Si tienes contratada a una empleada o empleado de hogar y estás pagando sus cuotas a la Seguridad Social, puedes deducirte hasta 500€ al año en tu declaración de la renta. Eso sí, no todo el mundo puede beneficiarse de esta deducción. Te explicamos cómo funciona, quién puede aplicarla y qué necesitas para aprovecharla.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Esta deducción está pensada para ayudar a determinadas personas que contratan a alguien para tareas domésticas y pagan sus cuotas a la Seguridad Social.
No importa cuántaspersonas tengas contratadas: el tope sigue siendo el mismo. Básicamente, si cumples las condiciones, podrás reducir tu factura fiscal por ser un empleador responsable.
No todo el mundo puede acceder a esta deducción. Solo podrán beneficiarse de ella las siguientes personas:
Si encajas en alguna de estas categorías, ¡enhorabuena!, puedes aplicarte esta deducción en tu declaración.
Para evitarproblemas con Hacienda, es importante que tengas a mano estos documentos:
Si cumples los requisitos y tienes toda la documentación en orden, ya puedes pasar al siguiente paso.
Para incluir esta deducción en tu declaración de la renta:
Resolvemos las dudas más comunes sobre cómo deducirte las cuotas de la Seguridad Social cuando contratas a una empleada o empleado de hogar.
Puedes deducirte el 20% de las cuotas que hayas pagado a la Seguridad Social por tu empleado o empleada del hogar, con un límite máximo de 500€ al año. Este tope se mantiene aunque tengas contratadas a varias personas.
No todo el mundo puede aplicar esta deducción. Solo pueden acceder a ella los padres y madres trabajadores con hijos a cargo, las personas mayores de 75 años, y los mayores de 65 años con discapacidad (65% o más en discapacidad física, orgánica o sensorial, o 33% o más en discapacidad cognitiva, psicosocial, intelectual o del desarrollo).
Sí, puedes aplicarla aunque tengas contratadas a varias personas. Sin embargo, el límite sigue siendo de 500€ al año en total, independientemente del número de empleados que tengas.
No hay problema. Puedes deducirte el 20% de las cuotas que hayas pagado desde el momento de la contratación hasta final de año, siempre respetando el tope máximo de 500€ anuales.
Es importante que guardes el justificante de pago de las cuotas a la Seguridad Social, el contrato del empleado del hogar donde conste su alta, y el DNI o NIE del empleado. Hacienda podría solicitarte esta documentación para verificar que cumples los requisitos.
No, debes incluirla manualmente. Tienes que indicar el importe de las cuotas pagadas en las casillas correspondientes a las deducciones autonómicas de Canarias (casillas 916 a 945). Si utilizas una herramienta como TaxDown, te guiarán paso a paso para que no cometas errores.
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Sí, pero el límite sigue siendo 500 € al año, independientemente del número de empleados contratados.
Puedes deducirte el 20% de las cuotas pagadas desde su contratación, siempre respetando el tope anual de 500 €.
Debes incluir el importe de las cuotas en la casilla correspondiente de tu declaración de la renta. Si usas TaxDown, te ayudamos a hacerlo sin errores.
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