 800 euros no podrás beneficiarte de esta deducción autonómica, aunque cumplas con el resto de requisitos.

¿Dónde tengo que incluir esta deducción en mi declaración de la renta?

Debes buscar el apartado de deducciones autonómicas en tu declaración, concretamente entre las casillas 916 y 945. Ahí aplicarás el 75% del importe de las primas pagadas, respetando siempre el límite de 150 euros anuales.

Si mi contrato de alquiler es de 6 meses, ¿puedo deducirme el seguro?

No, uno de los requisitos fundamentales es que el contrato tenga una duración mínima de un año con el mismo arrendatario. Los contratos de menor duración no dan derecho a esta deducción.

¿Es obligatorio declarar los ingresos del alquiler para poder deducirme el seguro?

Sí, es totalmente obligatorio. No puedes aplicar esta deducción si no has declarado correctamente los ingresos que obtienes del alquiler de la vivienda. Además, debes incluir el NIF del inquilino y la referencia catastral del inmueble.

Cómo aplicar la deducción

El proceso es sencillo:

  1. Busca el apartado de deducciones autonómicas en tu declaración de la renta, entre las casillas 916 y 945.
  2. Aplica el 75% de las primas de seguro, sin exceder el límite de 150 euros.
  3. Asegúrate de cumplir con los requisitos y guarda toda la documentación por si Hacienda la solicita.

¿Te parece complicado? ¡Déjanos ayudarte!

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el alquiler es por menos de un año?

No podrás aplicar esta deducción, ya que es requisito que el contrato tenga una duración mínima de un año.

¿Aplica la deducción si el alquiler supera los 800 euros mensuales?

No, si el importe mensual del alquiler excede los 800 euros, no puedes beneficiarte de esta deducción.

¿Puedo deducir el seguro si no he declarado los ingresos del alquiler?

No, es obligatorio declarar los ingresos derivados del alquiler para aplicar esta deducción.

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Autor
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