Si tienes familia numerosa, tenemos buenas noticias: puedes aprovechar una deducción autonómica en Canarias y ahorrar en tu declaración de la renta. Aquí te explico cuánto puedes deducir y cómo aplicarla.
¿Cuánto puedes deducir?
La cantidad depende de tu categoría de familia numerosa y si hay miembros con discapacidad:
- 597 euros: familias numerosas de categoría general.
- 796 euros: familias numerosas de categoría especial.
- Si alguno de los cónyuges o descendientes tiene una discapacidad del 65% o más:
- 1.326 euros: categoría general.
- 1.459 euros: categoría especial.
Condiciones para aplicar la deducción
Para beneficiarte de esta deducción, asegúrate de cumplir con lo siguiente:
- Condición de familia numerosa: Debes tener el título de familia numerosa emitido por el Gobierno de Canarias.
- Compatibilidad con otras deducciones: Esta deducción es compatible con la de Nacimiento o adopción de hijos.
- Reparto de la deducción: Si dos personas tienen derecho a aplicarla (por ejemplo, ambos progenitores), se divide a partes iguales.
Documentación necesaria
Prepara estos documentos para justificar la deducción:
- Título de familia numerosa expedido por el Gobierno de Canarias.
- Certificados que acrediten discapacidad, si aplica.
- Documentos de convivencia familiar, si es requerido.
Cómo aplicar la deducción
Es fácil si siques estos pasos:
- Busca la casilla que le corresponde en tu declaración, está entre las casillas 916 a 945 junto al resto de deducciones canarias.
- Indica el importe que corresponde según tu categoría de familia numerosa.
- Conserva toda la documentación necesaria por si Hacienda la solicita.
¿Te suena complicado? ¡Déjanos echarte una mano!
Preguntas frecuentes
¿Puedo aplicar esta deducción si mi familia numerosa es temporal?
Sí, siempre que tengas el título de familia numerosa durante el año fiscal, es decir, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año que estás declarando.
¿Qué ocurre si mi cónyuge y yo queremos aplicar la deducción?
Se divide a partes iguales entre ambos, salvo que hagáis declaración conjunta.
¿Es compatible con otras deducciones?
Sí, por ejemplo, con la deducción por nacimiento o adopción de hijos.
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